La nueva normativa entra en vigor para los contratos realizados tras la publicación del R Decreto

Publicado el 20 noviembre 2011 por Hogaradas @hogaradas

La aprobación en agosto de 2011 de Ley de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, que preveía la integración del régimen especial de empleados de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, se completó el viernes pasado con el Real Decreto que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, que hoy sale publicado en el BOE.

Según el Gobierno de Espańa, esta normativa supone una mejora en sus condiciones laborales. Para poder ser contratado como empleado del hogar, será necesario el contrato escrito, no valiendo ya el oral. Esto supone una mayor información para el trabajador sobre sus derechos laborales.

Valeriano Gómez, Ministro de Trabajo, ha afirmado que "se acomete una actualización sustantiva de la relación laboral para propiciar una mejora de las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras del sector".

Otra medida importante es la obligación de pagar en metálico el Salario Mínimo Interprofesional, que actualmente se encuentra en los 641 euros mensuales. Así como se reconoce el derecho a obtener dos pagas extraordinarias al ańo. La jornada laboral máxima diaria será de 9 horas

Según el BOE, esta nueva normativa entra en vigor para todos los contratos que se realicen a partir de la publicación del decreto.


La prestación por desempleo tendrá que esperar como mínimo hasta 2013, cuando está previsto que se tome la decisión, tras escuchar a un comité de expertos analizarán esta posibilidad durante el 2012.

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