Libertad de expresión Vs sentimiento religioso

Por Lobolupus
Dejando al margen que si una persona religiosa se siente ofendida en su fe por una manifestación verbal o escrita que haga escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, puede proceder penalmente. Lo cierto es que sin escarnio, solo la manifestación razonada de la duda o incomprensión ante el hecho religioso provoca la hostilidad inmediata y la exteriorizacion de sentimientos dolidos.
Los que defendemos el laicismo, es decir, la independencia del Estado de toda influencia eclesiástica o religiosa, también defendemos el derecho a la practica religiosa de los fieles, pero esto no implica que debamos asumir con normalidad ritos y actos religiosos que son absurdos o incoherentes. Podemos comprobar que solo manifestar la incomprensión o perplejidad ante actos absolutamente irracionales que solo se pueden explicar desde el sentimiento personal, pero que invariablemente se hacen de modo publico, causa rechazo.
Es evidente, cuando ponemos en duda el hecho religioso, lo que se ha de erradicar son las expresiones del lenguaje del odio en todas sus variantes. Pero lo que no podemos renunciar en base a la libertad de expresión es cuestionar, criticar dogmas o doctrinas religiosos.
José Antonio Souto en su libro Comunidad política y libertad de creencias, dice:
"Parece obvio que no se puede vetar cualquier manifestación que afecte de una u otra forma a los sentimientos religiosos del individuo, como es el caso del cuestionamiento o la crítica de ciertas doctrinas religiosas, ya que ello no solo forma parte del legítimo juego dialéctico, sino que es además consustancial al contenido esencial de la libertad de expresión.”
Las personas que manifiesten públicamente una fe, los que en espacios públicos practiquen actos religiosos, no pueden esperar estar al margen de la critica, de la duda, de la incomprensión y por supuesto no están al margen del rechazo y la negación que otros hagan de sus creencias religiosas. Un caso distinto seria la critica o la duda de los actos privados o en centros de culto privados, que como actos privados y personales solo conciernen al ámbito del individuo.
Ante el creyente, no sirven los argumentos racionales. No digo que el creyente sea irracional, ni siquiera que caiga en contradicciones que en si mismas deberían poneles rojos de vergüenza, digo que el creyente se mueve por sentimientos. Sentimientos que le auto hipnotizan anulando su capacidad critica, pensando que un asidero que transciende a la razón les dará un espejismo de ilusión, que les permitir ser valorados “en la eternidad” (en el caso que pudiera existir tal concepto), no por los actos si no por el nivel de credulidad que asumas.
Lo mas increíble de esta compleja amalgama de credulidades es que solo tienen sentido en la manifestación publica del sentimiento de la fe. En nuestros pueblos y ciudades, estamos acostumbrados a manifestaciones publicas de fe que, al margen del día exacto o de la forma concreta de la tradición festiva, simplemente no existen. ¿Cuantos almonteños visitan a la virgen del rocío mas allá del día del salto de la verja?, ¿cuantos valencianos visitan la imagen de la “geperudeta” mas allá del día de la ofrenda?.
Llego a la conclusión que el supuesto sentimiento religioso no lo es, es simplemente el cumplimiento de una hoja de ruta por tradición o por cubrir el expediente de la piedad necesaria para calmar el alma, o peor aun, para ser parte gregaria del grupo si no mayoritario, el que mas ruido hace.
El derecho a ser religioso no lo niego, pero lo cierto es que un crucifijo es solo eso, un crucifijo y tengo el derecho a decir que solo son dos palos de diversa medida que se intersecan en un ángulo recto, donde el segmento menor está a una proporción de tres cuartos con respecto al más largo. Si alguien quiere ver el “hijo de dios”, me parece bien, pero que sepa que son dos palos y de momento yo tengo razón y lo del “hijo de dios” esta por demostrar.