El sistema de justicia que condenó a los Cinco: La Ley contra la mujer (Novena parte)

Publicado el 31 julio 2011 por Rosabaez @LaPolillaCubana

Por Salvador Capote*


¿Qué sistema de justicia es ése que prohíbe cruelmente las visitas de esposas e hijas a nuestros cinco hermanos presos en las cárceles de Estados Unidos? Es el mismo sistema que mantiene más mujeres encerradas en prisión que cualquier otro país del mundo, que se ha mostrado incapaz de detener la violencia y el abuso sexual contra ellas y que perpetúa su desigualdad y discriminación.

Muchos consideran que, con la conquista de sus derechos civiles, la mujer en Estados Unidos alcanzó al fin su igualdad ante la ley y su emancipación. Esto es parcialmente cierto cuando se trata de una mujer blanca, sobre todo si es de origen anglo, pero es obscena y escandalosamente incierto cuando se trata de una mujer negra, india, hispana o perteneciente a cualquier otra minoría. Donde más claramente se observa esta diferencia es en las prisiones, tanto federales como estatales.

Desde finales de la década de 1980 comenzó un aumento exponencial en la población penal femenina con impacto devastador en las familias y, en trágico corolario, con efecto traumático irreparable en la formación de los niños. Las mujeres constituyen el segmento de la población penal en más rápido crecimiento. De 13,400 en 1980, la cifra subió a 84,400 en 1990 y continuó aumentando vertiginosamente. A mediados de 2006 el total ascendía a 200,745 (106,174 mujeres en prisiones federales y estatales y otras  94,571 en cárceles locales) (1), un  espeluznante aumento de cerca de 1,500 % en solo 25 años, y tendríamos que añadir todavía las mujeres presas en cárceles de inmigración y las menores de edad en centros de detención de juveniles. Ningún otro país presenta tan alta cifra de mujeres encarceladas, ni en términos absolutos ni relativos. Cerca de 67 % de ellas son negras o hispanas; si sumamos otras minorías, la cifra de mujeres no blancas se aproxima al 70 %, lo cual atestigua muy claramente la discriminación que subsiste en esta sociedad.

Para apreciar en su dimensión real esta tragedia hay que tomar en consideración que con el aumento de mujeres encarceladas aumenta también el número de niños criándose en la calle sin padres y sin hogar y alimentando el círculo vicioso de la delincuencia y el crimen. Aún en los casos en que el padre u otro familiar pueda hacerse cargo de los niños, la madre no tendrá contacto con ellos debido a la distancia geográfica, la carencia de transporte, la imposibilidad de cubrir los gastos de viaje  y el ambiente inapropiado de las prisiones. Según el “Bureau of Justice Statistics” (año 2000) “el 54 % de las madres no habían tenido contacto personal con sus hijos desde que ingresaron en las prisiones estatales”.

Se ha señalado como causa de este aumento en la población penal femenina las leyes draconianas que cambiaron el sistema de sentencias indeterminadas por el de mínimas obligatorias, eliminando así las circunstancias atenuantes y, por tanto, privando a los jueces de toda flexibilidad al imponer las condenas (2). Otros ponen el énfasis en cambios que han tenido lugar en la filosofía del objetivo del encarcelamiento, que ha pasado de la rehabilitación al castigo. Pero sospecho que también tiene que ver, y mucho, el hecho de que las prisiones se han convertido en negocios altamente lucrativos, tanto para empresarios privados como para avispados políticos locales.

Una de las leyes más crueles contra la mujer es la “Adoption and Safe Famillies Act”, promulgada en 1977. Esta ley arrebata a la mujer en prisión los derechos legales sobre sus hijos después que éstos permanecen 15 meses en hogares de adopción. Como en la mayoría de los casos el tiempo de condena de las madres es mayor que este lapso, las reclusas-madres pierden a sus hijos, lo cual constituye un doble castigo, mucho más terrible el segundo que el primero.

En 2007, el “Bureau of Justice Statistics” reveló que entre 5 y  6 % de las mujeres que ingresan en las prisiones y cárceles estatales se encuentran en estado de gestación. Se trata, en su mayor parte, de embarazos de alto riesgo y son pocas las reclusas que reciben cuidados médicos prenatales. En instituciones que fueron diseñadas para el encierro de hombres, no existen condiciones para la atención de partos complicados, bebés prematuros o  abortos espontáneos, entre otras situaciones de urgencia.

En 2007, el “American College of Obstetricians and Gynecologists” publicó una declaración en que solicitaba poner fin a la práctica de mantener esposadas o encadenadas a las reclusas durante el parto. Esta práctica –según ACOC- “interfiere con la capacidad del obstetra para realizar con seguridad su trabajo, ya que no le permite apreciar y evaluar las condiciones físicas de la madre y del feto y hace extremadamente difícil el proceso del parto, todo lo cual pone en peligro la salud y la vida de la madre y del niño”. Esta práctica brutal y totalmente innecesaria de mantener en cadenas a la parturienta añade riesgos adicionales que son causas de aumentos en los índices de mortalidad materna e infantil.

