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La ITSS levanta acta de infracción a El Corte Ingles por incumplimiento de normas en materia de prevencion de riesgos laborales

Publicado el 20 julio 2015 por Pridicam @mobbingmadrid

MobbingMadrid La ITSS levanta acta de infracción a El Corte Ingles por incumplimiento de normas en materia de prevencion de riesgos laborales

Denuncia a El Corte Inglés S.A ante Inspección de de Trabajo de Cataluña en Tarragona 

Tramitación del expediente de entrada planteadoante esta inspección de trabajo de Cataluña en Tarragona el día 20 de marzo del 2015y documentalmente los días 23 y 24 de marzo del 2015 frente a la empresa El Corte Inglés S.A cúmpleme informar que habiéndose completado la ejecución de las oportunas actuaciones inspectoras de investigación y derivación en el marco del ámbito funcional de actuación se han adoptado las siguientes providencias:

Se inician dos procedimientos administrativos sancionadores por ejercicio arbitrario del poder directivo empresarial

En aplicación de las facultades otorgadas a la inspección al inspector actualmente se iniciaron dos procedimientos administrativos sancionadores mediante la extensión de acta de infracción por infracción de normas laborales al haber quedado probado un ejercicio arbitrario del poder directivo empresarial por parte del director del centro y de la subdirectora.Esté defectuoso ejercicio abusivo y arbitrario de las facultades empresariales por parte de los directores por haber empleado medios inadecuados ha quedado probado por este organismo en base a:
las manifestaciones por escrito de una tercera parte de los 27 compañeros entrevistados que dicen haber presenciado episodios de: menosprecio, reprimendas ,gritos, chillidos o injurias en voz alta o bien haber oído frases referidas a él tales como: " todo lo haces mal", "ya estamos como siempre","no te enteras", "haces lo que te da la gana" o "no me vales"y que fueron ratificadas y explicadas en la entrevista personal con quien suscribe no solamente porque es así dejaron constancia escrito sino hasta por un 50 por ciento de los entrevistados las conductas del director y la subdirectora del centro con el señor Aramburu constituyen actos contrarios al derecho del trabajador a la consideración debida a su dignidad reconocidos por el artículo 42. Es del Real Decreto Legislativo 1 1995 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en relación con el artículo 10 1 de la Constitución Española

 Lectura o descarga del informe completo

Acta de infracción por incumplimiento de normas en materia de prevencion de riesgos laborales


El Corte Inglés incumplió su deber de garante de la seguridad y salud del trabajador, al no ejercer su deber de protección particularmente de dos vertientes la identificación evolución de los riesgos psicosociales y Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la investigación de los daños a la salud del trabajador.
En particular la empresa ante el supuesto concreto de la salida en ambulancia del centro de trabajo de uno de sus trabajadores y una posterior baja médica debió conocer o cuando menos razonablemente sospechar que la baja por enfermedad del trabajador pudiera deberse a una situación de estrés y violencia en el trabajo ya que la misma venia inmediatamente precedida en el tiempo por una fuerte discusión con una directiva del mismo.
no obstante la empresa en lugar de llevar a cabo una investigación exhaustiva de los hechos es decir una adecuada intervención preventiva impuso el señor Aramburu:
una sanción de suspensión de empleo y sueldo 16 días sin haberlo entrevistado ni a él ni a ningún posible testigo la dirección de la empresa asumió como propia la versión del Director y la Subdirectora, sin escuchar la versión del afectado, ni tratar de cerciorarse sobre la realidad de los hechos con algún tercero
En este caso se considera probada una relación de causalidad entre el incumplimiento negligente de las obligaciones del Corte Inglés en materia de seguridad y salud y la baja médica del trabajador ( por incapacidad temporal iniciado el día 2 de enero de 2015 con la calificación de contingencia común y calificación fue modificada a contingencias profesionales por la propia médico que asiste al señor Aramburu, desde el día 20 de marzo de 2015 -fecha de recepción por el trabajador de la sanción disciplinaria-)

Lectura o descarga del acta  de infracción completa

Fuente: www.tercerainformacion.es

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