La idea de una Justica Universal que toque por igual a reyes y paisanos es una fantasía religiosa que, por supuesto, existe en la mayoría de las religiones importantes. Para las religiones, esa Justicia Universal la imparte Dios y solo se alcanza después de la muerte, porque ningún Ser Humanos ha visto, ni verá, semejante cosa en la Tierra. Ha habido casos, es cierto, en los que una potencia o alianza enemiga, tras una victoria militar, ha juzgado y castigado a tiranos y déspotas sanguinarios. Pero ¿se reservaron para ellos mismos alguna cantidad de esa medicina justiciera? Desde luego que no.
Los gobiernos de muchos países no se respetan a sí mismos como naciones y se limitan, ya que lo han hecho siempre, a seguir la corriente de otras potencias. Otros gobiernos desprecian la idea nacional aunque se aprovechan de todas sus ventajas y prerrogativas para ejercer sus gobiernos, sin embargo, tratan de minarla en pos de ideas internacionalistas supuestamente más elevadas. Otros gobiernos tienen cuentas internas pendientes nacionales e internacionales que quieren cobrarse justificándolas de un modo u otro. En general todos los gobiernos de estas naciones son sugestionables, poco respetuosos con sus responsabilidades y muy sensibles a la buena opinión de los demás aunque carezca de fundamento.
Solo en el contexto mencionado se entiende que Con la excusa de promover un bien, como es el de castigar una serie de crímenes generalmente asociados a los tiempos de guerra, en realidad estén atentando contra bienes muy superiores, como son la Soberanía Nacional, la Territorialidad, la Jurisdiccionalidad y la Inmunidad de los Jefes de Estado, embajadores y representantes de esas naciones. El Sistema de Derecho Internacional se fundamenta en esos los pilares, es más: la propia civilización se asienta en estos pilares. Derribar estos puntales por una idea de la justicia disparatada, no es algo que nos acerque más a la Justicia; nos acerca más a la barbarie.
Ningún Estado moderno, por elevada que sea su concepción de la Justicia, carece de instrumentos que pongan límites su aplicación, porque eso también es Justicia. Ninguna idea de la Justicia puede sostenerse si no está respaldada por la capacidad de ser aplicada usando la violencia legítima que haga falta para su aplicación. Una idea de Justicia sin policía que espere a que los delincuentes condenados pasen por delante de los calabozos para ser detenidos es una pantomima de justicia y una cobardía moralidad dolosa.
La Corte Penal Internacional es, por definición, el hoy el mayor enemigo de la Paz entre las naciones. Podrá estar disfrazado con los ropajes luminosos de la Justicia universal pero sólo es una herramienta de la perversidad humana en su concepción más elevada precisamente porque hace parecer bueno lo malo. No sólo pretende llegar a ser un instrumento discrecional y arbitrario de la ultraizquierda fracasada, también pretende despreciar los parámetros terrenales de la aplicación de la justicia, y es un instrumento en manos del rencor que conseguirá que nunca cicatricen las heridas de ningún conflicto humano en el futuro.
La Corte Penal Internacional es un tratado entre naciones particulares, bajo el paraguas de la ONU, que se atreve a arrogarse la facultad de exportar una jurisdicción penal a terceras naciones y enjuiciar a personalidades protegidas por la inmunidad que les otorga la propia Carta de las Naciones Unidas. Ningún Estado, por poderoso y despótico que sea, se ha atrevido a tanto; por la sencilla razón de que eso es un acto de agresión que podría considerarse “Casus Belli” y, llegado el caso, dar rienda suelta a una intervención militar. O sea; tenemos a un organismo que pretendiendo reprimir la agresión de una nación sobre otra, sin embargo, se arroga la facultad de ejercer acciones de agresión discreccionalmente. En otras palabras: La Corte Penal Internacional al tratar de evitar los estragos naturales de la guerra, pone los ladrillos para que estos se produzcan.
Afortunadamente, las atribuciones del CPI están muy limitadas, en realidad como cualquier órgano de Justicia. Una de sus limitaciones más importantes es que dependen del Consejo de Seguridad de la ONU que cuenta con 5 vetos de las potencias vencedoras de la SGM. Un de las cosas que más duelen a quienes aspiran a usar la Justicia Universal para dar rienda suelta a sus deseos revanchistas, más o menos injustificables, es precisamente este veto: más concretamente el veto de los EEUU; quien sería la primera víctima, después de la propia Justicia, en el caso de que se abriera el melón de la extrajurisdiccionalidad.
¿Puede alguien pensar que oponerse al CPI, un supuesto represor de las mayores maldades cometidas por el Ser Humano, es una confesión de que se está a favor de ellas? Puede. No en vano hay multitud, y lo hacen empujadas por la demagogia de los interesados en que así sea para manchar el buen nombre de las naciones, para vengarse, para cambiar de modelo político. Afortunadamente, en el mundo de del Derecho Internacional, o generalizando en el de la ética que existe tras los acuerdos entre naciones, no son las multitudes alienadas ni las turbas patibularias las que dictan las normas.
