Revista Cultura y Ocio

Juricidad por juridicidad: una haplología no admitida

Por Adalbertogarcia

He encontrado bastantes veces ya un término incorrecto en textos jurídicos que tiene visos, a lo que parece, de arraigar. Me refiero a juricidad, como cualidad de jurídico. Quizá por su uso continuado, muchos autores optan por la reducción del término comúnmente aceptado, juridicidad. La razón de este curioso caso de poda lingüística, aparte la pura economía, seguramente será la (supuesta) cacofonía que se produce por la yuxtaposición de dos sílabas muy similares (-dici-) que además vienen pospuestas a otra i más, con lo que pronunciamos tres seguidas. Sin embargo es poco común que en el lenguaje escrito se produzca este fenómeno, y me he propuesto desentrañar un poco qué hay detrás de ello.

HAPLOLOGÍA

Según la RAE, es haplología:

  1. f.Ecd. haplografía.
  2. f.Fon. Eliminación de una sílaba semejante a otra contigua de la misma palabra; p. ej., cejunto por cejijuntoimpudicia por impudicicia.

Aunque vamos a aparcar por ahora el matiz que da la primera entrada, no lo perdamos de vista, pues ese término volverá a aparecer más adelante.

Ejemplos de haplologías hay algunos, y este fenómeno de reducción se ha producido desde los tiempos de los romanos y ha afectado a las lenguas romances que se formaron a partir del latín. La conditio sine qua non para que se dé es la existencia de una palabra con sílabas consecutivas iguales o muy parecidas. No es demasiado frecuente, y puede tener orígenes muy diversos, desde la imaginación del columnista que escribió “catolicomunista” a la vulgaridad de quien dice “analís” por “análisis”.

En latín este fenómeno está identificado en algunos préstamos del griego, el más conocido idolatra, del griego εἰδωλολάτρης —y que devino así mismo “reducida” en francés, español e italiano, que la trajeron como se la encontraron, sin considerar que hubiera haplología alguna en ella). Es un ejemplo muy esclarecedor ‘tragicomedia’, que aparece en Plauto (siglo III a.C.) como ‘tragicocomedia’ y evoluciona a la palabra con haplología en Lactancio, ya en el siglo IV de nuestra era.

Si en latín se produjeron fenómenos de haplología identificados las lenguas romances “haplologizaron” también algunos términos provenientes del latín, y así de ‘impudicitia’ devino ‘impudicia’, y no ‘impudicicia’.

Modernamente, Valentín García Yebra, en un artículo aparecido en ABC en 2002 titulado precisamente “Haplologías”, identificó haplología en ‘publificación’, término introducido recientemente en el Diccionario de la Academia y que proviene del adjetivo ‘público’ y de ‘ficación’, traducción de la sufijación latina (en realidad, elemento compositivo) ‘ficatio’; su unión debiera haber dado ‘publicificación’, pero las dos sílabas centrales se pronuncian casi igual y quedaron reducidas a una por la cacofonía de la redundancia.

De todo lo dicho podemos decir que el fenómeno que estamos viendo se ha producido históricamente por “decantación”, o sea, porque el uso continuado de un término de sílabas repetidas ha abocado a veces (no siempre) a una forma más breve y de sonido más armónico que el original. ¿Es eso lo que sucede con juricidad?

HAPLOLOGÍA Y HAPLOGRAFÍA

Antes dijimos que volveríamos sobre la primera acepción que la entrada “haplología” tiene en el Diccionario. Es el momento.

Allí se decía que “haplografía” es sinónimo de “haplología”,  si bien no idéntico o exacto, pues haplografía se define como:

  1. Ecd.Fenómeno consistente en la eliminación de un segmento textual
    idéntico o análogo a otro segmento cercano; p. ej., en el Quijote, II, 32, «dejarse lavar» por «dejarse lavar la barba» es una clara haplografía.

(Sin embargo, la Wikipedia, sin duda por error, considera la haplografía “la reducción de dos grupos de sonidos semejantes a uno”, sencillamente como una especialidad dentro de la haplología. Vamos a ignorar esta acepción para centrarnos en la explicación más académica).

Como vemos en ambas entradas el campo a que se refiere la haplografía es la Ecdótica, que es “la disciplina que estudia los fines y los medios de la edición de textos”, mientras que la haplología entra dentro de la Fonética, que es “lo perteneciente o relativo a los sonidos del habla”.

Por consiguiente, cuando hablamos de juricidad deberíamos estar en un caso de haplografía, pues el uso reconocido corresponde a textos escritos, y además de índole científica. ¿Qué gana el término con la eliminación de la sílaba? Nada, es claro. No induce a error ni anfibología, y supone una novación no unánime, algo muy peligroso en lenguaje científico.

LA EXACTITUD DEL LENGUAJE CIENTÍFICO Y LA PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO CIENTÍFICO

Juridicidad  es un sustantivo, y su entrada en el Diccionario es:

juridicidad. f. 1. Cualidad de jurídico. ‖ 2. Tendencia o criterio favorable al predominio de las soluciones de estricto derecho en los asuntos políticos y sociales. (DLE 2014)

Es cierto que el lenguaje científico ha aplicado haplografías cuando lo ha creído conveniente, pero siempre en términos de nueva factura, como sucedió con ‘fosfato’, que proviene del griego ‘fosforos’ (φωσφόρος, portador de luz) y del sufijo –ato (compuesto químico), que deberían haber formado ‘fosforato’.

Ya hablé en otro lugar de la contravención que suponía hablar de ‘brocardo’ en lugar de ‘brocárdico’, que es el término recogido en el DRAE, pero el fenómeno, desde hace algunos años, cuando hablé sobre ello, no ha remitido, y lleva camino de extenderse, no sé muy bien por qué.

Ignoro también si cuajará la “novación” terminológica juricidad, aparecida misteriosamente y sin razón aparente en el vocabulario de algunos juristas españoles, pero no está de más avisar de que, mientras el término no se incluya en tesauros y buscadores, los trabajos que lo incluyan quedarán fuera de los compendios y listados publicados sobre el tema, así que los autores “innovadores” perderán presencia en las referencias y consultas que se hagan sobre esa materia. Algo no baladí, pues habla precisamente de la importancia del Derecho en los asuntos públicos. Pudiera darse la circunstancia de que, a la hora de publificar la juridicidad, algunos estudiosos se quedaran fuera por una pura cuestión terminológica.


JURICIDAD POR JURIDICIDAD: UNA HAPLOLOGÍA NO ADMITIDA

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