Liquidación contable del IVA. Asientos asociados. Contabilización

Publicado el 15 diciembre 2014 por Joseavc

 Ya hemos hablado del IVA en varias entradas anteriores, concretamente:la contabilización del IVA , operaciones intracomunitarias, el IVA de caja y la  recuperación IVA facturas impagadas, por lo tanto voy a ir directamente a realizar los asientos correspondientes a su liquidación cada mes o cada trimestre cuando corresponda.

ESQUEMA DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

La liquidación del IVA sería de la siguiente manera:

1. Si el saldo de la cuenta (477), el iva repercutido, suma más que el saldo de la cuenta (472), el iva soportado, tenemos que hacer un ingreso en hacienda en el modelo correspondiente:http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_Acceda_directamente/_A_un_clic_/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Impuesto_sobre_el_Valor_Anadido/Impuesto_sobre_el_Valor_Anadido.shtml
Ejemplo: El mayor de la cuenta (477) tiene un saldo acreedor de 1.200 euros, y el mayor de la cuenta (472) tiene un saldo deudor de 1.000 €. Eso significa que hemos cobrado de Iva 1.200 € y hemos pagado 1.000 €, luego con una simple cuenta le debemos 200 euros de Iva a Hacienda.  
   1.200   (477) H.P. Iva repercutido
   @     (472)  H.P. Iva soportado   1.000   @    (4750) H.P. acreedor por iva   200
Como vemos utilizamos un subcuenta de pasivo (4750) para registrar la deuda que mantenemos con la Hacienda Pública.Las cuentas (472) y (477) quedan totalmente saldadas con esta operación.
2. Si el saldo de la cuenta (472), el iva soportado, suma más que el saldo de la cuenta (477), el iva repercutido, hacienda nos deberá dinero que normalmente compensaremos con periodos posteriores:http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_Acceda_directamente/_A_un_clic_/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Impuesto_sobre_el_Valor_Anadido/Impuesto_sobre_el_Valor_Anadido.shtml
Ejemplo: El mayor de la cuenta (472) tiene un saldo deudor de 1.200 euros, y el mayor de la cuenta (477) tiene un saldo acreedor de 1.000 €. Eso significa que hemos pagado de Iva 1.200 € y hemos cobrado 1.000 €, luego hacienda nos debe 200 euros de Iva, que normalmente como he dicho antes, se deja a compensar con periodos posteriores.  
   1.000   (477) H.P. Iva repercutido                                 200    (4700)  H.P. deudora por Iva                      @     (472)  H.P. Iva soportado   1.200  
Como vemos utilizamos un subcuenta de activo (4700) para registrar la deuda que mantiene con nosotros la Hacienda Pública.Las cuentas (472) y (477) quedan totalmente saldadas con esta operación.