Nota: Este es un resumen de un trabajo de investigación, recopilación, adaptación de datos e interpretación, recogido todo en un libro inédito titulado "MATRIMONIO Y DIVORCIO -BIBLIA Y JURISPRUDENCIA", realizado por el pastor José de la Cruz Ríos, en Noviembre de 1999.
El Matrimonio.
¿Cómo es? ¿Qué es?; ¿Qué tanto se sabe acerca del matrimonio? ¿Hace la Santa Biblia referencias al divorcio y a un nuevo matrimonio? ¿Puede argumentarse a favor del divorcio y de un nuevo matrimonio? ¿Hay algo que sea mejor que el divorcio?
Creo que todas éstas son interrogantes que nos tienen que hacer pensar seriamente en el asunto del matrimonio, el divorcio y la posibilidad de volver a casarse después de haberse divorciado.
Como con todas las cosas muy importantes, es necesario intentar por lo menos una especie de "historia" también acerca del matrimonio. Pero esta no es –al menos para este servidor- una historia como todas las demás; es muy especial, y no nos avocamos a ella siguiendo los parámetros usuales para una historicidad, sino, siguiendo conceptos y costumbres a la luz de la Palabra de Dios y la teología, a fin de hallar una mejor y más clara comprensión del matrimonio, sus implicaciones y sus reglamentaciones, hasta tocar el asunto de la disolución del mismo vía divorcio.
Se define el matrimonio como el estado en el cual hombre y mujer pueden convivir en relación sexual bajo el visto bueno de la sociedad a la que pertenecen. El adulterio y la fornicación no gozan del mismo reconocimiento social como el matrimonio, en tanto que constituyen una relación sexual ilícita, fuera de lo normalmente aceptado, actitud que busca establecer una medida de salvaguarda de la familia, a partir de la relación conyugal propiamente dicha.
Definido así el asunto del matrimonio, uno puede llegar a entender que, aunque implícitamente en el Antiguo Testamento la poligamia, de forma general era considerada como una práctica inconveniente, no obstante no se la veía tanto como una inmoralidad sexual, sino que se la reconocía como un estado de matrimonio.
El Contexto del Antiguo Testamento.
1. Tenemos por cierto que los relatos de la creación se completan con la constitución del matrimonio. En Gén.2, el propósito divino es bien claro a este respecto, al decir Dios: "No es bueno que el hombre esté solo; le haré ayuda idónea para él." (vs.18).
Con todo y que es un ser superior a todos los demás seres vivos sobre la tierra (vs.19), el hombre no podría hacerse de esta "ayuda idónea" –adecuada– sino a través de la obra creativa de Dios, Quien hizo de la mujer "hueso de mis huesos y carne de mi carne" (vs. 21-23) para el hombre (compárese con Ef. 5:30). Por lo que "dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne" (vs.24, compárese con Ef.5:31. Marc.10:7-8), indicándose con esta declaración de Adán, la naturaleza tan especialmente profunda de la relación hombre-mujer, a través de la cual la sexualidad adquiere su real sentido, al traducirse en tan íntima relación la unidad de los dos seres a quienes Dios llama para que se prodiguen ayuda mutua.
Concebida así, tal relación está libre de toda clase de sentimiento de vergüenza en la integridad original (vs.25). Sin embargo, no deja de traer turbación a causa del pecado (Gén.3:7), y de ahí en adelante la relación de pareja se verá atacada por el sufrimiento y por las tentaciones pasionales o dominantes (3:16); a pesar de eso la maternidad –fecundidad- de la mujer (3:20) es para ella un aliciente consolador permanente (Gén.4:1-2, 25).
Diríamos entonces que el hombre que fue creado por Dios a su imagen, para dominar la tierra y probarla, es realmente la pareja (Gén.1:26-28).
2. La monogamia está implícita en este relato bíblico de la creación del hombre y de la mujer, pues Dios creó solamente a un hombre, y a una sola mujer para ese hombre.
La poligamia aparece por primera vez en el relato bíblico con Lamec (Gén.4:19) pero no vemos una prohibición contra tal práctica. Probablemente Dios quiso que el hombre mismo descubriese por experiencia propia, lo conveniente de la institución original de la relación monogámica hombre-mujer.
En realidad, la Biblia muestra los problemas que surgen de la práctica poligámica, la cual casi siempre motivaba otros pecados. Tenemos los casos, por ejemplo, de Abraham (Gén.21:1-21); de Gedeón (Juec.8:30 a 9:57); de David (2ªSam.11 y 13); de Salomón (1ªRey.11:1-8), etc. En Deut.17:17, se advierte para los futuros gobernantes contra tal práctica, y en otros registros bíblicos se señala que la poligamia era generadora de celos familiares (1ªSam.1:6, compárese con Lev.18:18). Es probable que la preocupación por tener una familia numerosa aunada al ideal de la maternidad –ideas tan determinantes en aquellas sociedades– hayan contribuido casi de manera natural a la aceptación de un estado conyugal poligámico (Gén.29:31 al 30:24). Juec.8:30; 12:8. 1ªSam.1:1-11. 2ªRey.10:1).
