Guía para clientes de Bankia

Publicado el 11 mayo 2012 por Ahorrarmasymejor

La quiebra de un banco español es algo que no está previsto. Pero desde la quiebra de Lehman Brothers, las recientes noticias sobre Bankia y, en general, las dificultades por las que atraviesa la banca española, existe una preocupación en el ahorrador español en el caso de que esto ocurriese.
Si quebrara un banco o caja español, existen muchas preguntas que cualquier cliente debería saber ¿que riesgos correrían los clientes? ¿cuanto dinero recuperaría? ¿que tendría que hacer? ¿cuánto tiempo tardaría en recuperar mi dinero?
1. ¿Cuánto voy a recibir?
En caso de quiebra de un banco o caja,  el Fondo de Garantía de Depósitos tiene por objeto garantizar los depósitos de los clientes hasta de 100.000 euros. Este importe es por titular y entidad financiera. Cuando una cuenta tenga más de un titular, su importe se dividirá entre todos los titulares. Ejemplos:

  • 100.000 € en Bankia a tu nombre y otros 100.000 € a nombre de tu mujer. Si Bankia tiene que acudir al fondo de garantía de depósitos os cubriría ambas cantidades.
  • 100.000 € en Bankia y 50.000 en CaixaBank. Si ambas entidades tienen que acudir al fondo de garantía de depósitos os cubriría ambas cantidades.
  • 100.000 € en un depósito en Bankia y 50.000 en una cuenta corriente en Bankia. Sólo cubre 100.000 €.

Esto quiere decir que aquellos clientes que no pueden recuperar todo su dinero tienen que recurrir entonces al concurso de acreedores como un acreedor más y esperar a que se liquiden los activos del banco.
2. ¿Cuáles son los productos cubiertos por la garantía?
Cuentas corrientes, libretas de ahorro, depósitos a plazo, cuentas ahorro vivienda y todo tipo de productos similares a estos.
Todas las entidades bancarias, cajas de ahorro y cooperativas de crédito españolas inscritas en el Registro Especial del Banco de España, están adheridas a sus respectivos FGD.
3. ¿Cómo puedo obtener mi indemnización?
El Fondo de Garantía de Depósitos procederá al pago del importe de los depósitos garantizados en el plazo de 20 dias hábiles. Este periodo puede ser ampliado en determinadas circunstancias y con autorización del Banco de España. 
Teniendo en cuenta lo que supondría la quiebra de una entidad financiera, creo que 20 días para recuperar "algo" de nuestro dinero es algo totalmente inviable.
4. ¿Qué pasa con mi fondo de inversión y con mi plan de pensiones?
Tanto los fondos de inversión como los planes de pensiones están fuera del balance de la entidad. Los propietarios de un fondo de inversión son los partícipes, de manera que si una gestora o banco quiebra, se puede movilizar el dinero de los partícipes a otra entidad. Es un patrimonio totalmente separado de la entidad que lo gestiona y/o deposita los títulos en donde invierte.
5. ¿Qué ocurre con mi hipoteca?
¿Me libro de mi hipoteca si el banco quiebra? Lamentablemente, la respuesta es No. Cuando el banco es intervenido o declarado en concurso de acreedores, los administradores designados se encargarán de seguir cobrando las hipotecas, préstamos personales o tarjetas de crédito.
Finalmente, cuando se decida que hacer con el banco, la cartera hipotecaria/préstamos pasará a otra entidad financiera por lo que seguiremos pagando a otro banco/caja.
6. ¿Hay dinero suficiente en el fondo de garantía ?
Existen tres fondos de garantía diferentes : uno para los bancos, otro para las cajas de ahorro y otro para las cooperativas de crédito.A cierre de 2010, las cantidades en cada uno de los fondos eran las siguientes:
  • Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios: 3.144 millones de euros.
  • Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro:  1.918 millones de euros
  • Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito: 730 millones de euros