Circus Crescent de John Woods en Bath. Un ejemplo de edificación retranqueada formando una fachada continua. Aprovechando los retranqueos se sitúan los típicos patios ingleses para iluminar, ventilar y acceder a las viviendas en sótano.Así como estos últimos elementos que enmarcan el aprovechamiento edificatorio (los usos a que se destina el edificio y las características de la propiedad) están bastante estudiados y definidos por la legislación urbanística e inmobiliaria, las formas de la edificación siempre presentan ambigüedades en su caracterización y clasificación.Estas tres características hacen posible establecer una casuística específica que permite el establecimiento de normativas para la autorización de los aprovechamientos que son posibles, de acuerdo al planeamiento urbanístico de cada municipio o territorio concreto. El instrumento relacionado con estas cuestiones que suele concretar el aprovechamiento es la llamada zonificación del suelo que concreta superficialmente la ordenanza o normativa particular de edificación. La división zonal del espacio establece una reglamentación detallada que asigna a cada parcela o pieza de suelo, tanto usos específicos, como condiciones de disposición y volumetría a la edificación posible. Esta reglamentación básica de los solares y la edificación suele estar acompañada por otras disposiciones (como las que se pueden referir a cuestiones estéticas y de tipo higiénico sanitarias, etc.) que acaban de concretar la forma en que se va a producir las volumetría asociadas con las distintas arquitecturas posibles.Se supone que las formas de edificación son viables porque previamente se ha establecido una división de las manzanas privadas en lotes diferenciados. Son las parcelas edificables o solares -piezas esenciales en el tráfico inmobiliario- que son la referencia ineludible para la construcción de cualquier edificio. El proceso de diseño urbanístico se iniciaría con el troceamiento básico del territorio y la definición de las condiciones para la accesibilidad. Como señalaría Manuel Solá Morales en su texto seminal de 1986, Las formas del crecimiento urbano, el desarrollo de las ciudades depende de tres fases sucesivas para la aplicación de los usos y aprovechamientos en el territorio, la parcelación, la urbanización y la edificación.
En esa superficie común se pueden agrupar tanto varias unidades de uso, tanto para viviendas unifamiliares como de residencia colectiva en bloques. Es una forma de organización edificatoria contemporánea que es aplicable también a otros usos y que aparece en los sectores urbanos de construcción más reciente.En el último siglo, se han empezado también a desarrollar formas más complejas de organización espacial de los edificios, en los que se producen organizaciones formales heterogéneas y combinaciones espaciales de todo tipo. Esas formas heterogéneas requieren de proyectos específicos o estudios volumétricos detallados para su ordenación urbanística. Debido a su especificidad y complejidad no encajan en la casuística que se acaba de desarrollar, requiriendo normalmente un tratamiento muy delimitado y concreto.