Pero también existía el genuino afecto o "amor", del cual tenemos en la Santa Biblia registros de una belleza excepcional, como testimonio del ideal para la relación matrimonial. Ejemplo de esto son los casos de Isaac (Gén.24:62-67; 25:20-21) y Ezequiel (Ez.24:15-18). En el Cantar de los Cantares, el gozo del amor entre los esposos, es exclusivísimo indiscutiblemente.
3. Quizás esa misma preocupación por tener descendencia numerosa, pudo también introducir otra práctica: el divorcio o repudio por causa de la esterilidad de la mujer, aunque la poligamia constituía una solución a esta dificultad (Gén.16).
Aunque la Ley reglamentó la práctica del divorcio, no especificó cual falta le permitía a un hombre repudiar a su mujer, pues, la norma Deuteronómica es bastante ambigua al respecto (Deut. 24:1).
Pasando el tiempo, hallamos que después del cautiverio, los sabios israelitas procuran llamar la atención de los hombres de la nación hacia el concepto de fidelidad para "con la mujer de tu juventud" (Prov.5:15-23. Ecl.9:9). Algunos de los profetas también se refirieron al asunto de igual manera, como Malaquías, quien señaló que Dios "aborrece el repudio" (Mal.2:13-16) y esta es una declaración hecha sobre la base del Pacto matrimonial (heb., "berít" = pacto).
Vemos aquí el deseo de enrumbar a la gente hacia un ideal más estricto, respecto del asunto del matrimonio y el divorcio… que se venía dando… una evidente evolución del concepto y las prácticas relativas a ambos asuntos: matrimonio y divorcio.
4. Dos tópicos más, son necesarios que se incluyan para tener un panorama más completo acerca del matrimonio: Los matrimonios no permitidos y la ley del levirato.
a. Matrimonios no permitidos: Se tomaban en cuenta ciertos aspectos, entre ellos los grados de consanguinidad, con base en los cuales se prohibía el enlace matrimonial. Así, la relación sexual es prohibida entre un hombre y una mujer que fuese su pariente cercano (Lev.18:6), con la madre o con el padre (vs.7), con la madrastra (vs.8, comparar 1ªCor.5:1), con una hermana (vs.9), con nietos (vs.10), con medio-hermana (vs.11), con una tía o con un tío (vss.12-14), con la nuera (vs.15), con una cuñada (vs.16), con madre e hija igualmente así como con sus parientes más cercanos (vss.17-18). Sobre esto mismo puede verse Lev.20:17-21. Deut.27:20, 22-23 (el vs.21 es referente al bestialismo o zoofilia). Aunque Abraham y Jacob tomaron por esposas a mujeres en un grado de parentesco, vemos que posteriormente tal costumbre fue prohibida (Gén.20:12 y 29:12-30).
b. La Ley del Levirato: "Levir", es un término latino del cual deriva la palabra "levirato", y que significa "hermano del esposo". Si un hombre casado fallecía sin haber procreado hijos, su hermano debía casarse con la viuda y los hijos de este matrimonio serían considerados como del primer esposo.
Los hebreos no eran los únicos que tenían esta costumbre. La Biblia nos relata un caso en que un hombre. Onán, tomó a la esposa de su hermano que había muerto sin hijos, pero no quiso engendrar en ella un hijo, porque "la descendencia no había de ser suya" (Gén.38:6-10).
Más adelante vemos como esta ley también parece haber evolucionado, pues aunque es de aplicabilidad, sin embargo como que permite que el hermano use la opción de rehusar la obligación (Deut.25:5-10). Lo que vemos en el libro de Rut, es que la costumbre alcanzaba a algún pariente distinto del hermano del esposo muerto. Es el caso de Booz, que sin ser el hombre de la obligación primaria con la viuda –porque quien debía tomarla por esposa rehusó tal obligación–, se casó con Rut. En este caso se deja ver una especie de extensión o ampliación de la costumbre, pues quien debería haber sido desposada por Booz era Noemí, pero parece ser que ella, tal vez por su edad que le impedía ya tener hijos, cede su derecho a Rut, por lo tanto se dice: "le ha nacido un hijo a Noemí, en alusión al hijo que Rut dio a luz de Booz.
El Contexto del Nuevo Testamento.
El concepto neotestamentario del matrimonio, está inspirado en una frase que constituye una paradoja sobre la vida de Jesús: “nacido de mujer” (Gál.4:4). Por si sola, la expresión recuerda la importancia que para toda mujer judía tenía la maternidad, constituido tal aspecto en la base primordial del matrimonio, aún en la época de Cristo.
Jesús se refirió más al asunto del divorcio que al matrimonio mismo. Así podemos ver que en el diálogo sostenido por Él con los fariseos sobre la permisión del divorcio, se discute la licitud de este “por cualquier causa”: un motivo cualquiera, y se señala como la gran causal para la disolución del matrimonio el caso de “porneia” (adulterio o fornicación que bien pudiera darse de cualquier forma: incesto, sodomía, prostitución, etc. (Mat.5:31-32; 19:1-9. Marc.10:2-12. Luc.16:18), porque dicha conducta va en contra de la obligación del corazón, contra la fidelidad que constituye el fundamento del matrimonio. La referencia de Jesús al matrimonio nos señala hacia los orígenes del mismo (Mat.19:4-6. Marc.10:6-9).
