La UE declara ilegales las leyes de vigilancia británicas por recolectar datos indiscriminadamente

Por David Ormeño @Arcanus_tco

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que la recolección general e indiscriminada de datos por parte de los gobiernos solo está permitida cuando se utiliza para luchar contra un crimen serio. Esto desafía completamente la reciente ley aprobada en Reino Unido que permite al estado acceder y retener legalmente al historial de navegación de todos sus ciudadanos.

En la decisión emitida hoy la Corte declaró que las leyes de la Unión Europea preceden las legislaciones nacionales que permitirían la retención indiscriminada de datos. Y, que legislaciones como las de Reino Unido exceden los límites de lo que es estrictamente necesario y no puede justificarse dentro de una sociedad democrática.

La " Investigatory Powers Act " aprobada el mes pasado obligaría a los proveedores de servicios de comunicaciones a ayudar al gobierno para obtener el historial de navegación de todos sus ciudadanos y a conservar la información incluso por un año bajo cualquier circunstancia que las autoridades consideren necesarias.

El gobierno de Reino Unido planea apelar la decisión, y dado que la Unión Europea no es responsable de la seguridad nacional, la decisión no afectaría las investigaciones de contra-terrorismo. También está el detalle de que el mismo Brexit le permita a los británicos ignorar por completo el mandato de la corte.

La legislación europea actual exige que se explique bajo que circunstancias y bajo que condiciones se adoptará la retención de datos cuando sea estrictamente necesario, siempre basándonse en evidencia objetiva de que tal medida contribuirá a prevenir un riesgo para la seguridad pública o combatir un crimen serio.

España no es muy diferente a Reino Unido

En España la Ley de conservación de datos obliga a los operadores a conservar la información durante 12 meses y facilitar el acceso a las autoridades. El periodo puede ampliarse hasta dos años. La Reforma de la Ley de Enjuiciamiento criminal permite que las autoridades policiales accedan al registro de dispositivos de almacenamiento y al registro remoto de los equipos, y bajo mandato judicial pueden instalar programas espías a un usuario sin su consentimiento.

Donde España difiere y se apega a la decisión de la Corte Europea, es que estas medidas solo se aplican en casos concretos de delitos de terrorismo, delitos cometidos por organizaciones criminales, contra la Constitución, delitos de traición y relacionados con la defensa nacional, y a los cometidos con dispositivos informáticos o mediante tecnologías de la información. Es decir, delitos graves.

Vía | The Verge