La AFIP impuso nuevos controles a monotributistas: ¿qué hacer si te excluyeron?

Por Martineraso
El organismo puede contar con la información de los movimientos de argentinos y residentes locales en unos 50 países.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya cuenta con dos nuevos mecanismos de control para detectar casos de evasión fiscal relacionados con monotributistas, y de bienes y dinero depositados en el exterior.

Desde ahora el organismo puede contar con la información de los movimientos de argentinos y residentes locales en unos 50 países, para detectar potenciales casos de evasión, porque entran a regir los acuerdos bilaterales firmados por la Argentina.

La AFIP ya incluyó en el portal Monotributo los datos que conoce sobre los ingresos y gastos del contribuyente, bajo el título "Esto es lo que sabemos de vos".

La información incluye las facturas electrónicas realizadas y recibidas, el monto total de cuotas de monotributo pagadas y los gastos con tarjeta de débito y crédito, desde agosto del 2016.


La página permite también realizar el trámite de recategorización a los tres millones de monotributistas inscriptos en el organismo.

Estos son los pasos a seguir si te excluyen del Monotributo

¿Qué significa qué me excluyeron de pleno derecho?

Que ya no cumplo con algunos de los parámetros y condiciones para ser monotributista.

¿Cuáles son los motivos de exclusión?
La suma de tus ingresos brutos excede el máximo establecido.
La superficie o costo de alquiler de tus locales superan los máximos establecidos.
No alcances la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las categorías I, J o K
Superes el precio máximo unitario de venta.
Adquieras bienes o realicen gastos personales por un valor diferente a los ingresos declarados, y estos no se encuentren debidamente justificados.
Tus depósitos bancarios sean diferentes con los ingresos declarados en el momento de la categorización.
Realizaste importaciones de bienes o servicios.
Realizaste operaciones sin haber facturado.

¿Qué debo hacer si me excluyeron?

Podés presentar una apelación hasta el martes 26 de septiembre, inclusive.

¿En qué situación quedo?

Deberás darte de alta en el Impuesto a las Ganancias, IVA, como Empleador y como Autónomo, según corresponda, con Clave Fiscal por el servicio "Sistema Registral".
Deberás pagar tus impuestos únicamente mediante transferencia electrónica, utilizando un Volante Electrónico de Pagos (VEP).
Deberás emitir facturas por tus operaciones. Como responsable inscripto abarca a los comprobantes clase "A", "A con leyenda" o "M".
Presentar y pagar las declaraciones juradas en las fechas que corresponda de acuerdo a la terminación de tu CUIT.
Deberás exhibir el Formulario N° 960- Data Fiscal.
¿Cómo me lo comunica la AFIP?

Por correo electrónico a quienes lo hayan registrado.

A través de la E - Ventanilla
Campaña telefónica
Consulta pública en el sitio exclusivo para monotributistas www.monotributo.afip.gob.ar donde podés colocar la CUIT y verificar si se encuentra excluido o no del régimen.
Publicación del listado completo en el Boletín Oficial.

¿Qué debo tener en cuenta como Monotributista?
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Fuente: Minutouno.com

Recopilación de noticias por Martin Eraso