También el apóstol Pablo hace referencia al matrimonio, como en 1ªTim.3:2, 12; 5:9. Tit.1:6, donde la referencia parece ser a los servidores, quienes debían ser casados. También en 1ªCor.7:26-39, donde recomienda el matrimonio sin perjuicio de quienes preferían y decidían mantenerse célibes. En 1ªTim.4:1-3, el apóstol señala como apóstatas a quienes se oponen al matrimonio. La Carta a los Hebreos indica que el matrimonio es un estado “honroso” (Heb.13:4). Pedro hace magníficas recomendaciones para quienes están casados (1ªPed.3:1-7); lo mismo hace Pablo (1ªCor.7:1-5. Ef.5:22-23. Col.3:18-19).
Acerca de la Validez del Divorcio y un Nuevo Matrimonio.
En definitiva, con base en toda la evidencia textual acerca del divorcio y un nuevo matrimonio, puede argumentarse mucho, porque es abundante tal evidencia.
Existen normas bien concebidas, jurídicamente hablando, que reglamentan el contrato matrimonial, el divorcio y figuras jurídicas afines, incluido el nuevo matrimonio
No podríamos aseverar que la Biblia sea un libro de normas jurídicas relativas al divorcio, porque no lo es; de la misma manera, tampoco lo haríamos en relación con algún otro asunto de naturaleza jurídica. Sin embargo, tampoco podríamos decir que la Biblia no se ocupa del tema del divorcio, porque eso sería completamente inexacto y la demostración de un gran desconocimiento de su contenido, lo que a su vez generaría consecuentemente la evidencia de una ignorancia que en la mayoría de los casos es la de la clase conocida como “ignorancia supina”: se sabe que el asunto está allí, pero deliberadamente no se admite.
Mostraré trece (13) textos bíblicos del Antiguo Testamento y doce (12) del Nuevo Testamento que se refieren al divorcio taxativamente, pero también con algunos términos bíblicos que guardan afinidad con la idea del divorcio o derivan de ella, como las palabras “repudio” y “separar”, usada –esta última- por el apóstol Pablo, referida al matrimonio en un pasaje muy particular, así como “despedir”, “dejar”, “irse” y “soltarse”, usados todos ellos en referencia al divorcio, puesto que tratan el asunto directa o indirectamente, taxativa o implícitamente en la Santa Biblia (es bueno no olvidarnos que siempre tomamos como apoyo la Reina Valera 1960). Luego presentaré un arreglo temático de algunos de estos textos de la Biblia.
Textos Bíblicos que Hablan del Divorcio en el Antiguo Testamento.
- Lev.21:7, “… mujer repudiada de su marido…”
- Lev.21:14, “No tomará viuda, ni repudiada…”
- Lev.22:13, “Pero si la hija del sacerdote fuere viuda o repudiada…”
- Núm.30:9, “… voto de viuda o repudiada…”
- Deut.24:1, “… le escribirá carta de divorcio…”
- Deut.24:3, “… y le escribirá carta de divorcio…”
- Esd.10:3, “… despediremos a todas las mujeres…”
- Is.50:1, “… la carta de repudio… con la cual yo la repudié? … fue repudiada…”
- Is.54:6, “… y como a la esposa de la juventud que es repudiada…”
- Jer.3:1, “… si alguno dejare a su mujer, y yéndose esta de él se juntare a otro hombre…”
- Jer.3:8, “… por haber fornicado… yo la había despedido y dado carta de repudio…”
- Ez.44:22, “Ni viuda ni repudiada tomará por mujer…”
- Mal.2:16, “Porque Jehová Dios de Israel ha dicho que él aborrece el repudio…”
Textos Bíblicos que Hablan del Divorcio en el Nuevo Testamento.
- Mat.5:31-32, “… que repudie a su mujer, déle carta de divorcio... el que repudia… la repudiada…”
- Mat.19:3, “… ¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer…?”
- Mat.19:6-7, “… no lo separe el hombre… carta de divorcio y repudiarla?”
- Mat.19:8-9, “… permitió repudiar… repudia a su mujer… la repudiada…”
- Marc.10:2, “… si era lícito al marido repudiar a su mujer.”
- Marc.10:4, “… dar carta de divorcio, y repudiarla.”
- Marc.10:9, “… no lo separe el hombre.”
- Marc.10:11-12, “… Cualquiera que repudie a su mujer… si la mujer repudia a su marido…”
- Luc.16:18, “… el que repudia a su mujer… se casa con la repudiada del marido…”
- 1ªCor.7:10-11, “… no se separe del marido; y si se separa…”
- 1ªCor.7:15, “... si el incrédulo se separa, sepárese…”
- 1ªCor.7:27, “… No procures soltarte…”
Arreglo Temático de Textos Bíblicos Relativos al Divorcio.
No pretendo reunir aquí toda la evidencia bíblico-textual sobre el tema que nos ocupa, pero el material presentado puede servir de mucha ayuda para la comprensión del asunto a la luz de las Sagradas Escrituras.
Divorcio:
- Permitido a causa del adulterio, y otorgado por escrito, Deut.24:1; Jer.3:1; Mat.5:31-32; Mat.19:7-9.
- A los siervos, Ex.21:7-11.
- A los cautivos, Deut.21:11-14.