Ciento veinte años han transcurrido desde la masacre de “Wounded Knee”, donde los soldados asesinaron a centenares de indios Sioux, sin excluir a mujeres y niños, y no tanto tiempo desde la forzada esterilización de mujeres nativas en las clínicas IHS (“Indian Health Service”). Lehman Brightman, presidente de “United Native Americans”, que dedicó gran parte de su vida a estudiar este genocidio, realizado con fondos federales durante la década de 1970, estima que entre 60,000 y 70,000 mujeres nativas fueron obligadas a la esterilización mediante engaños y amenazas (3). Sin embargo, la violencia contra las mujeres indias continúa.

A mediados de Julio de 2011, la administración de Obama anunció que estaba enviando al Congreso una propuesta de legislación que incrementaría el castigo por los crímenes violentos que se cometen contra las mujeres nativas. Lynn Rosenthal, Consejero de la Casa Blanca (4) reveló que, según investigaciones realizadas, la tasa de mujeres indias asesinadas es diez veces mayor que el promedio nacional, y que un tercio de todas las mujeres indias han sido violadas (5). Se ha señalado que una de las causas de la impunidad que favorece la violencia es que los tribunales indios no tienen autoridad (“Tribal Law and Order Act”) para procesar a no-indios, incluso aunque éstos vivan en las reservaciones y estén casados con mujeres de la tribu.
Ya en otro artículo de esta serie (sexta parte) hablamos de la corrupción en el sistema judicial, pero estoy seguro de que pocos imaginan lo que sucede con frecuencia en relación con la mujer detrás de las salas de audiencia o cuando los solemnes y austeros tribunales cierran sus puertas.

Si nos guiamos por el cine y los programas de televisión, pudiéramos pensar que las mujeres están ampliamente representadas en el sistema judicial. Pero no es así. No fue hasta 1979 que el número de juezas llegó a ser suficiente para crear la “National Association of Women Judges”. En aquel momento sólo uno de cada veinte jueces era mujer, actualmente es uno de cada diez. En la carrera judicial es, probablemente, donde la mujer encuentra más dificultades para hacer valer su presencia. Fue durante demasiado tiempo exclusivo patrimonio masculino.

En un ensayo titulado “El Acoso Sexual de los Jueces”, publicado por la Universidad de Miami (6), Marina Angel, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Temple, afirma que “los jueces solicitan favores sexuales de acusadas en causas criminales, litigantes civiles, abogadas (incluyendo fiscales), empleadas de la corte, solicitantes de empleo, oficiales de probatorias, guardias de las cortes juveniles y jurados”. “Algunos –continúa- han solicitado sexo específicamente a cambio de un tratamiento favorable y se han vengado cuando sus demandas no han sido satisfechas”. Sin embargo, según la profesora Ángel, cuando un juez es encontrado culpable de acoso sexual, lo que típicamente recibe no pasa de “una censura, reprimenda o advertencia”. Ángel documenta 15 casos de jueces acusados de asalto sexual o de acoso sexual continuado, contra los cuales no se tomó medida disciplinaria alguna o fueron éstas muy leves.

De 112 jueces que han formado parte históricamente de la Corte Suprema, sólo cuatro, y con posterioridad a 1980, han sido mujeres. La primera jueza de la Corte Suprema fue Sandra Day O’Connor, ya en retiro, nombrada por Reagan en 1981 en cumplimiento de compromisos electorales. Las otras tres prestan servicio actualmente: Ruth Bader Ginsburg, nombrada por Clinton en 1994,  Sonia Sotomayor (la primera de origen hispano) y Elena Krugan, nombradas estas dos últimas por Obama en 2009 y 2010 respectivamente. La entrada de mujeres como juezas de la Corte Suprema coincide con una etapa de intensa politización de este organismo. Cada nuevo juez ha sido la imagen especular ideológica del presidente que lo nombra. Una intervención funesta de la Corte en la arena política fue la decisión Bush v. Gore, mediante la cual la Corte tomó partido en las elecciones presidenciales del 2000 a favor de George W. Bush. Los jueces, de cualquier nivel, no son nombrados o electos  por su probidad,  rectitud moral  o  sentido inherente de la justicia, sino por sus habilidades políticas y sus relaciones con los círculos del poder. Todos los miembros de la Corte Suprema actual, seis hombres y tres mujeres, pertenecen a la “Ivy League” o sea, son graduados del puñado de universidades donde estudia la elite económica de Estados Unidos.

La mujer en este país alcanzó el derecho al voto en 1920, casi siglo y medio después del enunciado de que todos los seres humanos nacen iguales, plasmado en la Declaración de Independencia; pero estaba (y está) todavía muy lejos de alcanzar la plena igualdad de oportunidades y tratamiento.

En 1923, un grupo de mujeres, dirigido por Alice Paul, propusieron la enmienda ERA  (“Equal Rights Amendment”)  a la Constitución.  Para su avance,  el proyecto tuvo que esperar casi medio siglo hasta que, con el resurgimiento del movimiento feminista de los sesenta,  fue presentado  en un comité  senatorial  por la conocida escritora y editora Gloria Steinem.

