La respuesta se basa en que para los títulos secundarios y terciarios emitidos desde el 1º de enero de 2010 ya no será necesaria la legalización en el Ministerio del Interior. Los títulos secundarios sólo necesitarán la firma de la autoridad educativa provincial donde se presente toda la documentación.
Por su parte, en lo que concierne a los títulos universitarios, se podrá comprobar su validez mediante el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales. Los títulos universitarios que se hayan emitido con posterioridad al 1° de enero de 2012 no requerirán ser legalizados en el Ministerio del Interior y se entregarán con la intervención del Ministerio de Educación.
Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos