¿Puedo ser dado de baja por depresión?SI. La depresión puede ser un motivo para que un trabajador sea dado de baja laboral. El motivo puede ser que debido a:· la depresión, el trabajador no pueda desarrollar sus funciones profesionales, · o bien que el trabajar impide la recuperación de la salud psicológica del trabajador. En ambos casos el trabajador puede ser dado de baja para que recupere su salud y supere la depresión.Muchas veces una depresión no es vista como un impedimento real para trabajar, ya que físicamente se está apto, pero las enfermedades psicológicas también tienen que ser tenidas en cuenta y consideradas a la hora de pensar en la recuperación de la salud.Duración máxima de una baja por depresiónLas depresiones suelen ser una situación cuya recuperación no es rápida. Una baja laboral es una Incapacidad Temporal cuya duración máxima normalmente es de 365 días . En circunstancias excepcionales, aún superando el año, si se prevé una recuperación en los siguientes meses puede alargarse 180 días más. Al finalizar el tiempo máximo el trabajador será dado de alta o bien será propuesto para pasar una Tribunal Médico para estudiar si puede pasar a una situación de Incapacidad Permanente.La depresión, ¿puede ser enfermedad profesional en algunos sectores?Un trabajador puede ser dado de baja por una depresión que tenga un origen en el trabajo: · Por demasiado trabajo, por hostigamiento por parte de jefes o compañeros, por falta de reconocimiento, por falta de pago del salario, o por otras muchas situaciones.· En este caso será una baja por contingencias profesionales. No será una baja por una enfermedad profesional al no estar la depresión dentro del listado de este tipo de enfermedades, pero sí que será una baja por accidente de trabajo , ya que, aunque no sea un enfermedad profesional, sí que es una enfermedad derivada del trabajo y entonces se asimila a un accidente laboral. Depresión por acoso o mobbingUna depresión puede derivarse de una situación de acoso laboral, y asimismo la depresión puede ser uno de los síntomas para detectar o demostrar el acoso que se sufre. Ante esta situación es conveniente actuar, que el médico declare la baja como una contingencia profesional y que elabore un informe médico al respecto.¿Tiene el trabajador derecho a no ser contactado por la empresa durante la baja?El trabajador, durante la baja tiene la obligación de hacer todo lo posible para recuperarse. Al estar de baja no tiene por qué contestar llamadas de teléfono, ni correos electrónicos , ni otras comunicaciones por parte de la empresa, sobre todo es importante cuando la depresión viene originada por el trabajo, ya que este contacto puede ser contraproducente y evitar que el trabajador recupere su salud.¿Te pueden despedir estando de baja por depresión?Actualmente un trabajador puede ser despedido estando de baja, pero no puede ser despedido por estar de baja. Es decir, que si el motivo real del despido no tiene nada que ver con la baja, el trabajador podrá ser despedido.En cambio, si el motivo real y que subyace en el despido es el estar de baja, el despido puede ser declarado improcedente en el caso de ser impugnado. ¿La empresa sabrá que mi baja es por depresión?NO, en el parte médico de baja que entrega el trabajador a la empresa no viene indicada la enfermedad que se tiene, por lo que la empresa no sabe el motivo de la baja. Y el trabajador no tiene porqué indicar el motivo a la empresa si no quiere.Un trabajador estando de baja puede ser llamado para pasar las revisiones que sean necesarias, tanto por el médico de la Seguridad Social como de la Mutua, dependiendo de los casos.Presiones para pedir el alta por parte de la empresaLos trabajadores de baja, en ocasiones tienen presiones por parte de la empresa para que pidan el alta voluntaria y se reincorporen a trabajar.Esta actuación empresarial no es legal y el trabajador se puede negar a coger el alta médica, ya que la baja y el alta deben de regirse por criterios médicos, por estar recuperándose de la depresión.En el caso de que la empresa haga estas presiones por escrito (correos, SMS, Whatsapp…) el trabajador puede guardarlos. Igualmente si es a través de llamadas o conversaciones telefónicas, puede grabarlas . Si el trabajador sea sancionado o despedido por no aceptar coger el alta, podría ser declarado nulo (+ info).Fuente: Jorge Danés,Oscar de las Heras y Aurora García.