Entre Lawfares te veas

Publicado el 20 octubre 2024 por Jmartoranoster

Luis Britto García 

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No es el lawfare tan nuevo como lo pintan. El primero registrado es el de la condena a muerte contra Sócrates por fomentar la duda. Lo sigue la sentencia del sanedrín contra Jesucristo por recomendar el amor, y no hablemos del juicio contra Galileo por sostener que la tierra se mueve. No hubo rebatiña territorial o sucesoral que no esgrimiera artillería jurídica. La teoría política de la Ilustración, con Montesquieu a la cabeza, sostuvo el principio de división y equilibrio de poderes. División, porque las tareas de legislar, ejecutar las leyes y sentenciar debían ser encomendadas a cuerpos distintos. Equilibrio, porque cada uno debía disponer de recursos para evitar que los demás se extralimitaran en sus funciones. La acción de un poder para anular arbitrariamente a los otros era considerada tiranía.

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Antes, se daban golpes de Estado con tanques de guerra. Ahora también, pero con antifaces leguleyos, vale decir, pretextos. Así vimos depuestos expeditivamente a Richard Nixon por grabar conversaciones políticas, a Carlos Andrés Pérez por multiplicar una partida secreta con bicicletas cambiarias, a Fernando Lugo por una represión policial que ni él ordenó ni pudo detener, a Lula por supuesta corrupción que nadie pudo demostrar, a Dilma Roussef por utilizar una partida presupuestaria para finalidades distintas de las previstas, a Pedro Castillo por hacer valer la mayoría electoral que lo eligió Presidente. Salvo en el caso de Dilma, todos los demás fueron separados de sus funciones antes de que recayera sobre ellos sentencia definitiva y firme del más alto tribunal competente. Bastó la acusación para deponerlos. Ahora vemos amenazado a Evo Morales por supuesta mala conducta personal, y a Petro por presunta extralimitación en un gasto en propaganda electoral. Dios los ampare.

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Pues lo que se planea es la destitución del Presidente Gustavo Petro antes de que su supuesta culpabilidad sea examinada y declarada por la máxima autoridad judicial de Colombia. Dispone el artículo 109 de la Constitución de la Hermana República que: «La violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo». No aclara quién fija topes, verifica su violación ni quién pierde el cargo o la investidura. El enrevesado proceso requiere denuncia ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, la cual designa tres investigadores. Si éstos encuentran mérito en el libelo, lo transmiten a la Cámara para que ésta decida en plenaria. Si la decisión es positiva, se somete al Senado, el cual a su vez convoca a sesión plenaria del Congreso; que puede destituir al Presidente antes de que el caso sea sometido a consideración de la Corte Suprema de Justicia. Una decisión política del Legislativo podría así deponer al Primer Mandatario sin que un solo juez haya tocado el respectivo expediente. Como dijo la Reina de Corazones en Alicia en el País de las Maravillas: «Primero la sentencia, luego el juicio». ¿Y la mayoría popular que eligió al Primer Mandatario? Bien, gracias.

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Examinemos cómo han gobernado las oligarquías al país cuyo Presidente intentan destituir sin juicio previo. Es el segundo más desigual de América Latina, a su vez la región menos igualitaria del planeta. La Cepal lo considera el territorio de la región con mayor aumento de la pobreza, pasando de 36,3% en 2021 a 38% ó 39,2% en 2022; para ese año su Deuda Externa es de 172.790 millones de dólares, el 48,8 % de su PIB. Estas desigualdades extremas explican un conflicto social que según la Comisión de la Verdad entre 1985 y 2018 cuesta la vida a 450.664 personas (posiblemente a 800.000, si se tiene en cuenta el sobreregistro). En ese lapso además fueron «desaparecidas» 121.768 o 210.000 personas, y 752.964 «desplazadas», expulsadas de sus tierras (https://web.comisiondelaverdad.co/actualidad/noticias/principales-cifras-comision-de-la-verdad-informe-final#:~:text=N%C3%BAmero%20de%20v%C3%ADctimas%3A,puede%20llegar%20a%20800.000%20v%C3%ADctimas). Entre 1995 y 2020 emigraron 4.598.622 ciudadanos. La producción de estupefacientes devino una de las principales industrias. La narcopolítica penetró el sector público y se instaló en parte del Legislativo. Con el pretexto del conflicto, gobiernos pasados fueron cómplices de la invasión por parte del ejército de Estados Unidos, el cual mantiene en la zona 9 bases (de hecho, cada aeropuerto es guarnición donde se abastecen, refugian y reparan aeronaves militares de dicho país) y un número desconocido de tropas de ocupación, pretendidamente inmunes a leyes y tribunales locales. Se pregunta uno con qué derecho autoridades que consintieron estas atrocidades sin ser jamás inculpadas por ellas pretenden ahora deponer por supuesta infracción en fondos de campaña electoral a un Presidente mayoritariamente electo.

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Hablemos claro. En todo lawfare hay dos elementos: el pronunciamiento jurídico, y el poder fáctico oculto tras él. Ni la más remota sombra de derecho legitimaba la falsa noticia de la supuesta renuncia de Hugo Chávez Frías en 2002 y su suplantación por un dictador elegido por nadie. Tras ella intentaban la rebatiña una facción militar, el gremio patronal Fedecamaras, la embajada de Estados Unidos, los medios de comunicación privados, la Conferencia Episcopal, grupos de la clase media venida a menos. Dos fuerzas desconocieron el adefesio: la mayoría popular, y la de las Fuerzas Armadas. El resultado lo conocemos todos. Legalismos no valen sin armas y pueblos que los acepten. Con razón proclama Petro que «Todas las organizaciones populares del pais deben entrar en asamblea permanente. La hora de la movilización generalizada del pueblo colombiano ha llegado». En todos nuestros países el cambio político fue preparado por masivas movilizaciones. Y llegado el caso, defendido por ellas.

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Contra lawfare caben dos remedios tempranos: reformas que amplíen la participación popular y protagónica en la elección del Poder Legislativo y Judicial, Procurador y Fiscal, y dinámica relación con los ciudadanos que motorice la movilización popular masiva en caso de un acto jurídico visiblemente írrito que pretenda suplantar el poder del pueblo soberano por el de camarillas más o menos autoelegidas.

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Para curarse en salud, la Suprema Corte de Estados Unidos sentenció el 1 de julio de este año que los presidentes de dicho país no pueden ser enjuiciados por los actos cometidos durante su mandato. Sana precaución para el gobierno más criminal del planeta.

TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO