Justicia gratuita o cómo conseguir un abogado de oficio

Publicado el 28 abril 2015 por Decabo

Hoy vamos a desmitificar otra situación que se da por hecho gracias al cine americano, y es que hay dos tipos de abogado: el de oficio y el de pago, y que el de oficio es peor. ERROR.

En España, en los colegios profesionales de abogados existe una lista a la que un abogado se puede apuntar para trabajar en el turno de oficio, es decir, para trabajar prácticamente de gratis. Si sí, por amor al arte, al ciudadano, al derecho, a la justicia o a lo que queráis. Es cierto que cobran, pero son unas cantidades vergonzosas por el trabajo que conlleva seguir un procedimiento ante un tribunal, y que además el estado tarda en pagarlo (en teoría) unos seis meses desde que el procedimiento TERMINA. Es decir, que si el procedimiento de divorcio por ejemplo, dura tres años, el abogado estará esos tres años poniendo dinero de su bolsillo para trabajar.

No penséis que el abogado de oficio es, como parodian en las películas americanas, un pobrecito que ha acabado trabajando gratis porque es malísimo. En España, tu abogado de oficio es el mismo que tiene su despacho y que te cobraría por ir si no te hubieran concedido la justicia gratuita. Además, existen determinados requisitos de años de experiencia y de formación para que el abogado pueda acceder al turno de oficio asique no creáis qué vais a estar desprotegidos por el hecho de que sea gratis.

La justicia gratuita es como la seguridad social, pero ante el Juzgado, y no solamente se te concede un abogado gratuito, sino también un procurador, y si fuera necesario también podrían ser gratuitos los peritos,  y tener rebajas en los notarios, depende de cada caso.

¿Cómo conseguir que te asignen un abogado de oficio?

Es muy fácil, no os agobiéis con el papeleo que es más sencillo de lo que parece. Os acercáis al Servicio de Orientación Jurídica del Juzgado (SOJ) y allí os pedirán normalmente:

  • copia del DNI
  • justificar ingresos con declaración de la renta
  • certificados de hacienta o cualquier documento que acredite el dinero que ganáis
  • las cargas familiares
  • si se trata de un procedimiento familiar probablemente también el libro de familia.
  • también será necesario el certificado de empadronamiento y de signos externos, que te lo dan normalmente al momento en el ayuntamiento.

Después de presentar ese papeleo lo estudia una comisión y te mandarán una carta a casa informándote de si te han concedido la justicia gratuita o no, o si lo creen necesario pueden nombrarte un abogado de oficio provisionalmente en lo que se decide si tienes derecho o no.

OJO: los trabajadores SIEMPRE tienen derecho a un abogado de oficio cuando el abogado que necesiten sea para una cuestión relacionada a su contrato de trabajo (el empresario no, cosas de la vida).

Asique no tengáis miedo en ir a preguntar e informaros para solicitar a un abogado de oficio si creéis que podéis necesitarlo, que para que os lo denieguen tiempo hay, y son profesionales tan válidos como cualquier otro que vaya a cobraros.