La municipalidad legaliza el Servicio de Sepelios

Publicado el 04 octubre 2017 por Piedraonline

El proyecto de la Cobertura Integral de Sepelio Municipal, elaborado por la Secretaria de Gobierno y la Secretaria de Hacienda e Ingresos Públicos, y aprobado por Ordenanza nº 1146/17, surge a partir de la necesidad de contar un servicio de sepelios en la localidad de Piedra del Águila, donde actualmente no hay ninguna empresa local que ofrezca ese servicio.

La Ley de Municipios N° 53 específicamente establece que cada Municipalidad debe garantizar el acceso al servicio de sepelio, por ello se crea este programa considerando que se trata de un servicio esencial para cualquier persona.

A fin de estar preparados para ese momento y evitar el problema económico que significa la erogación impostergable e imprevista del costo del sepelio, cuando fallece un ser querido, es que se pensó en la creación de una cobertura integral, solidaria, voluntaria y universal que permite a quienes se adhieran a la misma, acceder al servicio en el momento que lo necesiten, únicamente completando la solicitud, manteniendo la declaración jurada de beneficiarios actualizada y abonando por mes una cuota mínima.

Esta decisión acompaña, ayuda y contiene en momentos difíciles a todos los adherentes por un valor simbólico mensual, brindando un servicio completo y garantizando tranquilidad a todos los familiares.

La Cobertura Integral de Sepelio Municipal comprende las siguientes prestaciones: Ataúd; Trámites necesarios ante los distintos organismos; Sala de velatorio con capilla ardiente; Traslado en coche fúnebre; Porta coronas; Sepultura en Cementerio. El servicio cubre al grupo familiar conviviente por $ 80 mensuales.

Se considera que es aquel integrado por padres e hijos hasta los 18 años de edad inclusive, o en caso de poseer otro grado de parentesco, la cobertura alcanzará a un grupo de 5 personas por vivienda.

Si además se quiere agregar a otros familiares también es posible hacerlo, abonando $50 por cada adicional.

El pago de la cuota se realiza a través de la factura de la Tasa de Servicios Retributivos, en caso de ser titular o responsable de pago de la misma. Para realizar el trámite de adhesión sólo será necesario completar una declaración jurada con apellido/s y nombre/s completos de los miembros del grupo familiar conviviente con sus respectivos Nº de DNI y fechas de nacimiento.

Asimismo, para renunciar a la cobertura se deberá completar un formulario de renuncia. Podrá hacerlo personalmente en el edificio municipal, de lunes a viernes de 7 a 14 horas, a partir del 10 de octubre de 2.017.

Se informa asimismo que se repartirán a domicilio las condiciones generales de la cobertura, junto al formulario de adhesión y renuncia, para que puedan completarlos y acercarlos a mesa de entrada de la Municipalidad.

A partir del mes de noviembre se liquidará en forma automática la cuota junto con la Tasa de Servicios Retributivos, en caso de renuncia se podrá dar de baja completando el formulario correspondiente. Aquellos vecinos que no tengan inmuebles por los cuales abonen la Tasa de Servicios Retributivos, podrán cancelar la cuota en el sector de recaudaciones con una cuponera de pagos específica.