Revista Comunicación

Ingresos y gastos deducibles en la Renta 2013 (Autónomos en estimación directa)

Publicado el 17 febrero 2014 por Micomerciolocal

¿Qué gastos son deducibles en la Renta 2013? ¿Qué aspectos afectan a los profesionales o autónomos? A todos los que tenemos un negocio local o un pequeño comercio nos interesa aclarar dudas sobre este impuesto. Este post quiere ser el primero de varios dedicados a la Declaración de la Renta 2013 (campaña 2014).

El tema da para muchos detalles, hasta el punto de que se podría escribir un libro (por ejemplo, hay deducciones en Comunidades Autónomas como Castilla-León para el autoempleo de mujeres y jóvenes, o para autónomos que abandonaron su actividad por la crisis y vuelven a ejercer).

Nosotros nos centraremos en las preguntas más frecuentes y ahondaremos en algunos aspectos que resultan especialmente relevantes para ahorrar pago de impuestos. Para comenzar, distinguiremos entre los negocios que declaran IRPF en régimen de estimación directa y aquellos que lo hacen en estimación objetiva (módulos). En este post solo veremos la estimación directa.

IRPF PARA NEGOCIOS EN ESTIMACIÓN DIRECTA:

  • ¿Quién debe pagar IRPF por rendimientos de actividades económicas? Hacienda entiende que la totalidad correponde a quien ejerce de forma habitual, personal y directa. Si no hay prueba en contrario, se presume que es el titular.
  • Al realizar varias actividades distintas ¿cómo declararlas? Si todas las actividades con en régimen de estimación directa y corresponden al mismo TIPO O NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD, pueden incluirse todas ellas en la misma columna de la Declaración de la Renta. Si no es así, se indicarán en diversas columnas del impreso (hay 3 columnas). Si se realizan actividades de más de 3 TIPOS O NATURALEZAS, se rellenarán hojas complementarias.

Tipo o naturaleza de la actividad económica en estimación directa IRPF 2013

  • Actividades empresariales de carácter mercantil: las incluidas en la Sección Primera (excepto la División 0 de ganadería independiente)
  • Otras actividades empresariales de carácter no mercantil: las forestales y de artesanía, siempre y cuando las ventas de la artesanía se realice en el mismo taller de fabricación
  • Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo: las de la Sección Tercera
  • Restantes actividades empresariales: las de la Sección Segunda
  • ¿Qué grupo o epígrafe IAE se debe declarar? Si son varias las actividades realizadas, se consignará el de la actividad principal, que Hacienda entiende como aquella que ha generado un mayor volumen de ingresos.
  • ¿Declarar en función de los cobros y pagos, en lugar del criterio de devengo? La declaración de la Renta permite a algunos empresarios y autónomos escoger cómo declarar sus ingresos: o bien por el criterio clásico de fecha de facturas (emitidas y recibidas, llamado criterio de devengo), o bien por las fechas de cobros y pagos. Este último debe aplicarse a la totalidad de las actividades económicas y mantenerse durante 3 años. No pueden acogerse a este régimen los contribuyentes que realicen actividades de carácter mercantil, o que lleven contabilidad ajustada a lo dispuesto por el Código de Comercio, pues en estos casos se aplica la normativa del Impuesto de Sociedades.
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INGRESOS EN LA ESTIMACIÓN DIRECTA DEL IRPF:

  • Las reglas del Impuesto de Sociedades son las que rigen los ingresos y gastos del IRPF en estimación directa. Serán ingresos de los autónomos o empresarios, entre otros:
    • Ventas de mercancías
    • Prestación de servicios
    • Prestaciones recibidas de la Seguridad social por baja de enfermedad (incapacidad temporal), maternidad, riesgo durante el embarazo e invalidez provisional.

GASTOS EN LA ESTIMACIÓN DIRECTA DEL IRPF:

  • ¿Qué gastos son deducibles en el IRPF de estimación directa? Son deducibles todos los gastos incluidos en la contabilidad o en los libros-registro, si son objetivamente necesarios para la actividad y están justificados documentalmente (facturas, recibos, tiquets, escrituras y contratos). Incluimos a continuación una tabla orientativa.

