Hablemos sobre derechos sexuales en Cuba

Publicado el 14 mayo 2020 por Santamambisa1

Por Claudia Yilén Paz

Todos los derechos para todas las personas ha pasado de ser un slogan para convertirse en una línea de trabajo de diversas instituciones y el gobierno cubano en general. Sin embargo, cuando se habla de derechos sexuales, realmente ha sido poco el tiempo de evolución, reconocimiento e incluso de consenso a nivel internacional. Es preciso también tener en cuenta que la declaración de los derechos sexuales fue proclamada a finales de la última década del pasado siglo a nivel internacional. Por tanto, ha tenido un período de transcurso, evolución y de aceptación bastante corto.

Cuando se habla de derechos sexuales, se habla también de derechos humanos basados en la libertad, la dignidad humana y la igualdad. Por tanto, son inherentes a todas las personas, con independencia de su género.

Para acercarnos a la terminología y su evolución en el país, Cubahora conversó con Ivón Pérez, quien se desempeña como jurídica del Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX).

— ¿Qué perspectivas existen a nivel de país con estas temáticas? ¿Hacia dónde queremos llegar?

— Existe una voluntad en el Estado cubano de hacer efectivas determinadas políticas tendentes a lograr la inclusión social en todos los sentidos, así como asegurar, reconocer y garantizar los derechos sexuales hacia todas las personas. Ello está manifestado en los propios Lineamientos de la política económica y social del partido que ponderaron ese derecho a la igualdad y no discriminación, haciendo mención expresa a temas de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, que luego hemos visto en el código de trabajo o en la Constitución. Queremos llegar a una sociedad que responde a todos los principios del socialismo como lo ha hecho hasta ahora, y ganar en cuanto a equidad para todas las personas sin importar su sexualidad.

— ¿Alrededor de cuántas leyes, decretos o normas legales amparan hoy los derechos sexuales en Cuba?

— Como los derechos sexuales asisten a todas las personas no podemos pensar solamente en una expresión o una alusión expresa a la comunidad LGBTI, sino que también desde las primeras normas que hubo en la Revolución, se ponderaron la igualdad de género entre el hombre y la mujer.

Aunque en estos años no se hacía referencia explícita, de igual forma los derechos sexuales están relacionados con los derechos a la igualdad y no discriminación, a la vida, a una vida libre de violencia, a la autonomía e integridad del cuerpo, a la privacidad, el grado máximo alcanzable de salud, incluida la salud sexual. También es derecho a disfrutar de los adelantos científicos, a la educación integral de la sexualidad, al matrimonio y al divorcio, a tener hijos, entre otros. Por tanto, como se puede apreciar, son derechos que han estado reconocidos desde hace algunos años en Cuba. Sin embargo, no a todas las personas se les ha hecho ese reconocimiento, específicamente las LGTBI.

Desde el punto de vista legal, sin dudas hay que hacer referencia al Código de Trabajo, (Ley 116/2013), que estableció la igualdad como uno de los principios del trabajo. Es la primera norma con categoría de ley en Cuba que se pronuncia en torno a la orientación sexual.

Además, está la Resolución 126/2008 emitida por el Ministerio de Salud Pública que crea la Comisión Nacional de Atención Integral a las Personas Transexuales, la cual permite ofrecerles una atención a nivel de país.

Es importante mencionar también el Código de Familia, que data de 1975 y el Código Penal que desde la tipificación de determinadas figuras delictivas reprime hechos que restringen los derechos relativos a la sexualidad.

Recientemente, la proclamación de una nueva constitución nos situó en un alto lugar, puesto que reconoce los derechos humanos y se habla incluso de la dignidad humana como el valor supremo que sustenta el reconocimiento y ejercicio de los derechos. Además consagra los principios de progresividad, igualdad y no discriminación y por tanto hace que el resto del ordenamiento tenga que revisar, analizar y modificar sus postulados.

 Por primera vez en Cuba se habla del tema de identidad de género como una de las causales que prohíben para discriminar a las personas. En este sentido es muy válido que haya colocado sexo y género porque sabemos que son categorías distintas aunque muchas veces se manejan como sinónimos.

Hace un reconocimiento también a las niñas, niños y adolescentes como plenos sujetos de derechos. Por tanto sus derechos sexuales también deben ser tenidos en cuenta en el futuro código de familia e incluso en la Ley de Salud Pública, que en estos momentos se encuentra en proceso de elaboración de su proyecto.

— ¿Qué sectores de la población se han visto más favorecidos con estas leyes?

Hay que tener en cuenta, desde lo abordado anteriormente, que los derechos sexuales les asisten a todas las personas. Sin embargo, no ha habido un reconocimiento equitativo hacia todas. Hablo de lesbianas, gay, bisexuales, transexuales, quienes no han tenido una garantía de sus derechos de igual forma que las personas heterosexuales.

Es por eso que el Centro Nacional de Educación Sexual, desde su misión, realiza y convoca todos los años la Jornadas contra la Homofobia y las Transfobia en el mes de mayo, para ganar en esa cultura jurídica y en ese reconocimiento popular y nacional que queremos alcanzar. Así contribuiríamos a deconstruir los patrones socioculturales que tienden a elevar la discriminación hacia las personas con una orientación sexual e identidad de género no hegemónica.

— ¿Qué considera usted nos puede estar faltando?

— Desde el punto de vista legal nos quedan muchas cosas por hacer. La constitución viene a ser como una sombrilla que permite modificar, revisar el ordenamiento jurídico cubano y adecuarlo desde un enfoque de género y de derechos humanos. En principio hay determinados aspectos que todavía reclaman un espacio legal.

Por ejemplo, la educación integral de la sexualidad, garantizar los derechos sexuales en los adolescentes, reconocer el matrimonio igualitario, prever un marco sancionador justo y proporcionado en aquellos delitos cometidos contra mujeres y personas LGBTI. Asimismo, brindar mayor protección legal a las personas víctimas, para evitar la revictimización principalmente en niños, niñas y mujeres. Debemos trabajar también para garantizar los derechos reproductivos de parejas del mismo género, incluso de personas solteras.

Además de la modificación legal de género y/o nombre en la certificación de nacimiento de personas trans, para así hacer que este sea un proceso natural. En la actualidad, esto se realiza por la vía judicial en tribunales municipales. Lo más acertado sería por un proceso registral, si se tiene en cuenta que los tribunales resuelven litigios y la identidad de género forma parte de la sexualidad y personalidad de cada ser humano.

Sin embargo, la legislación per se no conlleva cambios socioculturales. Es aquí donde los medios de comunicación y las escuelas, sin lugar a dudas desempeñan un papel fundamental. Desde estos espacios se debe potenciar el respeto a todas las personas, así como a la igualdad sin importar la sexualidad y recibir un trato digno como el llamado que hace la Constitución.