- De las esposas idólatras fue prescrito, Esd.10:2-17; Neh.13:23-30.
- Practicado de manera ilícita por los judíos, Miq.2:9; Mal.2:14; Mat.19:3-9.
- Cuándo podía casarse una mujer divorciada, Deut.24:1-2.
- Cuándo no podía hacerlo, Deut.24:3-4; Mat.5:32; Mat.19:9; Luc.16:18; 1ªCor.1:11.
- Usado como término de comparación, Is.50:1; Jer.3:8.
Argumentación Probatoria.
Divorcio: Es la disolución legal del matrimonio.
En Israel el matrimonio no era en principio indisoluble, aunque la iniciativa del divorcio estaba exclusivamente reservada al marido.
Dios, en unos tiempos de relativa dureza y carencia de claridad, y en previsión de mayores males, “permite” este divorcio. Aunque tal “repudio” no es el ideal respecto del matrimonio, se le da tolerancia debido a la dureza de corazón de los hombres. De modo que, puede decirse que Moisés no inventó el divorcio; él no lo ordenó; más bien legisló sobre una costumbre, como también sobre otros asuntos, a fin de reglamentar esta práctica que ya existía, y poder darle un manejo más humano y retrotraerlo del desenfreno en que había desembocado para entonces. Además, tal norma proveía cierta protección al matrimonio mismo.
El anterior razonamiento puede ayudarnos a tener una mejor comprensión del contenido del texto de la Ley –Deut.24:1-4, “Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa. Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre. Pero si la aborreciere este último, y le escribiere carta de divorcio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si hubiere muerto el postrer hombre que la tomó por mujer, no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.”
Concluimos, por tanto, en esta parte, que el divorcio era una práctica bien conocida, por los mismos israelitas inclusive, la cual consistía en darle a la mujer –la esposa- un tipo de acta o documento o carta o contrato, y a partir de ese instante ella quedaba completamente libre para volver a casarse con otro hombre, si así lo deseaba.
1. Procuremos hacernos una idea acerca del concepto teológico del matrimonio, porque es muy importante hacerlo.
- Vemos que en Israel el matrimonio no era en principio de carácter indisoluble.
- En la Biblia se da por supuesto, que en el Antiguo y en el Nuevo Testamentos, tanto entre griegos como entre judíos, el matrimonio y el estado de casados es lo socialmente normal. En el pensamiento del Antiguo Testamento, esencialmente el matrimonio es una organización civil de derecho privado: una “realidad de este mundo y para este mundo”. Concebido desde el hombre mismo, posee una magnitud social que con claridad señala hacia la familia; ante todo y sobre todo a la procreación y por consiguiente a la perpetuación familiar. Dentro del matrimonio hallan su propio lugar el amor, la ayuda mutua y la satisfacción sexual.
- De manera que contraer matrimonio, es un asunto de suyo familiar.
- El matrimonio en sí mismo, no suscitó un importante interés en el Nuevo Testamento. Generalizando, se lo menciona solamente cuando se plantean casos críticos y cuando se procura introducir correctivos a las irregularidades del mismo.
- Ante todo, el matrimonio es un asunto de derecho civil, y los más eminentes eruditos coinciden en señalar que ningún texto antiguo se refiere a un ritual religioso relativo al matrimonio.
- El matrimonio es entonces, el estado en que un hombre y una mujer pueden convivir en relación sexual, con la aprobación del grupo social al cual pertenecen.
- El matrimonio es tenido como un estado normal, y en el Antiguo Testamento no se conoce el término “soltero” o “soltera”, pero si existían las “viudas”. El celibato era reconocido entre los llamados “eunucos”, término que se usaba en referencia a quienes ya por nacimiento (defecto congénito), accidente o castración, carecían de sus funciones sexuales. Se señala el caso como muy especial del profeta Jeremías, a quien se le aplica el término “virgen”, para señalar su estado respecto al matrimonio (Jer.16:2). En lo referente a los llamados “nazareos”, su continencia era de orden temporal. Definitivamente el matrimonio y la vida familiar, constituyen en el Antiguo Testamento, un estado o manera normal de vivir.
Retomando el asunto del divorcio, es preciso señalar las causas por las cuales un israelita, a partir de la data de la Ley Mosaica, podía dar carta de divorcio a su mujer. Según Mat.19:7-8, Jesús dijo que Moisés “autorizó” el divorcio “por la dureza de vuestro corazón”. La pregunta es: ¿Cuáles eran las causales que ellos alegaban para dar carta de divorcio? Ellos se divorciaban “por cualquier causa” (Mat.19:3); aún por los motivos más frívolos.
2. Veamos ahora los textos bíblicos que suscitan diversidad de opiniones, en tanto se ocupan del asunto del divorcio y el volver a casarse.
Mat.5:31-32, “También fue dicho: Cualquiera que repudie a su mujer, déle carta de divorcio. Pero yo os digo que el que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella adultere; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio.”
Es muy importante observar cómo registran las versiones de Nacar/Colunga y la Nueva Biblia de Jerusalén este texto: “… déle libelo de repudio…-excepto el caso de fornicación- la expone al adulterio…” (NC); “… que le de acta de divorcio… excepto el caso de fornicación, la hace ser adúltera; y el que se case con una repudiada…” (NBJ).
