- Nombre o Razón social de los Contendientes.
- Fecha completa del encuentro (formato dd/mm/aaaa).
- Identidad de cada uno de los colegiados intervinientes (Nombre, dos apellidos y, al menos NIF o Nº de colegiado) en cada uno de los partidos e indicación de la labor desempeñada (como árbitro principal, auxiliar, etc.) en cada uno de los mismos. Se repetirán los registros de un mismo partido tantas veces como distintos árbitros intervinientes hayan colaborado.* Desglose de los importes satisfechos (por la propia R.F.E.F o por terceros) a los colegiados correspondientes a las categorías de 2ª División B y 3° División de Fútbol Sala masculino y Fútbol Sala Femenino en concepto de arbitraje, y, en concepto de Dietas por gastos de locomoción y de manutención o estancia.* Detalle, mediante documento debidamente firmado por persona responsable, de las cantidades estipuladas como pago por partido en concepto de retribuciones y de dietas a tanto alzado para las distintas divisiones y categorías mencionadas los puntos anteriores.* Toda la Información anterior se referirá a los ejercicios 2.011, 2.012 y 2.013 (prescindiendo de las temporadas deportivas a las que dichos ejercicios afecten).* La documentación requerida deberá aportarse en formato excel ó access, con los datos en "tablas" u "hojas" independientes para cada ejercicio".La notificación finaliza como sigue:"Contra el presente requerimiento podrá interponerese, en el plazo de UN MES, recurso de reposición ante la Inspectora Jefe del Equipo Central de Información o directamente y en igual plazo reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, esta última tambén deberá dirigirse a la Inspectora Jefe del Equipo Central de Información, sito en la dirección anteriormente expuesta.Ley General Tributaria (58/2003):
• Requerimiento: Artículos 93, 94, 29.2.f y 141.c.
• Notificaciones: Artículo 109 a 112.
• Recursos y reclamaciones: Artículos 213 a 249.
Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los Tributos (R.O. 1065/2007):
• Requerimiento: Artículos 30, 55, 56 y 57.
• Notificaciones: Artículo 114 y 115.
• Plazos: Artículos 87.4 y 91.
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (30/1992).
Reglamento General en materia de revisión en vía administrativa (Real Decreto 520/2005"http://www.radiofarodelnoroeste.es/online/Futbol Base y mas