La ¿caótica? transmisión de apellidos hasta el siglo XIX en España

Publicado el 03 septiembre 2014 por Antonio Alfaro De Prado @genealogiah

Historiadores y genealogistas afirman que hubo una libertad total o una auténtica “anarquía de los apellidos” desde que éstos surgieron hasta el siglo XIX en España ¿es esto cierto?

Aparentemente sí, la norma más habitual que podemos encontrar es la de que los hijos heredasen el apellido paterno, pero esto no siempre se cumplía, a veces escogían el materno, otras veces usaban varios sin aparente orden, o uno que nos resulta desconocido para la familia o bien otro que quizás era usado por algún abuelo o pariente. Alteraciones de orden, hermanos con diferentes apellidos, una misma persona que declara tener diferentes apellidos en distintos documentos, uniones y separaciones de apellidos…  De hecho, con el paso de los siglos empiezan a aparecer personas que usaban el apellido paterno y el materno como en la actualidad, pero siempre con excepciones inesperadas.Vamos a intentar explicarlo mediante cuatro consideraciones:

1º El uso de apellidos era un derecho personal, no había normas ni leyes al respecto

Esta es la principal clave para resolver el aparente caos. A diferencia de lo que ocurre en la actualidad, los estados no legislaron hasta el siglo XIX nada respecto a cómo debían apellidarse las personas. El uso de un apellido u otro pertenecía al ámbito privado, las personas y familias podían usar los apellidos que por tradición, origen o por cualquier otra causa quisieran adoptar. No había un sistema oficial y no era preciso pedir autorización para escoger apellido.

La única excepción a esta libertad era el caso en que se adoptase un apellido con intención de engaño, fraude o que por cualquier otra causa se pretendiese dañar a terceros. Sólo si alguien escogía un apellido para aparentar una filiación o parentesco que no le correspondía, para reclamar bienes o derechos fraudulentamente, para suplantar a otra persona… era cuando un tribunal podía entrar a considerar sobre la materia.

2º Costumbres en la adopción de apellidos

Aclarado que cada individuo podía escoger su apellido o apellidos, lo cierto es que sí podemos definir un uso principal, que al ser voluntario contaría con muchas excepciones: los hijos legítimos y naturales tenían derecho y usaban generalmente el apellido paterno y, con el paso de los siglos, empezaron a usar el paterno y el materno. A esto añadimos una segunda costumbre: los hijos también tenían derecho a escoger no sólo el primer apellido paterno sino entre los más cercanos de sus antepasados. Muchas veces surgen apellidos aparentemente desconocidos que, al investigar la genealogía, descubrimos que procedían de alguna rama familiar.

El reconocimiento de los hijos ilegítimos o la adopción formal solía implicar también el uso de los apellidos familiares. En general el usar el mismo apellido/s de los padres era una forma de mostrar parentesco ante la sociedad.

Ejemplo ficticio del  caótico árbol genealógico (según nuestra mentalidad actual) con el que nos podríamos encontrar en cualquier familia

3º El uso de apellidos se fue haciendo más uniforme

Aunque cada antiguo reino español, cada comarca, cada población y casi cada familia podía presentar peculiaridades, lo cierto es que la variabilidad en el uso de apellidos se fue reduciendo progresivamente desde los primeros siglos en que aparecieron hasta el XIX. Con el paso del tiempo se generalizó la costumbre de usar el apellido paterno como principal de la familia y cada vez más se fue fijando en las sucesivas generaciones. Si en el XV-XVI eran más las excepciones que la norma, desde el XVII y plenamente en el XVIII-XIX lo habitual será encontrar la sucesión del apellido paterno. Aunque ya desde el XV algunas personas comenzaron excepcionalmente a usar el apellido paterno y materno, fue una costumbre que se generalizó paulatinamente en siglos posteriores.

No obstante, hubo territorios como Cataluña donde pervivió el criterio tan habitual en Europa Occidental de que la mujer al casar perdía su apellido y adoptaba el del marido, por lo que los hijos heredaban solo el paterno, que era el de ambos padres.

4º Las excepciones

Podríamos definir cientos de motivos por los que no siempre se seguía la norma, pero citaremos los más comunes.

Una causa muy frecuente por la que no se adoptaba el apellido paterno lo encontramos en el concepto de primogenitura; se entendía que la representación familiar recaía en el primer hijo varón, o hija en su defecto, que eran quienes estaban obligados a mantener el linaje y con ello normalmente el apellido. Por tanto los hijos segundones y las hijas al no tener esta responsabilidad gozaban de mayor libertad para escoger sus apellidos.

Las cuestiones económicas también influyeron notablemente en este ámbito, muy relacionadas a su vez con la primogenitura, la auténtica fiebre de fundación de mayorazgos en Castilla, el sistema de hereus catalanes y otras vinculaciones similares en todo el país, que se extendía a prácticamente a todas las capas sociales con algún patrimonio, obligaba en muchos casos a usar un apellido determinado. A veces era impuesto expresamente por el fundador, en otras ocasiones servía para manifestar públicamente el derecho a poseer los bienes. Encontraremos incluso a adultos que optaron por renunciar a sus apellidos sustituyéndolos, o combinándolos, con los relativos a una herencia sobrevenida.

La vanidad de escoger apellidos familiares más altisonantes o bien considerados que el paterno, el deseo de emprender nuevas vidas y/o dejar atrás el rastro familiar (como ocurre en tantas anotaciones de los pasajeros a Indias y en las familias conversas), la renuncia al apellido paterno por disputas familiares, la costumbre en algunas zonas de que las hijas llevasen los apellidos de la madre… seguro que todo el que haya investigado genealogías podrá aportar otras posibles causas.

Conclusión. Seamos abiertos a la hora de asumir que dentro de las familias en España encontraremos cambios de apellidos y sepamos que existiendo unas costumbres generales también eran posibles y habituales las excepciones. En algunos casos habrá motivos de peso para los cambios pero en otros, la mayoría, se trataba simplemente del ejercicio de la libertad para escogerlos. Y sobre todo, prescindamos de nuestra visión actual de que los apellidos tenían que usarse según unas normas determinadas.

Antonio Alfaro de Prado

N.B. La introducción del concepto jurídico de que el uso de los apellidos formaba parte del derecho privado es debida a Tamar Herzog, jurista e historiadora, de quien recomendamos la lectura de su artículo Nombres y apellidos: ¿cómo se llamaban las personas en Castilla e Hispanoamérica durante la época moderna? para profundizar en esta cuestión.