Esta era una ley de divorcio que llevaba en vigencia 1400 años aproximadamente entre los israelitas o judíos. La fórmula era simple: “Cualquiera que repudia a su mujer déle carta de divorcio” (vs.31). Para hacerlo, un hombre solo necesitaba de dos testigos presenciales. Así el matrimonio se disolvía legal y totalmente, y ambas partes podían casarse de nuevo con quien quisieran. Esa es la carta de divorcio que se menciona en Deut.24:1-2. No se puede asegurar que las expresiones “torpe” (NC), “le desagrada” (NBJ) se referían a inmoralidad sexual por cuanto entre ellos a la mujer infiel se le aplicaba la pena de muerte por lapidación y la sentencia era absolutamente inapelable: era implacable.
Jesús aceptó el hecho del divorcio permitido bajo la premisa “cualquier causa”, pero señaló que tal permisión obedeció a “la dureza de corazón” de ellos –eran implacables- (Mat.19:3-9), y enseguida indicó la mayor de las causales para que se otorgue el divorcio: la fornicación (Mat.5:32; 19:9). ¿Cómo era entendido en calificativo “indecente”? Se consideraba como indecencia muchas cosas: no peinarse, hacer alguna labor en la calle cuando era considerado que se hiciera en casa –como tejer, hablar muy familiarmente con un hombre, discutirle al esposo algún asunto, descubrirle a la mujer alguna mala acción anterior al matrimonio, entre muchas más. El divorcio disolvía el matrimonio, y la mujer podía “ir y casarse con otro hombre”. Sin embargo, existía una limitante: no podía casarse de nuevo con el primer marido (Deut.24:3-4). Es claro que el divorcio bíblico imponía la disolución total del matrimonio y daba al mismo tiempo el derecho de volver a casarse. Resumiendo, Jesús aprobó el divorcio judío “por causa de fornicación”... Lo que Jesús hizo, fue corregir los abusos del divorcio. Él no abolió el divorcio ni introdujo otro tipo de divorcio.
Mat.19:9, “Y yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera.”
“… salvo caso de adulterio…” (NC)¸ “… -no por fornicación-…” (NBJ). Observemos lo siguiente:
Las palabras “fornicación” y “adulterio”, son sinónimos en la Santa Biblia. Tanto en el griego como en el hebreo, “fornicación” incluye varias conductas de tipo sexual: incesto, sodomía, prostitución, perversión, y todo tipo de pecado sexual, cometido tanto antes como después de casarse. La palabra hebrea para “fornicación” es zanah, y su uso se da para referirse a “una mujer casada que comete adulterio” (Jer.3:1). Según Am.7:17, una mujer casada es fornicaria –zanah. “Fornicación”, heb. Zanah, es cometer adulterio. En el término “fornicación”, queda incluida toda carencia de castidad. La palabra griega equivalente es porneía, y tiene el siguiente significado: adulterio, en Mat.5:32; 19:9; toda clase de relación ilícita; la infidelidad sexual de una mujer casada; pecado, antes y después del matrimonio; las relaciones sexuales ilícitas en general. Nunca se ha entendido el término como referente a actos pecaminosos prematrimoniales únicamente. Es usual para referirse al pecado sexual en términos genéricos o a cualquier pecado sexual en particular.
En este pasaje, la consideración se centra en la legitimidad de la Ley Mosaica sobre el divorcio y no sobre la posibilidad de volverse a casar, porque eso no se dudaba. El planteamiento que le hacen a Jesús, obedecía a la polémica surgida entre dos líneas de pensamiento rivales del momento: las escuelas de los sabios judíos: Rabino Hillel y Rabino Sammai. Ambos estaban de acuerdo en que después del divorcio podía contraerse nuevo casamiento.
La palabra “lícito”, era de uso frecuente y de comprensión unánime entre los judíos. Tanto Jesús, los judíos y los apóstoles, se refirieron a cuestiones relativas a la ley judaica usando invariablemente un mismo vocabulario; y respecto de las ocasiones en que el término “lícito” fue utilizado, siempre se hizo con la misma comprensión: ¿Es lícito sanar en día de reposo?” Y Jesús respondió: “¿Es lícito hacer el bien en los días de reposo?” (Mat.12:10-12). Es igual con la pregunta: “¿Es lícito dar tributo al César o no?” (Marc.12:14). Siempre se trataba de un asunto de naturaleza legal entre los judíos. Eso es exactamente igual respecto de la pregunta: “¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa?” Los criterios eran unánimes en cuanto al significado de palabras como “lícito”, “repudiar”, “excepto”, “salvo por” y “fornicación”.
