i la retribución variable está ligada a resultados, la empresa puede dejar de abonarla si las circunstancias así lo aconsejan

Por Asesoriza

¿Tiene su empresa implantado unsistema de retribución variableo se está planteando diseñar uno para tratar de mejorar o incentivar la productividad en estos tiempos de crisis? El Tribunal Supremo acabar de sentenciar que si el sistema está ligado a la consecución deobjetivosy se pactan claramente con los trabajadores los términos de su abono, la empresa puede perfectamente dejar de abonar ese variable si lascircunstancias económicasson adversas.

Si el sistema de retribución variable se ha diseñado de modo que su abono esté vinculado a laobtención previade determinadosobjetivoscolectivos ligados a los resultados de la empresa, la falta deresultados positivosjustifica perfectamente que la empresa deje de abonar dicho variable (sent. del TS de 26.06.12, en unificación de doctrina).
Una empresa del sector del acero tenía implantando un sistema de retribución para un determinado grupo de trabajadores que percibían una retribución fija y una variable. En el acuerdo firmando con ellos se especificaba que dicho variable tenía “carácter anual, no consolidable y abonable en función del cumplimiento  de objetivos concertados anualmente”. Estas mismas condiciones se fueron aplicando sucesivamente en varios ejercicios. Hasta el año 2008 (inclusive) la empresa abonó a los trabajadores la retribución variable (en idénticas condiciones), que se hacía efectiva en marzo o abril del año siguiente.
Cuando llegó la hora de abonar la retribución variable correspondiente al ejercicio 2009, la empresa no lo hizo, argumentando que había tenido una caída de un 43% en su cifra de negocio y que la rentabilidad sobre el capital empleado pasó de un 5,1% en 2008 a un -4,6% en 2009.  
Ante esta decisión, los sindicatos mayoritarios presentaron una demanda de conflicto colectivo pidiendo que se declarara el derecho de los trabajadores afectados a percibir la retribución variable como había venido sucediendo durante muchos ejercicios.
La Audiencia Nacional, al igual que hace ahora el Tribunal Supremo, falla en contra de la pretensión de los sindicatos y da la razón a la empresa, a pesar de que los sindicatos argumentaban que el pago de la retribución variable no puede quedar al arbitrio exclusivo de la empresa.
En su sentencia el Supremo determina que, en este caso, los objetivos estaban directamentevinculados a los resultadosde la empresa y ésta ha acreditado que en el ejercicio donde dejó de abonar el variable “no obtuvo resultados positivos y que la situación negativa motivó además un amplio conjunto de medidas como un ERE temporal o la congelación del incremento de la retribución fija de todos los trabajadores del grupo”. Además, “no se ha acreditado que la retribución variable se devengara aun en supuestos de carencia de resultados positivos”. Si hubiera sido así, que no es el caso, hubiera podido discutirse si se hubiera o no podido crear una condición más beneficiosa (derecho adquirido) para los trabajadores.
Por todo ello, el Supremo avala que la empresa deje de abonar el variable al no haber tenido resultados económicos positivos.

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