Llevo siglos escribiendo sobre los jueces. Con una obra sobre ellos, “Los jueces de Israel”, conseguí el 2º premio internacional de teatro El Paisaje, en 1.988, y, en ella, se exponían algunos de los problemas que me había planteado el ejercicio de la abogacía durante 40 años.Creo sinceramente que un juez es una especie de extraterrestre cuya vida es un ejemplo de lo que pueden llegar a hacer los hombres, porque es realmente difícil, si no imposible, intentar hacer justicia en los conflictos humanos estando, como están los jueces, “poseídos” por prejuicios personales, familiares, sociales, religiosos, políticos, psicológicos e incluso fisiológicos.Este problema llegó a obsesionarme de tal modo que cometí la imperdonable grosería de, en los discursos posteriores a una comida celebrada por ellos, a la que me invitaron por mi condición de Decano sostener la tesis de que llegaría un día en el que el mundo entero se asombraría de que se hubiera permitido a unos hombres enjuiciar la conducta de otros, siendo como somos tan falibles y estando condicionados, como estamos, por tantos prejuicios e instintos absolutamente indomeñables.El Presidente del TSJ de La Rioja, compañero de carrera universitaria, cuando me llevaba en su coche oficial a mi casa no pudo reprimirse y me dijo, “coñó, Pepe, sólo a ti se te ocurre cerrar una comida de jueces, a la que has sido invitado, con un parlamento en el que te cargas la función jurisdiccional en pleno”. Y creo que tenía toda la razón y que lo mío fue un ejemplo de la más perfecta de las groserías. Pero es que esto es lo que yo pienso sobre esta función que considero por encima de las posibilidades humanas.Y paulatinamente, con la poderosa lentitud de los fenómenos históricos, ellos, los jueces, me van dando la razón. Hoy, los diarios, nos traen la noticia de que el Fiscal que lleva el caso de prevaricación contra Garzón, ante la Sala del TS, apoya la recusación de éste contra prácticamente la totalidad de los 5 magistrados que la componen por considerarlos contaminados al efecto de dictar sentencia ya que, antes, han intervenido en otras fases de dicho procedimiento criminal y sus actuaciones pueden predeterminar su conducta, es lo que se denomina, en el lenguaje técnico jurídico, estar contaminados.Un juez se contamina, es decir, pierde su imparcialidad en orden a emitir su fallo en el asunto que tramita cuando las resoluciones que ha dictado a lo largo del procedimiento determinan necesariamente el sentido de su sentencia definitiva si no quiere contradecirse a sí mismo.Es casi lo mismo que yo dije tan inoportunamente en aquella comida ante muchos de los jueces de este país y que ellos escucharon con un ominoso silencio, sólo que esta jurisprudencia de los tribunales Supremo, Constitucional y de Derechos Humanos de Estrasburgo, todavía no generaliza tanto como yo, pero sustancialmente dice que los jueces que conozcan de un asunto en el que antes hayan intervenido dictando cualquier otra resolución decisiva, deberán abstenerse, o, subsidiariamente, podrán ser recusados ya que aunque personalmente cabe la posibilidad de que mantengan su imparcialidad existe también la de que no lo consigan y esta mera posibilidad los inhabilita para continuar en el conocimiento del asunto en virtud de que un juez, como se dijo de la mujer del César, no sólo debe ser imparcial sino parecerlo, o sea que para evitar la mera sospecha de parcialidad, todo juez que haya dictado resoluciones interlocutorias en un proceso penal, debe de abstenerse de participar en la resolución definitiva del asunto, bajo pena de la nulidad radical de la sentencia que se dicte.Pero esto es la teoría, el desideratum, lo que debe de ser, pero la realidad, la puñetera realidad es bien distinta. Los jueces, no son ni más ni menos que hombres, y, como tales, se apegan desesperadamente a lo que consideran sus derechos, sus prerrogativas, no les gusta en absoluto que se dude siquiera de ellos y toman muy mal que se les solicite su abstención y todavía peor aún que se les recuse porque ello implica que se desconfía de ellos como sujetos capaces de realizar honestamente su función por lo que es muy raro que un juez se abstenga voluntariamente-en el caso que nos ocupa lo ha hecho ya uno de ellos-y, si se comete, la torpeza de recusarlos, toda la judicatura responde como un solo hombre y rechaza orgánicamente dicho intento de excluirle de su función, castigando normalmente con la pérdida del caso al letrado o letrados que se atrevan a recusarle.Vamos a ver si en este caso de Garzón, los jueces del TS que le enjuician se atreven a decretar que los recurridos continúen con su conocimiento del asunto, sabiendo, como saben. que toda la jurisdicción penal internacional está pendiente de ellos.
