El nombre de la Ley ya dice bastante: Ley de Protección de la vida del concebido y de derechos de la embarazada. Esperemos que no se quede en una declaraciónb de buenas intenciones, y que proporcione, de verdad, alternativas viables a las mujeres que se encuentren en situación de embarazo no deseado.
El aborto deja de considerarse como un derecho de la mujer. Desaparece el aborto libre hasta la 14 semana. Otra novedad es que sólo se podrá interrumpir el embarazo hasta la semana 22. Toda mujer necesitará el dictamen de dos especialistas, y que no trabajen en ese mismo centro. La ley distinguirá entre discapacidad (que no será motivo de aborto) y un listado de malformaciones del feto que son incompatibles con la vida. No bastará con alegar que el feto tiene una discapacidad, por ejemplo el síndrome de Down. Uno de los temas polémicos será que una menor de 16 años no podrá abortar sin conocimiento de los padres.
Hay muchos parecidos con la ley de 1985. Podría argumentarse que con esa ley se colaron en España hasta más de 100.000 abortos en los últimos años. Todo, bajo el supuesto de daños psicológicos para la madre. Cierto, pero también lo es que en el año 1985, en el primer año de aborto despenalizado en determinados supuestos, se produjeron cinco abortos. Fue la mala aplicación de la ley la que facilitó tal genocidio. Por supuesto, que estoy a favor de la vida, y por tanto de aborto cero, pero más vale pájaro en mano que ciento volando. Todo lo que sea presentar alternativas a las gestantes y dificultar la muerte de inocentes es algo positivo, y como tal debe ser valorado.