Justicia transicional (III): el caso del Cono Sur de América Latina

Publicado el 14 abril 2016 por Debarbasyboinas @DeBarbasYBoinas

Siguiendo con el esquema  de oleadas de democracia de Huntington, y siguiendo en el segundo período de este esquema, y tras de hablar del sur de Europa anteriormente en Justicia transicional (II): los casos de Grecia, Portugal y España y de la II Guerra Mundial aún más atrás, en Justicia transicional (I): Definición. El caso de la II Guerra Mundial, ahora toca hablar de los principales casos de justicia transicional en el Cono Sur de América Latina. Para ello, tocaremos los tres principales casos de justicia transicional de esta zona: Argentina, Chile y Uruguay.

En el caso argentino, se establece una dictadura entre los años 1976 y 1983, que se denominó a sí misma como “Proceso de Reorganización Nacional”, con un gran número de muertes y desapariciones (alrededor de unas 30.000 personas “desaparecidas”), además de torturas, apropiaciones de menores y entrega de estos a familias afines al régimen. Antes de abandonar el poder, la última resolución de la Junta Militar fue una ley de autoamnistía para no recibir acciones judiciales en la posteridad: esto suponía que todo lo que se hizo en esa etapa quedaba amnistiado.

Sin embargo, en este caso, una vez que acceda al gobierno Raúl Alfonsín, va a derogar inmediatamente este decreto de amnistía y se abrirán procesos que levan a juicio a algunos de los dirigentes. Alfonsín encarga a una comisión la creación de un informe de torturas, violaciones, desapariciones,…

Esta comisión se llamará CONADEP, la cual tomará testimonio de las víctimas de los actos, en un informe que se llamará “Nunca Más”. En base a este informe, se celebrarán los “Juicios de las Juntas”. Esta comisión de la verdad es de las primeras que adquiere tales dimensiones. No es una fórmula judicial, dado que no juzga. Está constituida por abogados, intelectuales, periodistas,… con respaldo público, en vistas a alertar también a la opinión pública de lo acontecido en la dictadura. Será un ejemplo para casos posteriores.

Aquí aparece también el fenómeno judicial, tomando como sustento los testimonios e investigaciones de la Comisión. El resultado de los juicios, terminados en el año 1985, dio pie a fuertes condenas. Se celebraron procesos por torturas, desapariciones,…

Pero, como consecuencia de esta cadena de procesos del 1985-1986, aparece en el ejército un cierto descontento, por lo que presionarán para ponerle fin. Tal es así, que en el 1986 se aprobará la llamada Ley de Punto Final, nombre de esta medida en Argentina, pero que luego se usará para leyes análogas en otros países.

Esta acción supone que desde su aprobación hasta un máximo de 60 días después se podían abrir nuevos procesos, pero tras este rango de tiempo, no se podrían poner en marcha nuevos casos. La explicación a esto sería un afán de garantizar la estabilidad del Estado.

No obstante, en el año 1987, las fuerzas armadas harán de nuevo revueltas, forzando la promulgación de la Ley de Obediencia Debida. Dice que aquellos condenados por recibir órdenes de otros superiores (mandos intermedios, por ejemplo) deberían de ser absueltos, dado que estaban cumpliendo mandatos de otros, cumpliendo simplemente los códigos de obediencia.

Finalmente, en el 1989-1990, durante el gobierno de Menem se aprueban indultos a todos los condenados. Para que cambiara este panorama en Argentina, tuvieron una gran importancia una serie de denuncias no tanto en sede judicial americana, sino en la Audiencia Nacional Española, las cuales dieron pie a que se investigasen algunos actos en España, en concreto con Baltasar Garzón y Carlos Castresana, en el llamado Plan Cóndor, de oposición contra las dictaduras. De aquí sale la orden de Garzón de detener a Pinochet, imputándole acciones de represión,… Finalmente, Pinochet no fue extraditado e incluso sería miembro del senado, pero tendrían igualmente importancia estas denuncias.

Desde el año 2000, cambian las circunstancias en Argentina, revisándose estas medidas de Punto Final y los indultos. En el gobierno de Cristina Fernández de Kirschner se ejecuta ya una política coordinada en cuanto a la persecución de dirigentes de la dictadura, aboliendo las leyes anteriores.

Hablemos ahora de Chile. En Chile se estableció una dictadura desde el año 1973, con Pinochet a la cabeza. Tiene la peculiaridad de que en el año 1978 se aprueba una amnistía inspirada en la medida española del año 1977. Esta medida aún estuvo vigente hasta hace poco, algo que ha condicionado mucho la apertura de casos. Esta ley establecía la amnistía de los delitos de carácter político que llevó a cabo la oposición a la dictadura, así como aquellos cometidos por las autoridades y oficiales en sus cargos. Por ello, en Chile los juicios de este tipo hasta hace tiempos recientes, han estado condicionados por esta medida.

A pesar de esto, existieron iniciativas de jueces y demás instituciones privadas que impulsaron protestas, a raíz de las cuales algunos verdugos finalmente fueron encausados, y consiguieron que muchos fueran juzgados, a pesar de la vigencia de la ley. Se estableció una comisión semejante a la CONADEP argentina hacia el año 1990. El gobierno llamó a expertos para formar la llamada Comisión Nacional de la Verdad y Reconciliación, dando pie al informe Rettig, en el cual se muestran los delitos de la dictadura, la magnitud de los casos,…

Además, se creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación para atender los casos de las víctimas de la dictadura y ampliar el informe Rettig con un mayor número y variedad de casuísticas. Desde hace unos años, el gobierno de Michelle Bachelet, y cumpliendo con una de sus promesas electorales, ha derogado la Ley de Amnistía.

Por último, toca hablar de Uruguay. En Uruguay se establece una dictadura tras un golpe de estado en el año 1973 y terminará en el año 1985. Se aprueba también una ley que amnistiaba los delitos de los militares y oficiales de la dictadura en el año 1986, apoyada por un referéndum además. Hubo diferentes intentos de derogarla, en el año 1987, por plebiscito, y de nuevo en el año 2009, pero todas fallidas.

Más tarde, en el año 2011, con el gobierno de Mújica, la ley fue declarada inconstitucional. No obstante, lo cierto es que, hasta el momento, apenas se llevaron a cabo procesos judiciales en contra de los verdugos, al contrario de lo que ocurrió en Argentina o Chile.

Simón de Eiré