Revista Opinión

Impuesto sobre viviendas vacías. Ya estaaaannn aquíííí

Publicado el 20 agosto 2015 por Elblogderamon @ramoncerda

Como diría la niña de Poltergeist: «Ya estaaaannn aquíííí». Hace tiempo que se habla de ello. De hecho incluso ha empezado a salir alguna sentencia contra bancos por tener viviendas desocupadas, pero ahora es peor, muuuuuuuucho peor, aunque de momento el impuesto sobre viviendas vacías es solo para Cataluña, lo cual desde luego no es ningún consuelo, porque estas cosas se pegan más que el ébola.

Cierto también que, de momento, no se aplicará a personas físicas, pero no creamos que es solo aplicable a los bancos; cualquier empresa, constructora o no (puede ser una pequeña patrimonial familiar), que tenga viviendas vacías durante dos años ininterrumpidos (ojo: no se considerará interrupción la ocupación inferior a seis meses consecutivos), será sujeto pasivo del impuesto, y estamos hablando de cifras astronómicas que, además, se tendrán que liquidar año tras año. Es una auténtica aberración.

Hecho grabable [sic]

Según el BOE (supongo que copiado del Boletín catalán, que son más propensos a las bes), las viviendas serán «hecho grabable», o sea, que se podrán grabar en video o casete, o algo así. Entiendo que deberían decir: «hecho gravable», y entiendo también que este tipo de cosas tan serias deberían ser escritas con más cuidado, pero bueno, eso es lo de menos, no creo que pueda impugnarse la ley por el simple hecho de que la hayan escrito con faltas de ortografía.

Pero faltas ortográficas aparte, ¿es el impuesto sobre viviendas vacías ilegal?

Desde luego, abusivo es un montón, lo de ilegal siempre tiene más matices y se suponen que cuando se sacan de la manga un impuesto, primero se han asesorado bien… o quizás no tanto.

#Impuesto sobre viviendas vacías

Impuesto sobre viviendas vacías. ¿Por qué no construye el Gobierno viviendas sociales en lugar de querer robarlas?

¿Recuerdan el céntimo sanitario? Lo declararon ilegal porque la recaudación se destinaba (o debiera de haberse destinado) a algo en concreto, y los impuestos no funcionan así. Los impuestos se recaudan, se meten todos en la misma saca, y luego se gastan para lo que haga falta. No puede haber un impuesto destinado a la compra de calcetines de los diputados, por ejemplo. En todo caso, quizás una tasa sí que podría tener una finalidad concreta, pero no así los impuestos. Pero esto es lo que dicen en el BOE:

«Dado su carácter extrafiscal, se prevé, además, la afectación de los ingresos a la financiación de las actuaciones protegidas en los planes de vivienda, con expresa prioridad del destino de los recursos a los municipios donde se han obtenido los ingresos».

Lo primero que llama la atención es eso de «carácter extrafiscal» ¿Qué es eso de un impuesto de carácter extrafiscal? ¿Es algo así como cuando una empresa lleva contabilidad en B, o como lo de los supuestos sobres del P.P.? No lo entiendo: impuesto ex-tra-fis-cal…  ¿se recaudan bajo mano?

Aclaremos conceptos: ¿Qué es el fisco?

 Según la R.A.E.: Erario, tesoro público. Conjunto de los organismos públicos que se ocupan de la recaudación de impuestos.

También es una moneda de cobre venezolana, pero no creo que sea el caso. 

¿Y qué es eso de «extra»?

Según la R.A.E.: «fuera de»

Recapitulemos: tenemos un impuesto que, además de ser aparentemente ilegal porque dicen que se afectará «a la financiación de las actuaciones protegidas en los planes de vivienda», resulta que está fuera del fisco. Ni yo mismo puedo creerme lo que estoy escribiendo…

… un impuesto con destino concreto y apartado del fisco. ¿Legal? Creo que alguien se ha limpiado el culo con el diccionario y con los libros de leyes a la vez.

El destino final de un impuesto podría ser extrafiscal, o sea, apartado de algún modo a las finalidades habituales de los impuestos, ¿pero lo convierte eso en impuesto extrafiscal? Un impuesto no puede estar nunca «fuera del fisco» (puede que sí su destino final). Los expertos dicen que podrían tener esta consideración (extrafiscal) los que gravan la contaminación, pero estamos con lo mismo, si se destinan a algo en concreto, hablamos (o deberíamos hablar) de tasas, no de impuestos, y aun así, la definición no me parece la más apropiada.

Impuesto sobre viviendas vacías: Totalmente abusivo

No voy a hablar de los bancos ni de las grandes inmobiliarias, solo de las pequeñas empresas familiares patrimoniales que tengan algunos pisos deshabitados. Hasta 5.000 metros cuadrados, el gravamen es de 10 euros (extrafiscales, eso sí) por metro cuadrado. O sea, que solo con que tengan cuatro viviendas de 100 metros cuadrados cada una, tendrán que pagar… ¡cada año! CUATRO MIL EUROS (4.000). Insisto, hablo de una empresa patrimonial familiar; si entramos a calcular lo de los bancos o las grandes inmobiliarias, la cuestión se desmadra (aquí es donde muchos dirán eso de: «que paguen los bancos», pero si no es justo, no es justo para nadie, y además, los bancos siempre sabrán cómo repercutirnos esos gastos adicionales).

Otra cuestión: el impuesto es sobre superficie, no sobre valor de vivienda: lo mismo pagará una vivienda de 6.000 euros el metro cuadrado, que una que se esté cayendo a pedazos en un barrio marginal.

Y lo peor es que dicen que «perjudica gravemente el derecho de los ciudadanos al acceso a la vivienda». O sea, que la culpa no es del Gobierno que no promueve viviendas sociales, o que no hace lo imposible para que baje el paro, no, la culpa la tienen los que, por un motivo u otro, tienen viviendas vacías. Viviendas que ya han pagado todos los impuestos habidos y por haber: I.R.P.F., transmisiones patrimoniales, I.V.A., sucesiones… No puedo estar de acuerdo con una cosa así, ni con lo de «grabable», ni con lo de «extrafiscal». Esto se nos está yendo de las manos.

Impuesto sobre viviendas vacías. Ya estaaaannn aquíííí was last modified: agosto 19th, 2015 by Ramón Cerdá

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