Hablando con propiedad (intelectual)

Publicado el 05 mayo 2011 por Jesuszamorabonilla

En una charla de mi amigo Paco Álvarez esta mañana en la UNED, una de las diapositivas reproducía la definición de varios términos según el Diccionario de la Real Academia, y muy ingeniosamente, aparecía la referencia a esta institución en la forma de un copyright. Eso me ha llevado a las siguientes consideraciones:.1) Si las definiciones de las palabras tienen copyright, ¿debería ser este derecho pertenecer a la institución autora del Diccionario, o más bien de la comunidad de hablantes? Al fin y al cabo, ¿quién es el creador de la definición? Lo que hacen los lexicógrafos, ¿no es meramente expresar cuál es el significado con el que los hablantes utilizan -o piensan que es correcto utilizar- cada término?.2) Si es esto último, si quien "posee" el derecho de propiedad intelectual de la definición de una palabra es la comunidad de hablantes, ¿no tendría que pagar la editorial del Diccionario (Espasa-Calpe, o la que sea) a esos hablantes los derechos de propiedad, y no a la Real Academia? (¿O acaso actúa la Real Academia como una especie de SGAE para los significados... SGNAE?)..3) Y si es lo primero, ¿no tendríamos que pagar nosotros a la RAE, o a Espasa-Calpe, cada vez que utilizamos un término con el significado que ellos dicen que es el correcto? Sobre todo cuando citamos explícitamente la definición. Esto, pese a lo absurdo que resulta, tendría varias ventajas: por un lado, se desincentivaría la manía tan pedante de utilizar las definiciones del DRAE como argumentos de autoridad, manía que me pone de los nervios y que a veces he estado tentado de prohibir en el blog... si no fuera porque en el fondo soy un buenazo. Y por otro lado, se incentivaría el que la gente utilizara las palabras con definiciones y/o significados diferentes a los que aparecen en el DRAE, lo que fomentaría la creación semántica..
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