¿De qué se trata? La legislación argentina permite que una persona, que está en edad de jubilarse pueda completar los 30 años de aportes mediante la adhesión a una moratoria. La misma puede ser abonada de contado, en el caso de los pensionados, o en cuotas, para los que no lo son.
Con la moratoria se paga el monto correspondiente a los años de aportes faltantes, y si optó por hacerlo en cuotas, solo tendrá que abonar la primera, el resto ANSES se lo descontará de su haber jubilatorio en 60 cuotas sin interés.
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