El expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) es una medida implementada por las empresas para introducir modificaciones laborales que pueden suponer la reducción de jornada o la suspensión de un contrato laboral.
La suspensión por regulación de empleo conlleva, en función de las circunstancias personales y laborales, el cobro de una prestación.
ERTE Covid19
Debido a la situación sociosanitaria derivada del Covid 19, el Gobierno de España determinó que las personas afectadas por un ERTE, propiciado por la pandemia, tendrían derecho a cobrar un prestación por desempleo; aunque no hubieran cotizado el tiempo mínimo establecido.
En circunstancias normales SOLO cobrarás prestación cuando hayas acumulado los periodos de trabajo habituales.
Estoy en ERTE, ¿puedo trabajar?
Si estas afectado por un ERTE, SÍ puedes trabajar, mientras no se normaliza tu situación, o bien, porque hayas decidido no reincorporarte a tu antiguo empleo.
En el caso de que el nuevo empleo sea a jornada completa, podrás suspender el cobro de la prestación reanudarlo en el futuro cuando vuelvas a estar en desempleo. Sin embargo, si el contrato es a tiempo parcial podrás compaginarlo con la prestación que estés cobrando.
Estoy en ERTE y he empezado a trabajar, ¿ahora qué?
Si estás afectado por un ERTE, deberás:
- Notificarlo a la empresa que ha gestionado el ERTE.
- Notificarlo a la nueva empresa empleadora para que sepa que deberás volver, si así lo decides, a tu antiguo empleo cuando se normalice la situación.
- IMPORTANTE. IMPORTANTÍSIMO. Si estás cobrando una prestación debido a tu situación de ERTE y empiezas a trabajar, deberás notificarlo al SEPE para que deje de realizar los correspondientes ingresos.
Reclamación por cobros indebidos
Las prestaciones no son compatibles con ingresos derivados de una relación laboral; es decir, que no puedes cobrar prestación, si estás trabajando.
Es MUY IMPORTANTE que cuando empieces a trabajar, notifiques al SEPE tu cambio de situación para que no te ingresen la prestación; ya que se consideraría que has incurrido en una falta y se procedería a la reclamación por cobros indebidos. Por tanto, deberás devolver el dinero que has cobrado y no te pertenecía; pero, AVISO, la devolución deberá realizarse cuando se te reclame o indique el procedimiento a seguir. Lo mejor es que si detectas un cobro que no te corresponde, lo notifiques inmediatamente.
AVISO. En el caso de notificaciones, tanto con empresas como con entidades, es adecuado que tengas un justificante de esa notificación que respalde tu acción ante posibles reclamaciones.
Si tienes que hacer frente a la reclamación, puedes fraccionar el pago. Te dejo enlace con la info.
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Redacción: Annabel Navarro.
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