Gastos deducibles en IRPF 2013

Vamos al detalle de algunos de los gastos que suelen generar dudas:

  • Las primas de seguros de enfermedad son deducibles hasta un límite de 500 €/año por persona, pudiendo suscribirse para el contribuyente, su cónyuge y sus hijos menores de 25 años. Así para una familia de 5 personas que cumplan estos requisitos, serían deducibles 2.500 €/año, aunque no sea un gasto objetivamente necesario para el desarrollo del negocio.
  • Los gastos de gasolina, reparaciones y seguro de vehículos son deducibles si se puede justificar que solo se usan para el negocio y no para uso privado. En el caso de que la actividad económica desarrollada sea la de agente comercial, Hacienda admite que el vehículo tenga un uso complementario familiar o particular, si este uso es secundario e irrelevante.
  • La amortización de un vehículo sigue la misma pauta indicada en el punto anterior.
  • Las cotizaciones a sistemas de previsión social (mutua de previsión social, primas de planes de previsión asegurados, primas de seguros privados de dependencia, aportaciones a planes de pensiones) NO SON GASTO DEDUCIBLE pero se reducen de la base imponible, siempre y cuando cubran los mismos supuestos que los planes de pensiones: jubilación, fallecimiento, incapacidad, dependencia severa y gran dependencia. El límite máximo es el mismo previsto para los planes de pensiones y admite aportaciones hechas por los cónyuges y familiares hasta el primer grado de consanguinidad. En el caso de los profesionales que coticen a la mutua de su colegio profesional, en lugar de al RETA, pueden deducir COMO GASTO hasta 4.500 €, siendo el resto desgravable como reducción de la base imponible.
  • Las sanciones y multas de tráfico no son deducibles.
  • Los regalos con fines publicitarios, las atenciones a clientes / proveedores, la publicidad en directorios… son gastos deducibles siempre y cuando consten en la contabilidad.
  • Los libros y revistas profesionales son deducibles.
  • Los cursos de formación relacionados con el negocio son gastos deducibles en la Renta 2013.
  • Amortización de edificios, locales, maquinaria… (inmovilizado material). Se aplican los porcentajes de amortización indicados en la tabla siguiente. Se debe tener en cuenta que existen incentivos fiscales y libertad de amortización para empresas de reducida dimensión.

Tabla de amortización de inmovilizado material IRPF 2013

  • Reducción de rendimientos generados en más de 2 años u obtenidos de forma irregular: La reducción es del 40% y solo afecta a estos supuestos:
  • Subvenciones de capital para la compra de inmovilizado no amortizable
  • Indemnizaciones y ayudas por cese de actividades económicas
  • Premios literarios, artísticos o científicos que no estén exentos del IRPF
  • Indemnizaciones recibidas en sustitución de derechos económicos de duración indefinida
  • ¿Cuántos gastos se puede deducir en la Declaración de la Renta sin necesidad de justificarlos? Las provisiones deducibles y gastos de difícil justificación se cuantifican en un 5% de la diferencia positiva entre los ingresos íntegros y los demás gastos deducibles. No se podrá aplicar esta deducción si se aplica la llamada “reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas” (art. 32.2 de la Ley IRPF y 26 del Reglamento IRPF).
  • Reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas: La reducción oscila entre los 2.652€ y 4.080€ y es incompatible con el comentado en el punto anterior. Solo es posible en estimación directa y la totalidad de las entregas de bienes o prestación de servicios deben efectuarse a una sola persona, no vinculada a la empresa según el art.16 del TRLIS. Además, los gastos deducibles no pueden superar el 30% de los rendimientos íntegros, la contabilidad debe ser conforme al Código de Comercio y el contribuyente no debe recibir rendimientos del trabajo (salvo prestación del desempleo u otras prestaciones por menos de 4.000 €/año). Por último, como mínimo un 70% de los ingresos deben estar sujetos a retención o ingreso a cuenta, y tampoco se pueden realizar actividades en régimen de atribución de rentas.

Los baremos de esta reducción en el IRPF 2012 (año pasado) han sido:

Reducción por actividades económicas en estimación directa IRPF

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RENDIMIENTO NETO EN LA ESTIMACIÓN DIRECTA DEL IRPF:

  • ¿Se puede declarar un rendimiento neto negativo? Hacienda podría comprobar la deducibilidad de aquellos gastos declarados, pero técnicamente es posible declarar pérdidas. Estos rendimientos netos negativos por actividades económicas se compensarán con los positivos en otras áreas de la Declaración de la Renta (rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario, del capital mobiliario no incluido en la base del ahorro, de imputaciones de renta, de premios…). Pero no con el capital mobiliario de la base del ahorro. Se puede compensar con los resultados de los 4 años siguientes.
  • No olvidar incluir las retenciones e ingresos a cuenta en las casillas correspondientes, pues son importes que reducen la cuota diferencial. Van en dos casillas, dependiendo si proceden de actividades económicas o de alquiler de inmuebles urbanos.
  • No olvidar tampoco los pagos fraccionados a cuenta del IRPF (modelo 130 pagado en abril, julio, octubre y enero), que van en otra casilla.

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