Mat.19:3-12, debería verse así: (a) vs.3, los judíos con gran sagacidad plantean a Jesús la cuestión de la legalidad de la disolución del matrimonio mosaico por cualquier causa, lo cual implicaba cualquier motivo, por trivial que fuera este. (b) vss.4-6, Jesús trascendió la norma mosaica o deuteronómica, base del criterio de los fariseos, quienes apoyaban el lineamiento del pensamiento del Rabino Hillel, y les señaló que el fundamento del matrimonio estaba en el propósito del Creador: que el hombre y su mujer fuesen una sola carne, por la misma naturaleza humana del hombre, que requería una compañera de su misma naturaleza. De modo que el marido y la mujer, son complementarios y constituyen un todo. En estos versículos no se toca el asunto del divorcio por adulterio o infidelidad, lo cual se hace más adelante. (c) vss.7-8, la frase de Jesús aquí: “al principio no fue así” ha dado siempre de qué hablar. Teólogos, tanto católico-romanos como anglicanos, siempre han procurado hacer ver en estas palabras un apoyo fuerte para su doctrina acerca del divorcio sin posibilidad de un nuevo casamiento. Resumiendo, ellos puntualizan lo siguiente:
- Que Jesús aquí estaba indicando la indisolubilidad del matrimonio;
- Que el cónyuge presumiblemente inocente, viviendo aun el presumiblemente culpable, comete inmoralidad si se vuelve a casar;
- Que por lo tanto, sólo la muerte puede romper o disolver el vínculo o lazo matrimonial.
Pero todo eso choca con el verdadero alcance y sentido del divorcio en la reglamentación mosaica, pues es indiscutible que este sí disolvía la unión marido-mujer y además autorizaba a la mujer para ir y casarse con otro hombre (Deut.24:1-2). (d) vs.9, aquí Jesús da lugar a un divorcio “salvo por causa de fornicación”. Esto solo puede entenderse de una única forma: la fornicación –entiéndase infidelidad o adulterio- constituye causa indiscutible para que se dé el divorcio con la connotación de ruptura absoluta del vínculo –como si nunca se hubiera celebrado la unión matrimonial- y la facultad para contraer nuevo matrimonio.
Podemos puntualizar el asunto así:
- Se mantiene el propósito original del matrimonio hombre-mujer: “los dos serán una sola carne”, excepto cuando se da el caso indiscutido, de una causa de tanta gravedad como la fornicación.
- Un hombre se apartará de la casa paterna para unirse a su mujer, salvo cuando media una causa como la fornicación.
- Lo que Dios juntó, el hombre debe procurar no separarlo (pero no dice que no puede llegar a hacerlo), a menos que haya un motivo tan obligante para hacerlo como la fornicación.
- Divorciarse es considerado aquí como evidencia de “dureza de corazón”, salvo por causa de algo como la fornicación.
- Ningún judío debía usar la carta de divorcio, a menos que mediara una causa grave como la fornicación.
- Una cosa es clara aquí: el asunto de separación de cuerpos (y bienes) no es el tema del planteamiento ni del debate. Cuando se viola el principio original del matrimonio de ser “una carne”, éste puede disolverse como consecuencia de la susodicha violación de aquello que lo constituye. Por tanto, de ningún modo debe considerarse el nuevo matrimonio de una persona divorciada, como adulterino.
Algunos han afirmado que la frase: “salvo por causa de fornicación”, no es auténtica: es decir, que es un fraude, es espuria o es falsa escritura. Veamos un poco sobre este criterio: (a) Estas palabras cuentan con apoyo por parte de los más serios eruditos en lo que toca al lugar que ocupan en Mat.5:32 y 19:9; (b) Los más prestigiosos expertos en Nuevo Testamento, les han dado aceptación como Escrituras genuinas en lo que va de estos dos mil años –y algo más- (c) Los principales líderes de la era post-apostólica, tanto en Oriente como en Occidente, también las aceptaron sin objeciones. (d) Los revisores de la prestigiosa revisión de la Biblia del Rey Jaime y la totalidad de la comisiones revisoras desde 1611 las aceptaron siempre. (e) Textos tan importantes del Nuevo Testamento, como los de Westcott y Hort y el de Nestle, también las recogen.
(f) Aún los teólogos catolico-romanos, aunque señalan que estas Escrituras les producen grandes dificultades, aceptan su autenticidad y se refieren al asunto en la Enciclopedia Católica, Tomo 5, así: «Algunos han procurado resolver la dificultad echando sombras de duda sobre la autenticidad de toda la frase de Mat.19:9 (“salvo por causa de fornicación”), pero en general estas palabras están plenamente confirmadas por los códices (manuscritos) más fidedignos.”;
(g) Hipotéticamente hablando, digamos que si la expresión “por fornicación” no es genuina, tendríamos entonces que el principio de la “una carne” del matrimonio, debe ser tomado como cosa de obligación absoluta. La ley original acerca del matrimonio en Marc.10:3-9 y Luc.16:18, sería de carácter absoluto –no podría existir ninguna excepción por ningún concepto, ni siquiera para la separación de cuerpos (y bienes), y puesto que en Marcos y Lucas no se menciona nada sobre una salvedad por adulterio, incesto, sodomía, prostitución, ni ninguno de los crímenes sexuales, y siendo que la norma original del matrimonio manda al hombre que se una a su mujer y ser “una sola carne” con ella, entonces, al no haber ninguna excepción a este mandato absoluto, si una mujer casada con un hombre se prostituye, deberá él permanecer unido a ella. Igualmente los que están unidos con depravados sexuales deberán seguir viviendo con ellos como “una sola carne”, a menos que se vea la posibilidad de hallar una salvedad.
