Según reconoció la misma Junta Electoral Provincial de Sevilla en un auto del 2015, en España no se realiza el escrutinio general ¡desde, al menos, el año 2000! El escrutinio general es un concepto desconocido de toda la población y consiste en SUMAR TODAS LAS ACTAS DE LA PROVINCIA, una tras otra, en un acto público y en presencia de los representantes de los partidos concurrentes a las elecciones.
Pues bien, esta suma, que no sólo es obligatoria sino que es INDISPENSABLE para saber realmente cuántos votos han recibido cada partido en cada provincia, no se realiza porque se ha delegado esta suma en UN ORDENADOR DE LA EMPRESA INDRA. La intervención de una empresa privada de "gestión del voto" no aparece en ningún lugar de la ley electoral española o LOREG. ver página 67.
A partir del minuto 41:20.