A muchos, el hecho de que haya naciones que no han firmado el Tratado de Roma para vincularse con la Corte, les convierte en naciones sospechosas de aprobar (y cometer) cosas como genocidio o los crímenes de lesa humanidad. Pero el hecho es que el Tratado de Roma que da forma y nacimiento a la Corte Penal Internacional (mal llamada en prensa TPI) es de 2002 ¿Quiere eso decir que hasta entonces sí se ha toleraba el Genocidio, las agresiones y los delitos de Lesa Humanidad? A veces la opinión pública parece tener memoria pez.
Que el Estatuto de creación de la CPI no aporta ninguna contribución a la puesta en práctica del Derecho y la justicia internacionales, lo demuestra que el hecho de cuestionar la soberanía a los Estados no miembros y pretender imponer a los ejércitos y representantes de esas naciones no firmantes una jurisdicción extranjera. Este elemento de fricción está consiguiendo que exista una falta de consenso en las operaciones de paz de las UN y en un aumento de la bilateralidad, con los riesgos que eso conlleva.
EEUU es el paradigma del Estado contrario a extender las “bondades” de la Justicia Universal, y ha dedicado buena parte de sus esfuerzos diplomáticos a asegurarse, mediante tratados bilaterales, la inmunidad de sus representantes ante tribunales extranjeros de la que debería gozar todo estado. Por el contrario, la UE es el paradigma del defensor de extender una jurisdicción antinacional al resto de las naciones del mundo. Mientras que EEUU acuerda y negocia legítimamente con otras naciones, la UE amenaza y actúa como un matón con las naciones que dentro de su propio seno y en virtud de su soberanía y su legitimidad, aceptan esos acuerdos de inmunidad bilaterales, este es el caso de Rumanía.
España también ha sufrido las nefastas consecuencias del Tratado de Roma. Por lo pronto el anterior presidente, José María Aznar, firmó ese tratado, lo que exigió trasponer al Código Penal español unos nuevos delitos englobados en la categoría de “Delitos contra la Comunidad Internacional”. Una serie de delitos absurdos para la realidad española, que con toda lógica no se habían contemplado antes, y que además contienen un elemento inquietante, que tampoco existía en las anteriores revisiones del Código Penal, que es la no prescripción. Obviamente, una justicia quimérica que aspira a lo absoluto, no va a pararse en consideraciones temporales, como puede pasar con delitos que sí importan a la sociedad española, por el sufrimiento que han causado, como por ejemplo los de terrorismo, que sin embargo no deben tan magníficos ya que sí se someten a los parámetros temporales en la aplicación de la Justica.
Desde su introducción en el Código Penal, los quebraderos de cabeza han sido constantes. La primera víctima española ha sido el prestigio de su propia Justicia. Nada más aplicarse se abrió la veda de la extraterritorialidad jurisdiccional, ¿contra enemigos de los Derechos Humanos como las milicias de Sudán, o las 'narcoguerrillas'? ¿Mandó a la Guardia Civil a Pale a detener al general Ratko Mladić? En absoluto. Se ha pretendido juzgar a militares ¡y a medio gobierno estadounidense! Afortunadamente, estas locuras se han cortado de raíz, pero hace bien poco, porque nos podrían haber costado un disgusto muy serio si algún juez se hubiera atrevido a cursar una orden de detención o si se hubiera detenido a alguno de los miembros de la administración Bush de paso por España. No olvidemos, a titulo de anécdota, que parte de la familia real vive en EEUU o que del primer guantazo económico nos podrían haber hecho ver las estrellas (y las barras).
La segunda víctima española de la CPI es la paz social. Tenemos, desde hace unos años a la parte más ultraizquierdista y antinacionalista de la Justicia española removiendo los huesos de la Historia más trágica de España para deslegitimar a la oposición de derechas a la que se considera “heredera” de los supuestos criminales, para tratar de cambiar de régimen político y también para contentar a egos tan universales como la Justicia que pretenden impartir. Tenemos por un lado a “una casa dividida contra sí misma” que lamentaba Lincoln y por otro como decía Churchill, al presente juzgando el pasado para perder el futuro. Todo gracias a la Justicia Universal, es importante saber que de no haberse firmado el Tratado de Roma esto no hubiera ocurrido.
España debería anular el Tratado de Roma, inmediatamente, y expurgar de su código penal esos delitos absurdos, y dejarlos para cuando tenga la capacidad y la voluntad política para ir con las armas españolas a detener a esos enemigos de la comunidad internacional a los que les gustaría juzgar, porque eso sería lo decente. Pero claro, es más fácil ponerse éticamente de perfil y salir bien en las fotos, aunque sea montado en una caja de bombas._