Llevo siglos escribiendo sobre los jueces. Con una obra sobre ellos, “Los jueces de Israel”, conseguí el 2º premio internacional de teatro El Paisaje, en 1.988, y, en ella, se exponían algunos de los problemas que me había planteado el ejercicio de la abogacía durante 40 años.Creo sinceramente que un juez es una especie de extraterrestre cuya vida es un ejemplo de lo que pueden llegar a hacer los hombres, porque es realmente difícil, si no imposible, intentar hacer justicia en los conflictos humanos estando, como están los jueces, “poseídos” por prejuicios personales, familiares, sociales, religiosos, políticos, psicológicos e incluso fisiológicos.Este problema llegó a obsesionarme de tal modo que cometí la imperdonable grosería de, en los discursos posteriores a una comida celebrada por ellos, a la que me invitaron por mi condición de Decano sostener la tesis de que llegaría un día en el que el mundo entero se asombraría de que se hubiera permitido a unos hombres enjuiciar la conducta de otros, siendo como somos tan falibles y estando condicionados, como estamos, por tantos prejuicios e instintos absolutamente indomeñables.El Presidente del TSJ de La Rioja, compañero de carrera universitaria, cuando me llevaba en su coche oficial a mi casa no pudo reprimirse y me dijo, “coñó, Pepe, sólo a ti se te ocurre cerrar una comida de jueces, a la que has sido invitado, con un parlamento en el que te cargas la función jurisdiccional en pleno”. Y creo que tenía toda la razón y que lo mío fue un ejemplo de la más perfecta de las groserías. Pero es que esto es lo que yo pienso sobre esta función que considero por encima de las posibilidades humanas.Y paulatinamente, con la poderosa lentitud de los fenómenos históricos, ellos, los jueces, me van dando la razón. Hoy, los diarios, nos traen la noticia de que el Fiscal que lleva el caso de prevaricación contra Garzón, ante la Sala del TS, apoya la recusación de éste contra prácticamente la totalidad de los 5 magistrados que la componen por considerarlos contaminados al efecto de dictar sentencia ya que, antes, han intervenido en otras fases de dicho procedimiento criminal y sus actuaciones pueden predeterminar su conducta, es lo que se denomina, en el lenguaje técnico jurídico, estar contaminados.Un juez se contamina, es decir, pierde su imparcialidad en orden a emitir su fallo en el asunto que tramita cuando las resoluciones que ha dictado a lo largo del procedimiento determinan necesariamente el sentido de su sentencia definitiva si no quiere contradecirse a sí mismo.Es casi lo mismo que yo dije tan inoportunamente en aquella comida ante muchos de los jueces de este país y que ellos escucharon con un ominoso silencio, sólo que esta jurisprudencia de los tribunales Supremo, Constitucional y de Derechos Humanos de Estrasburgo, todavía no generaliza tanto como yo, pero sustancialmente dice que los jueces que conozcan de un asunto en el que antes hayan intervenido dictando cualquier otra resolución decisiva, deberán abstenerse, o, subsidiariamente, podrán ser recusados ya que aunque personalmente cabe la posibilidad de que mantengan su imparcialidad existe también la de que no lo consigan y esta mera posibilidad los inhabilita para continuar en el conocimiento del asunto en virtud de que un juez, como se dijo de la mujer del César, no sólo debe ser imparcial sino parecerlo, o sea que para evitar la mera sospecha de parcialidad, todo juez que haya dictado resoluciones interlocutorias en un proceso penal, debe de abstenerse de participar en la resolución definitiva del asunto, bajo pena de la nulidad radical de la sentencia que se dicte.Pero esto es la teoría, el desideratum, lo que debe de ser, pero la realidad, la puñetera realidad es bien distinta. Los jueces, no son ni más ni menos que hombres, y, como tales, se apegan desesperadamente a lo que consideran sus derechos, sus prerrogativas, no les gusta en absoluto que se dude siquiera de ellos y toman muy mal que se les solicite su abstención y todavía peor aún que se les recuse porque ello implica que se desconfía de ellos como sujetos capaces de realizar honestamente su función por lo que es muy raro que un juez se abstenga voluntariamente-en el caso que nos ocupa lo ha hecho ya uno de ellos-y, si se comete, la torpeza de recusarlos, toda la judicatura responde como un solo hombre y rechaza orgánicamente dicho intento de excluirle de su función, castigando normalmente con la pérdida del caso al letrado o letrados que se atrevan a recusarle.Vamos a ver si en este caso de Garzón, los jueces del TS que le enjuician se atreven a decretar que los recurridos continúen con su conocimiento del asunto, sabiendo, como saben. que toda la jurisdicción penal internacional está pendiente de ellos.