(h) En Heb.7:22 y 8:6, la Biblia nos enseña que el Pacto –Nuevo Pacto- introducido por Jesús, es “un mejor pacto” que el mosaico, pero según lo inmediatamente anterior, Moisés con un pacto inferior mataba a los adúlteros y a los criminales sexuales y daba libertad al cónyuge inocente para que se volviera a casar. De modo que si éste llamado “mejor pacto” exige o impone que el cónyuge inocente tenga que seguir siendo “una sola carne” con el que viola el pacto matrimonial en asuntos sexuales, tendríamos que admitir que la Ley de Moisés proveía un mejor tratamiento para el cónyuge inocente. Un error de tal magnitud no tiene lugar en la Santa Escritura.
Rom.7:1-4, “¿Acaso ignoráis, hermanos (pues hablo con los que conocen la ley), que la ley se enseñorea del hombre entre tanto que éste vive? Porque la mujer casada está sujeta por la ley al marido mientras éste vive; pero si el marido muere, ella queda libre de la ley del marido. Así que, si en vida del marido se uniere a otro varón, será llamada adúltera; pero si su marido muriere, es libre de esa ley; de tal manera que si se uniere a otro marido, no será adúltera. Así también vosotros, hermanos míos, habéis muerto a la ley mediante el cuerpo de Cristo, para que seáis de otro, del que resucitó de los muertos, a fin de que llevemos fruto para Dios.”
Aquí, realmente no se está enseñando que únicamente la muerte puede disolver el matrimonio, como a veces se ha argumentado, como tampoco se está indicando el asunto de un divorcio por adulterio, sino que se está aludiendo a la ley general del matrimonio, que es como también la mencionan Marcos y Lucas, mientras que Mateo introduce la excepción por adulterio, lo cual modifica sensiblemente dicha ley.
El principio de la ley general del matrimonio, nos permite entender que en Romanos, la mujer está en una situación de servidumbre a su esposo. Pero las palabras del apóstol Pablo sobre “semejante caso”, como leemos en 1ªCor.7:15, nos indican lo contrario: “no está sujeta a servidumbre”. Estos son los casos que constituyen las salvedades a la ley general del matrimonio. En este texto de Romanos el apóstol utiliza a manera de ilustración el matrimonio, para demostrar que cualquier poder o autoridad que es cancelado, es hecho nulo.
El capítulo 7 de Romanos es una continuación del 6, en el cual el apóstol enseña la doctrina acerca de que la muerte de Jesús nos liberta de la Ley y nos hace libres de ella, y él utiliza el asunto de la ley general del matrimonio para ilustrar su argumentación respecto del tema que viene desarrollando. Por lo tanto, su alusión a lo de la ley matrimonial es más bien algo incidental al propósito principal, por lo que no debe dársele un significado mayor que el que realmente merece. Lo que el apóstol dice, es que una mujer, cuando su marido muere, queda “libre de la ley del marido”. Esto significa que el derecho del marido según la ley, le permite ejercer gobierno por la autoridad de que está investido, por lo cual la mujer debe estar sujeta a esa autoridad del esposo dentro del matrimonio. El marido muere y la mujer queda inmediatamente libre del poder que el marido ejerce sobre ella y el vínculo se rompe. El dominio de la ley cesa con la muerte. De manera que el apóstol asevera que “donde no hay ley, tampoco hay trasgresión” (Rom.4:15). Así, cuando el matrimonio es disuelto por interpuesta acción de divorcio mediante la causa de adulterio, la “ley” del marido deja de existir. Se puede decir que el pensamiento del apóstol en este texto, no está dirigido al asunto del divorcio y del nuevo matrimonio, como parece que dan a entender quienes pretenden usar el texto como apoyo a su posición contraria al divorcio y al nuevo matrimonio.
1ªCor.7:10-15, “Pero a los que están unidos en matrimonio, mando, no yo, sino el Señor: Que la mujer no se separe del marido; y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone a su mujer. Y a los demás yo digo, no el Señor: Si algún hermano tiene mujer que no sea creyente, y ella consiente en vivir con él, no la abandone. Y si una mujer tiene marido que no sea creyente, y él consiente en vivir con ella, no lo abandone. Porque el marido incrédulo es santificado en la mujer, y la mujer incrédula en el marido; pues de otra manera vuestros hijos serían inmundos, mientras que ahora son santos. Pero si el incrédulo se separa, sepárese; pues no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso, sino que a paz nos llamó Dios.”
(a) El argumento opuesto consiste en decir que en este texto se enseña que el divorcio no disuelve el matrimonio, porque a una mujer en el vs.11 se le ordena “(quedarse) sin casar”. Debe tomarse en cuenta que el verbo empleado aquí (vss.10-11) “separarse” tiene la fuerte connotación de divorciarse. El término griego del cual se vierte “separarse” es chorizo y tiene el significado de: (1) abandonar al marido o a la mujer: divorcio, 1ªCor.7:11, 15; (2) es como frecuentemente se utiliza “separarse” (chorizo), divorcio, aun en los papiros más antiguos con referencia al asunto de contratos matrimoniales.
