Quema de literatura maya.
Mural de Diego Rivera (2008)
Enero de 1570.
A Lima llega una Real Cédula de Felipe II, por la que se comunica y ordena el establecimiento del Tribunal del Santo Oficio en Perú; aunque conviene señalar que el tema inquisitorial en las Indias no era nuevo y ya se había iniciado unas cuantas décadas atrás, si bien no se había "formalizado" oficialmente puesto que no se habían creado todavía tribunales especiales para tal efecto.
El asunto viene de la época de los Reyes Católicos. Tras el descubrimiento de Colón, se hacía necesario proteger las nuevas tierras de las ambiciones de otras naciones extranjeras y tratar de evitar el contagio de otras concepciones religiosas, judaizantes especialmente. En la época de Carlos I el peligro provendría sobre todo del reformismo luterano.
Si tenemos en cuenta que el objetivo final tanto de la Inquisición como de la Monarquía era el mantenimiento de la unidad religiosa, persiguiendo en consecuencia a todos los que se desviaran de la ortodoxia católica: judíos, luteranos, hechiceros, blasfemos, invocadores del diablo y demás herejes, incluyendo a los poseedores de libros prohibidos, se entenderá este celo especial en las actuaciones.
De hecho se procuró que los que fueran llegando a América fueran cristianos viejos o personas libres de sospecha: ni judíos, ni moros, ni herejes ni conversos; aunque no siempre fue así por las necesidades propias de la colonización. Con Carlos I hubo concesión de exenciones para que se diese acceso libre a los extranjeros. Ya en su día, Fernando el Católico, más preocupado de su economía que del propio celo religioso, tuvo negociaciones de tipo financiero con gente conversa y toleró el libre acceso a las Américas de todo tipo de personas sin investigar su condición. De tal forma que iban llegando a las Indias gente de toda índole.
Se entiende pues que, dada la situación, el Cardenal Cisneros concediera a los prelados de aquellas tierras la potestad de convertirse en inquisidores delegados del Santo Oficio, con todas sus atribuciones.
Pronto comenzó a funcionar la maquinaria inquisitorial, al extremo de darse en un solo año (1527) hasta diecinueve causas, en su mayor parte por el pecado de blasfemia, llegando en México a condenar a algún encausado con el castigo del pago de hasta 500 pesos de oro. También hubo muertos en la hoguera: algunos indios e incluso dos soldados de Cortés (auto de fe de 1528)
La Inquisición exportada por España a América llevó a efecto su cometido a partir de tres tribunales: el de Lima, el de México y el de Cartagena de Indias. En el resto de territorios americanos funcionaba un sistema de "familiares" o delatores oficiales que actuaban en cooperación con los tres tribunales citados.
Durante todo el siglo XVI, los monarcas españoles siguieron con esa labor de vigilancia encomendada publicando cédulas que conminaban a las autoridades religiosas a no abandonar su labor como inquisidores en aquellas tierras. Como en el caso de la real cédula de 13 de julio de 1559, donde se daban instrucciones al arzobispo de Lima y a los obispos del Perú para que en el caso de que hubiesen entrado en aquellos lugares "algunos hombres luteranos o de casta de moros o judíos, los castigasen".
En este contexto tiene lugar la Real Cédula de Felipe II que señalábamos en el comienzo, la de 1570 y que afectó a Perú.
En octubre de ese mismo año llega a Lima el nuevo inquisidor Antonio Gutiérrez de Ulloa y comienzan a estudiarse las causas abiertas contra reos provenientes de todas partes.
"Jerónimo de Ocampo, natural de Zamora, (...) preso porque con ocasión de haber mandado decir unas misas ciertos indios por un compañero difunto, sostuvo que no les aprovechaban ni vivos ni muertos; fue absuelto de la instancia por haber probado que sus acusadores eran enemigos capitales suyos."
"Hernán Álvarez de Carmona, vecino de Arequipa, sobre que dijo algunas palabras opuestas a la doctrina del sexto mandamiento, oyó una misa rezada, con vela, y pagó doscientos cincuenta pesos de plata ensayada y marcada."
"Diego de Magaña, de Valladolid, que negaba la resurrección de la carne en el día del juicio final por ser hombre de corto entendimiento, fue condenado sólo a oír una misa rezada, con vela y sin gorra."
(Citado por José Toribio Medina en su obra sobre la Inquisición en Lima, ver bibliografía en la siguiente entrada)