El video de Albacete 650 años y lo que no se dice
Es una verdadera lástima que un video bien hecho y con gusto, no haya recogido dos aspectos importantes y esenciales de la historia de Albacete . Dos circunstancias que han distinguido y cualificado nuestra ciudad casi por dos siglos frente a otras.
La Audiencia Territorial de Albacete, de 1834, que extendía su jurisdicción a las provincias de Cuenca, Ciudad Real y Murcia, y el Colegio Notarial creado por la Ley del Notariado de 1862 y que extendía su competencia a las provincias de Ciudad Real, Cuenca y Murcia.
Es vistoso ver los llanos, los campos, la ganadería y la industria, no toda, claro, pero no puede entenderse que se omita toda referencia a la prestigiosa Audiencia Territorial de Albacete —desde 1989, Tribunal Superior de Justicia— y al Colegio Notarial de Albacete.
Un video interesante , pero incompleto en la descripción histórica de la ciudad, y lo digo como albacetense que lamenta estas lagunas.
Juan Lorenzo de Membiela,
Notas sobre la Audiencia Territorial de Albacete
La división en provincias de España se acordó mediante el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833 ,firmado por la Reina Gobernadora Dª María Cristina de Borbón, en nombre de su hija Isabel II durante su minoría de edad. La acomodación territorial de los tribunales y su jurisdicción a las provincias se practicó el 28 de enero de 1834, por Real Decreto expedido por la Secretaría de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, por el que se uniforman los Tribunales Superiores, mandando observar la nueva distribución del territorio de los mismos con la creación de las Audiencias de Burgos y Albacete.Las Reales Audiencias, propias del Antiguo Régimen, pasaron a denominarse Audiencias Territoriales desde el Estatuto Real de 1834 y el Real Decreto de 1834, de organización de partidos judiciales.Por este RD de 28 de enero de 1834 se creó la Audiencia Territorial de Albacete , con dos de las Salas de la antigua Chancillería de Granada, una de lo Civil y otra de lo Criminal. La integraban un regente (presidente), nueve ministros (magistrados) con dos fiscales y los subalternos correspondientes. Formaban una sala ordinaria, de oidores, para lo civil, con cuatro miembros, y otra para lo criminal, de ministros, con cinco miembros.Su jurisdicción se extendía a las provincias de Ciudad Real, Cuenca y Murcia, con una superficie de 2,452 leguas (De la Escosura, 1853).La Audiencia Territorial, como órgano jurisdiccional, pasó a convertirse en 1989, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.