Gobierno deja en manos de CCAA reconocer derechos a herederos de dependientes fallecidos sin prestación, como dice el TS

Publicado el 21 abril 2024 por Torrijostoday

Publicado 21 Apr 2024 13:10 | Actualizado 21 Abr 2024 13:19

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 deja en manos de las comunidades autónomas reconocer a los herederos de personas fallecidas en el ‘limbo de la dependencia’ el derecho a reclamar que se le reintegren los gastos derivados de su atención.

«La gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia resulta una competencia propia de las comunidades autónomas», ha recordado el Gobierno tras la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce el derecho a los herederos de una anciana que falleció en una residencia de Sevilla sin llegar a disponer de un Programa Individual de Atención (PIA) —el documento que da acceso a los servicios de la dependencia— a solicitar que se concluya el expediente.

El fallo judicial abre la puerta a la reclamación de los gastos adelantados por parte de las familias de los dependientes fallecidos sin percibir prestación –unos 40.000 al año, según datos de la Asociación de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales–.

El Ministerio ha evitado valorar las consecuencias del fallo judicial y la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan reconocer de oficio el derecho de las familias de dependientes fallecidos sin prestación. «La planificación, ordenación, coordinación y dirección de los servicios de promoción de la autonomía personal, así como la gestión de los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención, son funciones que deben desempeñar las comunidades autónomas», han argumentado desde el gabinete de Pablo Bustinduy.

El Ministerio ha precisado, no obstante, al ser preguntado por las implicaciones que puedan derivarse de la sentencia, que «cualquier medida de carácter estructural», como pudiera ser «una modificación de la propia Ley de Dependencia, en el sentido de recoger modificaciones en el procedimiento general para el reconocimiento de las prestaciones, debe ser aprobada en el seno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD».

Pero la situación del sistema de dependencia es muy desigual en función de las comunidades autónomas, como ha denunciado en numerosas ocasiones la Asociación de directoras y gerentes en Servicios Sociales. Y si hay comunidades autónomas como Castilla y León que el plazo de tramitación de expedientes es inferior a los tres meses, en otras como Andalucía la lista de espera supera los 500 días. La Ley de Dependencia estatal fija un máximo de seis meses para la tramitación del expediente.

En el caso de Andalucía, la Junta no se ha pronunciado aún sobre el cumplimiento de la sentencia del Supremo, aunque desde la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía, ha trasladado parte de la responsabilidad a la Administración del Estado ante las dificultades para sostener el sistema.

«Hay una realidad que es irrefutable, y esa es la financiación. Es decir, no podemos seguir sosteniendo las comunidades autónomas el peso entero de la dependencia como está ocurriendo ahora», llegó a decir la consejera Loles López tras conocerse la resolución judicial, a la vez que destacó el esfuerzo del Gobierno de Juanma Moreno para lograr reducir «un 64% la lista de espera» desde 2018.

El Ministerio ha puesto de relieve, sin embargo, el esfuerzo inversor del Gobierno para financiar el sistema de dependencia y ha mencionado el plan de choque, aprobado por las comunidades autónomas en el seno del Consejo Territorial de Servicios Sociales, que ha supuesto un incremento «significativo» de las cantidades que las comunidades autónomas han recibido del Estado en estos últimos ejercicios.

Asimismo, el Gobierno ha puesto en valor la recuperación de la financiación a través del denominado nivel acordado, que se encontraba suspendido desde 2012, y que ha permitido repartir entre las administraciones autonómicas «283 millones en 2021, 483 millones en 2022, y 783 millones en 2023, la cifra más elevada desde la entrada en vigor de la Ley de Dependencia».

En el caso concreto de Andalucía, el Ministerio ha argumentado que el Estado ha pasado de aportar un 19,6% al sistema a un 33,13% en 2023. «En los últimos ejercicios la financiación estatal ha aumentado de manera considerable su peso porcentual en la financiación del sistema en Andalucía», han incidido desde el Ministerio.

La sentencia del Supremo ha movilizado a las organizaciones de consumidores y usuarios que consideran que la resolución resulta clave para el sistema, porque viene a reconocer que el derecho subjetivo que adquiere una persona se hereda en caso de no haber recibido las atenciones, servicios o recursos pertinentes. Según la Confederación Española de Alzheimer y otras Demencias (Ceafa), con esta resolución se «obliga a la administración a hacerse responsable de sus obligaciones, descargando en consecuencia a la familia».

Por ello, desde organizaciones como la Asociación de Consumidores han puesto en marcha una campaña para exigir a las comunidades autónomas que reconozcan de oficio el derecho de los herederos a reclamar los gastos de las personas fallecidas en el ‘limbo de la dependencia’, algo que comunidades como Asturias y Castilla-la Mancha ya reconocen desde hace años.

En el caso del Principado de Asturias, si la persona fallece antes del reconocimiento de la prestación pero después de que hayan transcurridos seis meses desde la solicitud, los familiares pueden pedir el pago de la prestación económica vinculada al servicio privado o la de cuidados en el entorno familiar.

Para ello, sólo tienen que presentar esa solicitud y las facturas de la residencia, centro de día, o ayuda a domicilio privados, o bien se pide un informe a las trabajadoras sociales autonómicas que determine que estaba bien atendido en su entorno familiar, según han confirmado fuentes del Gobierno asturiano a .

En Castilla-La Mancha la situación es similar a la de Asturias y el pago de las prestaciones a herederos, recogido en un decreto de 2019 de reconocimiento de la situación de dependencia, se «realiza con normalidad», según el Gobierno autonómico.

Dicho derecho está previsto en el artículo 24.6 del citado decreto en el que se hace alusión a que «en el caso del fallecimiento de la persona en situación de dependencia, habiendo transcurrido el plazo de seis meses desde su solicitud sin resolución de reconocimiento, se podrá reconocer a instancia de parte legítima el derecho a la percepción de la prestación vinculada al servicio siempre que el servicio contratado sea considerado adecuado y quede el gasto». Castilla-la Mancha se encuentra entre las comunidades con menos demora en la tramitación de expediente y desde 2015 ha reducido los expedientes pendientes de PIA en un 95%.

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