En 1972 el Congreso aprobó la ERA, que contaba con  vasto apoyo del pueblo estadounidense. Sin embargo, la enmienda no recibió la ratificación necesaria de las tres cuartas partes de los estados. Como era de esperar, la oposición estuvo centrada en los estados del sur y, también, en varios estados del oeste, Missouri e Illinois. No obstante, aunque por un camino lento y difícil, las mujeres han ido alcanzando posiciones ocupadas tradicionalmente por los hombres. Ya en 1980 alcanzaron la mayoría en el número de matriculados en las universidades, y en l984, por primera vez, una mujer, Geraldine Ferraro, fue seleccionada como candidata vicepresidencial.

En 2001, “Wal-Mart Associates”, en representación de 1.6 millones de trabajadoras de “Wal-Mart”, presentó una demanda contra esta gigantesca corporación por salario injusto y discriminación (7). Según la demanda, las mujeres empleadas ganaban $5,200 menos por año que los hombres, ocupaban los empleos de menor salario y muy pocos cargos de administración y dirección. Diez años después, el 20 de junio de 2011, la Corte Suprema de Justicia (por 5 votos contra 4), falló lamentablemente en contra de las trabajadoras. El fallo (Dukes v. Wal-Mart) es desastroso para las aspiraciones de las mujeres de todo el país a un trato justo y equitativo en sus empleos, porque demuestra que las grandes corporaciones pueden funcionar al margen de las leyes y establece una jurisprudencia que será seguramente utilizada en contra de la mujer en situaciones similares que tengan lugar en el futuro.

Existen leyes que protegen a las mujeres, por supuesto,  pero se evaden fácilmente. Por ejemplo, para evitar promocionarlas  a cargos de dirección sólo hay que hacer lo que hace Wal-Mart, se le exige al nuevo “manager” el cumplimiento de un horario de 50 horas semanales y su traslado a otra tienda de la firma situada a cien millas de distancia. Pocas mujeres pueden aceptar estas condiciones y las que aceptan renuncian en la primera ocasión que tienen un hijo con fiebre de 102°F (39°C).

En Estados Unidos el cine, la televisión y otros medios glorifican la subordinación de las mujeres. El hombre es el héroe que las protege, las guía y las salva; el tipo más duro es el que las controla completamente. Mientras tanto, cerca de 2,000 mujeres son asesinadas y unas 6,000,000 son golpeadas cada año como resultado de la violencia doméstica. Se estima que el 50 % de las mujeres norteamericanas han sido golpeadas por su pareja por lo menos una vez. Las mujeres sufren más lesiones debido a la violencia doméstica que a los accidentes de auto, violaciones y asaltos, tomados en conjunto (8).
No hay duda de que la mujer norteamericana ha logrado grandes avances en el reconocimiento de sus derechos civiles, pero estos avances constituyen un espejismo si no se tiene en cuenta que la mujer está sometida no a una sino a varias esferas de sometimiento, como las relaciones de pareja, las condiciones de trabajo, ámbito empresarial, papel que desempeña en la sociedad, en las actividades religiosas, etc. El avance, donde ha existido, no ha sido homogéneo y, en mayor o menor grado, la mujer ocupa todavía en todas ellas una posición subordinada.
Transcurrida la primera década del nuevo milenio, la mujer continúa ganando salarios más bajos que los del hombre, la vida es extremadamente difícil en los núcleos familiares donde es ella el único sostén,  persiste como tema controversial y sin aparente salida el reconocimiento de sus derechos reproductivos, es maltratada, vejada, discriminada, y sus hijos, padres, esposos y  hermanos son enviados a matar  y a morir en las guerras injustas del imperio.

(1)  Informe de “General Accounting Office”, 1999; y Boletín del “Bureau of Justice Statistics Prisoners”, 2005.
(2)  1986 Anti-Drug Abuse Act; 1988 Omnibus Anti-Drug Act; etc.
(3)  Bruce E. Johansen: “Sterilization of Native American Women”, AIM-WEST, Sept. 1998.
(4)  Levi Rickert: “White House Holds News Conference on Violence Against Native Women Legislation”, Native News Network, July 21, 2011.
(5)  Investigación del “National Institute of Justice”.
(6)  Marina Angel: “Sexual Harassment by Judges”, 45 University of Miami Law Review, March 4, 1991, 817-841.
(7)  Nelson Lichtenstein: “Wal-Mart Authoritarian Culture”, The New York Times, June 21, 2011.
(8)  Lorraine Dusky: “Still Unequal”, Crown Publishers, N.Y., 1996.

Salvador Capote
*Bioquímico cubano, actualmente reside en Miami. Trasmite con cierta regularidad por Radio Miami el Programa “La Opinión del Día”, que aparece poco después en laradiomiami.com. Es colaborador de Areítodigital.net; participa, con la Alianza Martiana, en la lucha contra el Bloqueo impuesto a Cuba por Estados Unidos.