Revista Salud y Bienestar

Estos son los beneficios tiene demorar tu jubilación, según la Seguridad Social

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Estos son los beneficios tiene demorar tu jubilación, según la Seguridad Social

La ley que entró en vigor este enero de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo del sistema ofrece mejores beneficios a las personas que quieran demorar su jubilación. Aquí te explicamos las principales ventajas.

¿Qué es la jubilación demorada?

La jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a las personas trabajadoras (por cuenta propia o ajena) de que, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación prolonguen su vida laboral, por lo que podrán acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación.

¿Qué ventajas ofrece a los trabajadores la jubilación demorada más allá de la edad ordinaria?

Desde el 1 de enero de 2022, la persona que retrasa voluntariamente el momento de la jubilación percibirá un complemento económico en la pensión cuando decida jubilarse. Va a poder elegir entre este abanico de opciones:

  1. Un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión.
  2. Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación.
  3. Una combinación de ambas.

¿Cómo se perciben?

En la opción 1 el porcentaje adicional se recibirá cuando el individuo se jubile, aplicando el incremento porcentual correspondiente a la pensión que reciba cada mes durante el resto de su vida.

Un ejemplo: Una persona que a los 66 años ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación debido a los años cotizados y decide trabajar hasta los 69 mediante el mecanismo de la jubilación demorada, es decir, tres años adicionales en total. Si su pensión inicial en caso de jubilarse a los 66 años hubiera sido de 1.500 euros al mes (100% de su base reguladora), esa persona percibiría una pensión inicial de 1.680 euros al mes por alargar 3 años su actividad. Esos 180 euros más en su pensión inicial corresponden al incremento del 12% calculado sobre su base reguladora (4% por año que ha demorado su jubilación).

En la opción 2 se puede optar por recibir un pago único en el momento que se accede a la jubilación. La cuantía de este cheque varía en función de los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria:

Si ha cotizado menos de 44 años y 6 meses se aplicará la siguiente fórmula:

Ejemplo: en este supuesto y para una pensión inicial de 950 euros al mes (13.300 al año), el importe sería de 5.843,25 euros por cada año que retrase su jubilación.

Si ha cotizado, al menos, 44 años y 6 meses la cifra anterior se aumenta un 10%:

En este supuesto y para una pensión inicial también de 950 euros al mes, el importe del cheque sería de 6.427,58 euros por cada año que retrase su jubilación.

En la opción 3: Es posible disminuir el abono a tanto alzado y el porcentaje que se sumará a la futura base reguladora con el objetivo de disfrutar de ambos beneficios a la vez.

¿Puedo calcular de alguna manera qué pensión tendría si demoro mi jubilación?

El simulador de jubilación disponible en el portal Tu Seguridad Social te permite hacer una estimación de la pensión de jubilación que te corresponderá en función de tus datos laborales actuales. Este simulador permite modificar situaciones personales como la intención de alargar tu vida laboral para realizar esta estimación y compararlo con la jubilación a la edad ordinaria.

Para ello deberás seleccionar la fecha en que deseas jubilarte, por defecto el simulador te mostrará tu edad ordinaria de jubilación y así podrás obtener complemento de demora que te correspondería.

¿Si pertenezco a clases pasivas puedo optar por la jubilación demorada?

Sí, las ventajas de jubilarse algún tiempo después de haber cumplido la edad ordinaria también benefician a los miembros de clases pasivas. También pueden elegir entre un 4% adicional en su pensión por año "extra" trabajado, una cuantía a tanto alzado entre los 5.000 y los 12.000 y una combinación de ambas.

¿Hay algún beneficio para las empresas?

Las empresas en las que desarrollen su actividad los trabajadores que opten por alargar su vida laboral estarán exentas de las cotizaciones por contingencias comunes de los trabajadores que retrasen la jubilación, salvo por incapacidad temporal. Además, tendrán una reducción del 75% de la cotización durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a la jubilación demorada?

Son tres y deben cumplirse en el momento de la solicitud:

  • Haber cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social.
  • No haber cumplido los 70 años de edad.
  • Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.

¿Existe algún tipo de limitación?

Este tipo de jubilación es incompatible con otras modalidades como la activa, la flexible o, lógicamente, la anticipada.

Estos complementos económicos no se abonarán en el caso de las pensiones que alcancen la cuantía máxima.

¿Puedo acceder ya a estos incentivos?

Se puede acceder a estos incentivos desde el 1 de enero de 2022, con la entrada en vigor de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

¿Qué ha cambiado?

Hasta esa fecha, los incentivos contemplados establecían un porcentaje adicional por cada año transcurrido desde la edad ordinaria de jubilación hasta la jubilación efectiva en función de los años cotizados que oscilaba entre un 2 y un 4%.

¿Tengo que hacer algún trámite?

El único trámite previsto es que cuando vayas a solicitar la jubilación, después de prolongar tu vida laboral, cumplimentes el apartado dedicado a la jubilación demorada en el formulario de solicitud de tu pensión ( puedes descargarlo aquí).

El cálculo de las cotizaciones por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) durante los años en que se prolongue la vida laboral se hace de manera automática en base a la información facilitada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En el caso de los trabajadores de clases pasivas, deberán comunicar su intención de demorar su jubilación a los servicios de recursos humanos de su centro de trabajo para que les autoricen esta posibilidad. Después, al solicitar la jubilación tendrán que optar por una de las posibilidades de incentivos (un aumento porcentual sobre su futura pensión, un cheque con una cantidad a tanto alzado o una combinación de ambas).

Recuerda que la jubilación para trabajadores en situación de alta tendrá efectos económicos desde el día siguiente al cese en la actividad. Siempre que la solicitud se haya realizado dentro de los 3 meses anteriores o posteriores al cese. Si se solicita con posterioridad, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de 3 meses.

Puedes solicitar tu jubilación cómodamente de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social si dispones de Cl@ve o certificado digital o desde la plataforma para trámites y solicitudes habilitadas por el INSS si no dispones de esos métodos de identificación ( aquí te contamos cómo funciona).

Si prefieres hacerlo presencialmente en una Oficina de la Seguridad Social, recuerda que deberás solicitar cita previa.

Información adicional


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