Acuerdo al sistema acusatorio las partes deben diseñar su teoría del caso acuerdo a cada hecho factico y deben desarrollaran un conjunto de destrezas pertinentes; asimismo deben aportar pruebas para corroborar lo que están planteando, en mismo sentido deben realizar interrogatorios adecuadamente. Muchos dicen con el nuevo sistema el Juez tiene un rol relativamente pasivo, interviene para impedir que las alegaciones se desvíen hacia aspectos impertinentes e inadmisibles, sin coartar el razonable ejercicio de la acusación y la defensa.
En la audiencia oral se practica básicamente con estrategias planificadas con la anticipación, las pruebas son presentadas oralmente para causar convicción al juzgador; esto quiere decir el abogado litigante debe narrar y persuadir al juzgador a través del teoría del caso.
La Teoría del caso es una visión estratégica, tal como diría el profesor Neira Flores, es la brújula del litigante, un mapa sobre el que se ha diseñado el transcurso del proceso, es decir es el planteamiento que el Fiscal o el abogado hace sobre los hechos penalmente relevantes, los fundamentos jurídicos que lo apoyan y las pruebas que lo sustentan, es decir la concurrencia de los tres elementos:
1. Fáctico: Identificación de los hechos relevantes en la comisión del delito. A esto se puede iniciar desde el relato de los hechos, en el caso del Fiscal se puede iniciar a partir de los documento policiales, la declaración de la víctima o de algún testigo. En caso de la defensa se puede iniciar a partir de la declaración del imputado y testigos.
2. Jurídico: Encuadramiento de los hechos al tipo penal, es decir se debe identificar el tipo penal y sus elementos, de misma forma analizar las circunstancias modificatorias de la responsabilidad que pudiera haber ocurrido y determinar supuestos de dogmática penal, ejemplo legítima defensa.
3. Probatorio: Permite establecer cuáles son las pruebas pertinentes para probar la comisión del hecho ilícito. Esto podemos decir que son afirmaciones de hechos que pueden ser reproducidos en juicio y que dan cuenta de un elemento de la teoría jurídica, del mismo modo algunas observaciones sobre las proposiciones fácticas que pueden ser que recae la prueba.
Para poder llevar acabo adecuadamente la preparación de la teoría del caso se debe tener una visión estratégica pertinente, asimismo se debe tener en cuenta las posibles debilidades o falencias que nos podía presentar dentro del proceso.
Cuando ya se cuenta con teoría del caso esto será nuestra guía o brújula, esto quiere decir que dentro del proceso solo se podrá realizar acuerdo al teoría del caso y nunca que no establecido por ella. Para ello el abogado litigante debe conocer profundo sobre los hechos de la causa; por ello la teoría del caso será única y convincente.
5.1 Características de la teoría del caso
1. Debe ser diseñada desde el momento de asumir el cas
2. La orientación está dirigida al juicio oral
3. Debe ser mutable durante la investigación, es decir cambiante.
4. Desde la etapa de la acusación tiene que ser única
5. Es recomendable sea autosuficiente
6. Debe ser clara y sencilla
7. Debe ser coherente
8. Debe ser verosímil
9. Debe ser jurídicamente relevante.
Importancia de la teoría del caso
Es muy importante porque realiza un análisis estratégico del caso, clasificando la información acuerdo tal como está tipificado en el código sustantivo, con la posibilidad de clasificar y ordenar las evidencias que sean importantes para poder evaluar y detectar las debilidades del caso.
Utilidad de la teoría del caso en el juicio oral
Dentro de la audiencia oral la teoría del caso juega un papel muy fundamental ya sea para el acusador o para la defensa, dependerá de ello la decisión del juzgador dentro del proceso, por ello Blanco Suárez dice, en el juicio oral, la teoría del caso es una guía práctica para:
a) formular el alegato de apertura;
b) desarrollar los exámenes directos de testigos;
c) preparar los contra exámenes;
d) formular objeciones;
e) anticipar los argumentos de la clausura[25]
Momento oportuno para construir de la teoría del caso es, se debe construir desde el momento que se tiene conocimiento de los hechos, puede ser planteado como supuestos como ocurrieron los hechos al caso concreto, estos hechos pueden ser comprobados o corroborados durante la investigación, como consecuencia de ello estas hipótesis puedan constituir como teorías al finalizar la investigación de los hechos.www.millerpumarios.net.ms