La AP de Palma declara nulo el clausulado multidivisa de una hipoteca

Publicado el 22 enero 2019 por Comunicae @comunicae

La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Palma ha declarado, en Sentencia de fecha 7 de diciembre de 2018, la nulidad del clausulado multidivisa inserto en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito por un cliente del Despacho Jurídico ACB Abogados Consumo & Banca, y la entidad financiera Banco Santander S.A. La experiencia y especialización de la letrada responsable del procedimiento, Pilar Buendía Amat, ha sido determinante a la hora de conseguir una sentencia favorable.

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, sección 5ª, confirmó la Sentencia dictada el pasado 16 de abril de 2018, por el Juzgado de Primera Instancia, nº 5, que declaró la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario, en todos los contenidos relativos al clausulado multidivisa dejando subsistente el préstamo hipotecario en el resto de los extremos; y en consecuencia, condena a la entidad financiera demandada a recalcular el préstamo desde la fecha de la novación, tomando como capital el importe en Euros fijados en la escritura de préstamo pendiente a fecha de la novación, referenciándose el préstamo al EURIBOR más el diferencial pactado. Así mismo, se condena a BANCO SANTANDER S.A, a devolver las cantidades percibidas en exceso de cada una de las cuotas devengadas hasta la fecha de interposición de la demanda, y las posteriores de acuerdo con el recálculo de todas las cuotas de las hipotecas desde el momento de suscripción de las mismas, referenciando su totalidad al EURIBOR más el diferencial pactado”. Por último, también se condena en dicha sentencia a la demandada al pago de las costas procesales”.

El objeto del litigio se centra en la suscripción por parte de un cliente de la entidad, piloto de profesión, de un producto bancario complejo. El Banco nunca explicó los riesgos de la contratación de este tipo de préstamo hipotecario, riesgos tales como el constante recálculo del cuadro de amortización lo que conllevaría que el cliente pudiese llegar a deber más dinero que el prestado, en caso de revalorización de la moneda de referencia respecto al euro.

No ha acreditado documentalmente Banco Santander haber otorgado una información previa concreta y detallada sobre los riesgos de la contratación del préstamo así como el hecho de que la profesión del prestatario, piloto, no comporta necesariamente unos especiales conocimientos financieros. En consecuencia, la Audiencia Provincial de Baleares, desestima el recurso de apelación presentado por la entidad.

Animan a todos los lectores de este artículo, que tengan incorporada en su préstamo hipotecario la cláusula multidivisa, a contactar con unn abogado especialista en Derecho Bancario y Financiero, con el fin de analizar el clausulado de su préstamo hipotecario, detectar cláusulas abusivas y ofrecerle soluciones para recuperar el posible dinero cobrado de más.