marzo 8, 2013 Deja un comentario
Ser interoperable, en tiempos convulsos y en un mundo 2.0 es la única posibilidad de supervivencia de las organizaciones y los sistemas de información sanitarios.
La interoperabilidad influye en la reducción de costes en las organizaciones que siguen una norma o estándar específico. No es necesario alcanzar una interoperabilidad total para obtener el máximo ratio coste/beneficio.
Interoperabilidad
Las TIC’s en salud contribuyen a la mejora de la calidad asistencial y aportan seguridad y calidad a la práctica clínica. Mejoran la productividad de los sistemas sanitarios y contribuyen a su sostenibilidad. Todos los esfuerzos en el desarrollo de sistemas de información realizado por las CCAA y el propio Ministerio de Sanidad (HCDSNS) tienen un reto pendiente que es hacer que los diferentes sistemas sean interoperables. La eficacia que estos sistemas han demostrado en entornos locales o regionales se convierten en barreras infranqueables cuando tienen que intercambiar información con sistemas de otros ámbitos, necesidad que manifiesta el 10% de los ciudadanos [2]. Esto significa que cerca de cinco millones de ciudadanos cuando acuden a centros asistenciales del Sistema Nacional de Salud, fuera de su centro habitual no disponen de los datos de sus historia clínica. Los derechos reconocidos a los pacientes en la Ley 14/1986 General de Sanidad, y en la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS no son efectivos por que los sistemas de información no son interoperables.
La propia dinámica asistencial, con consultas a especialistas, pruebas diagnósticas, derivaciones a otros centros, da lugar a una existencia distribuida de la información clínica del paciente. Los profesionales precisan la información completa de la historia del paciente y sólo mediante sistemas de información interoperables seremos capaces de aportar ese valor a los profesionales.
La interoperabilidad debe ser una característica exigible a los sistemas de información de salud en cualquier ámbito asistencial de SNS.
1.- Identificación de pacientes.
La correcta identificación de los pacientes es el elemento primordial en los sistemas de información sanitarios. Desde un punto de vista formal, los usuarios/pacientes deben disponer de un identificador único y vitalicio gestionado centralizadamente y disponible para todos los subsistemas que participan en el ecosistema tan heterogéneo de los sistemas de información de salud.
Las TSI deben identificar de forma unívoca y vitalicia a los ciudadanos y conocer el tipo de derecho (para cada momento que el paciente precise asistencia) tiene en relación con la prestación de servicios sanitarios.
El Ministerio de Sanidad (ley de la misma Ley 16/2003, de 28 de mayo) tiene encomendado la generación de un código de identificación personal para todo el SNS, que debe poner a disposición de los Servicios de Salud. Debe también mantener una base de datos actualizada con la información de los usuarios del SNS.
Además el Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto en el artículo 5 del capítulo II del Título I, en relación con la tarjeta sanitaria individual, establece que el Gobierno, en coordinación con las comunidades autónomas, establecerá el formato único y común de tarjeta sanitaria válido para todo el SNS.
Resulta pues necesario que el Ministerio de Sanidad:
- Defina el sistema de identificación de pacientes, (identificación del SNS) compatible con los sistemas de las CCAA y sus identificadores locales, permitiendo identificar al paciente entre diferentes dominios de identificadores.
- Definir y delimitar las responsabilidades y funcionalidades de las CCAA en relación con la identificación de los pacientes.
- Ofrezca las funcionalidades para notificar a los Servicios de Salud de las CCAA y otras entidades adscritas al SNS de identificación, cada cambio de los datos de identificación del paciente.
- Se normalicen los formatos de los datos y soportes de físicos de las tarjetas.
- Se establezcan servicios de consulta para los agentes de SNS de modo que se pueda usar este sistema de identificación de cualquier sistemas de información.
El perfil IHE Patient Identifier Cross-referencing for MPI (PIX) (Map patient identifiers across independent identification domains) y las recomendaciones de HL7 Spain (Guía de implantación ADT ) aportan soluciones óptimas al problema.
2.-Historia clínica interoperable.
Para que la HCE de un paciente sea interoperable hay que buscar soluciones normalizadas que faciliten la comunicación de la información clínica y posibiliten la interpretación automática de la información (interoperabilidad semántica) entre diferentes sistemas. La solución al problema pasa por disponer de un modelo de referencia, un modelo de arquetipos y un vocabulario compartido .
Modelo de referencia. El estándar europeo ISO/CEN EN13606 (y nacional) establece un modelo dual para la representación de la jerarquía de la información y los contenidos que deben ser almacenados de en el repositorio de la HCE.
La arquitectura de información de la Historia Clínica Electrónica modela las características comunes a todas las HCE, incluyendo sistemas que garanticen el registro fiel y el significado original de una anotación o conjunto de anotaciones en la historia clínica, incluyendo la información de contexto. El sistema de HCE debe asegurar que la historia clínica sea comunicable. Se entiende por comunicable que el intercambio de partes de la historia clínica entre diversos profesionales, sistemas informáticos u organizaciones sea segura, y que, por tanto, se salvaguarde el significado original de los datos.
Juan Nieto Pajares. Ávila 8 de marzo de 2.013.