Según la Asociación Argentina para el Desarrollo de la Pequeña y Mediana Empresa, la tasa de “mortandad” de las pymes es elevadísima. El 93% de los emprendimientos no llega al 2§ año de vida y solo el 3% de los emprendimientos alcanza su quinto año de existencia.
La referencia a indicadores aplicados a los seres humanos no resulta desacertada, si se analiza que la pyme nace, crece, se desarrolla, sufre, resiste obstáculos, pasa por diversas crisis, etc., al igual que las personas.
Generalmente, no llegan a envejecer, padecen diversas enfermedades, sus matrimonios no son exitosos, y difícilmente engendren descendientes.
Para colmo son huérfanas y solo se las protege con discursos preelectorales. Y, lo más importante: siempre hay un hombre o una mujer detrás de la pequeña empresa que sobrelleva sus mismos padecimientos.
Aunque es conocida la frase “small is beatiful”, lo pequeño es hermoso, también es verdad que trae sus grandes desventajas. Los pequeños empresarios necesitan más que la astucia (y la suerte) de David para competir con Goliat.
La página web del Banco Mundial, doingbusiness.org, presenta distintos indicadores relacionados particularmente con las pymes. Así determina que para ser elegida como destino de un negocio, Argentina se ubica en el puesto 142 sobre 183 países incluidos en la encuesta. Obtener permisos de construcción nos coloca en el lugar 168 y las dificultades para pagar impuestos en el 143. Sin embargo, lo único relativamente sencillo es cerrar un negocio aquí!, ítem que nos instala en el puesto 77.
Los analistas de esta problemática ofrecen listas más o menos amplias de los factores que provocan el fracaso, de las que podemos deducir que las pequeñas empresas tienen serias desventajas competitivas en el área de producción y comercialización, pero el mayor déficit lo presentan en el terreno de la gestión. Allí tienen problemas para controlar (con fallos graves en los controles internos), planificar y prevenir, crecimiento no planificado, incapacidad para rodearse de personal competente, deficiencias en las políticas de personal, falta de capacitación de los integrantes de la empresa, deficientes sistemas para la toma de decisiones y la solución de problemas, gestión poco profesional, renuencia a consultar a externos a la empresa, mala gestión de riesgos, incumplimiento de obligaciones impositivas y laborales, etc.
Pero en Argentina -con buena o mala gestión- los números indican que una pequeña empresa no tiene la más remota posibilidad de cumplir con la legislación tributaria, las cargas sociales y el respeto de la legislación laboral. Ello las condena a un círculo vicioso de clandestinidad y evasión, con las consiguientes sanciones que -sistemáticamente- implican su desaparición, lisa y llana.
Leyes argentinas
La legislación laboral de nuestro país no presenta diferencia alguna entre empresas, según su dimensión, como ocurre en otros países. Históricamente, en nuestro país, el pequeño taller debe abonar las mismas remuneraciones, otorgar iguales vacaciones y licencias, pagar similares indemnizaciones, etc., que las que está obligada la Ford Motors Argentina o Techint, lo que no parece muy equitativo. Si bien en 1995 se dictaron dos leyes (la 24465 y la 24467) que afrontaron la problemática laboral de las pymes, sus débiles estipulaciones cayeron prácticamente en letra muerta.
Lejos de apoyar a las empresas chicas, parecería que nuestra legislación se concentra en atacar su punto más débil (insignificante para las grandes empresas): las sanciones por el trabajo no registrado que llegan a niveles de delirio (una indemnización de un trabajador registrado con cuatro años de antig�edad equivale a cinco sueldos. La misma situación pero de un trabajador en negro alcanza los 55 sueldos!). Ello sin contar las draconianas sanciones que aplicará la AFIP. Esta legislación punitiva ha demostrado su ineficacia para disminuir el trabajo clandestino, ya que luego de 20 años de vigencia solo ha servido para que unos pocos trabajadores se hayan ganado una especie de “Telekino” laboral, pero en paralelo quedó un tendal de pymes destrozadas, las que arrastraron en su caída a muchos otros trabajadores.
Por otro lado, todas las modalidades de “promoción” de empleo (a veces lisa y llanamente: fraude laboral) han sido sistemáticamente aprovechadas por las grandes empresas, mientras que las pymes -carentes de asesores y gestores con fluidos contactos en los ámbitos de poder- han sido meras espectadoras de ese proceso. Desde innumerables planes de empleo, que son desconocidos por las empresas chicas, hasta las pasantías, contratos precarios, suspensiones de personal, tercerizaciones a través de cooperativas truchas, pymes ilegales, empresas de servicios eventuales o utilización de créditos fiscales para contratación de discapacitados, empleadas domésticas o capacitación del personal; todo, absolutamente todo, ha sido aprovechado exclusivamente por las grandes empresas.
No se trata de formular propuestas que impliquen retacear derechos a los trabajadores para beneficiar a las pymes. La cuestión es que el Estado debe asumir un papel de políticas activas, de fomento real para los pequeños emprendimientos, como ocurre en la mayoría de los países (realmente y no como mero discurso de barricada). Ello se logra mediante subsidios a las empresas de pequeñas dimensiones. En ese orden, no creemos descabellado proponer la eliminación total de las cargas sociales y su financiación por medio del impuesto como ocurre en Inglaterra, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, etc. Alternativamente, ¿no sería buena idea generalizar el sistema de créditos fiscales y que los empresarios pymes puedan, por ejemplo, desgravar un 30% de las remuneraciones y cargas sociales de sus trabajadores? Lo pérfido del tema es que nuestra legislación termina enfrentando a quienes deberían ser aliados por su eterna postergación (trabajadores y pymes), y permite que las grandes corporaciones empresarias aparezcan como fieles cumplidoras de una legislación que, en realidad, no les hace mella alguna y les permite otras formas de explotación del trabajo humano.
Autor Por WALTER NEIL BÜHLER, ABOGADO LABORALISTA Titular del Estudio Jurídico B�hler, Farah & Asoc. E-mail: neilbuhler@hotmail.com