En este texto se menciona el caso de una mujer divorciada a la usanza griega, que parece ser era muy fácil en cuanto a otorgar divorcios. El apóstol así lo da a entender cuando dice “quédese sin casar”, lo cual es interpretado como un desconocimiento hacia la validez de ese tipo de divorcio “a la griega”. El apóstol indica que por no existir una real disolución del matrimonio, la mujer debía quedarse sin casar porque seguía siendo la mujer del hombre de quien supuestamente se había divorciado. Este caso es bien distinto al de Mat.5:32, pues, de haber mediado el adulterio, el asunto se habría ventilado de manera distinta. El principio tiene la misma aplicabilidad si se tratara del marido;
En el vs.15 debe tomarse en cuenta la regla de la definición. Este versículo sugiere un nuevo problema. Era frecuente que un matrimonio entre creyente e incrédulo terminara con divorcio a causa de la fe del o la creyente. Ante la consulta que le hacen sobre este asunto, el apóstol responde como leemos en los vss.12-15. Quienes aseguran que había contradicción con lo de Mat.5:32 y 19:9 por lo de la causal excepcional: fornicación, como motivo para la disolución del matrimonio, pasan por alto que: (1) El término utilizado aquí por el apóstol, “separar” (gr., chorizo), es el mismo utilizado en Mat. 19:6, “separe” (gr., chorizo); (2) Aquí la referencia es a un matrimonio mixto: uno es creyente y el otro no lo es, y la parte creyente no es la que repudia, sino que es la víctima del repudio: no es el cristiano el que se divorcia en este caso, sino que más bien es el no cristiano el que se está divorciando del cristiano.
(b) Con respecto de la expresión “no está… bajo servidumbre” (vs.15), debe verse el significado de la palabra “servidumbre”, en griego duoloo, que quiere decir “esclavitud”, “hacer esclavo de…”, “retenido por imposición de la ley o la necesidad de algún asunto, 1ªCor.7:15”, “esclavizar a alguien”, “estar ligado (como esclavo) 1ªCor.7:15”, “hacer esclavo”, “sujetar a servidumbre”.
Entonces, si el incrédulo quiere solicitar el divorcio, hágalo, y el creyente no tenía porqué oponerse a esa decisión, excepto que el creyente determinara negar al Señor a fin de impedir el divorcio de su cónyuge. Debemos entender la expresión “no está bajo servidumbre”, en el sentido de que el cristianismo no ha hecho del matrimonio un estado de esclavitud para el creyente. Aún la Iglesia Católica Romana permite el nuevo matrimonio con base en 1ªCor.7:15, por tanto, este versículo constituye una fuerte base bíblica a favor del asunto sobre que el abandono voluntario o caprichoso, es suficiente motivo para la interposición de acción de divorcio, porque tal abandono rompe de hecho el matrimonio y ocupa un lugar igual al del adulterio, permitiendo un nuevo matrimonio al creyente que lo sufre, porque queda libre de su anterior matrimonio. Concluimos: según las evidencias bíblicas, la expresión “no está bajo servidumbre”, expresa liberación total del lazo matrimonial. Por lo tanto, lo de “no está sujeto a servidumbre”, tiene exactamente la misma implicación. Además, así es como se entiende esto aún hoy entre los griegos y así aparece todavía en su legislación sobre asuntos matrimoniales y de divorcio.
Algunas Opiniones Históricas
No es cierto que no existan evidencias acerca de si los llamados “Padres de la iglesia” creyeron que en el Nuevo Testamento se permitiera el divorcio y un nuevo matrimonio y que su posición hasta el año 500 aproximadamente fue la de la “no-disolución” del matrimonio de manera absoluta. Una cosa debe ser tomada en cuenta frente a esta afirmación anti-histórica con respecto del asunto del divorcio y del nuevo matrimonio: Ninguna doctrina o verdad bíblico-apostólica, dependió jamás de la decisión de los “Padres”, pues, la Biblia misma, por cuanto es la Palabra de Dios, constituye la final autoridad en asuntos doctrinales para los creyentes en Cristo Jesús (2ªPed.1:19-21). Es bien sabido que los “Padres” tenían claro que Mat.5:32, 19:9 y 1ªCor.7:15, constituían, cada texto, una autorización para volver a casarse con base en las excepciones que contienen. Podemos ver lo que se ha opinado sobre el asunto, a través de lo que algunos connotados teólogos escribieron, con el fin de tener algún conocimiento de los hechos históricos concernientes al asunto del divorcio y del nuevo matrimonio:
* Felipe Schaff, «Por ley natural el lazo matrimonial no es indisoluble» (Resumen de Errores Papales, 1864).
* T. D. Woolsey, «La controversia entre los Padres sobre cuáles debieran ser los fundamentos sobre la base de los cuales se pudiera conceder el divorcio fue continua, y los cambios eran frecuentes. La única razón aceptada universalmente era el adulterio de parte de la esposa. Por más que Jerónimo despreciase al matrimonio, admitía francamente, como lo hacía la mayoría, que cualquier cantidad de matrimonios sucesivos no era ilegal. Algunos de los Padres miraban con indulgencia al nuevo casamiento de la parte inocente. Tampoco debe suponerse que la opinión de la iglesia occidental con respecto a la legalidad del nuevo matrimonio después del divorcio tuvo un curso invariable en una sola dirección. Los ‘dirigentes de la iglesia’ a que se refiere Orígenes, sostenían que la parte inocente podía volver a casarse cuando hubiese sido divorciada como consecuencia del adulterio del marido o la mujer. Lactancio parece haber tenido la misma opinión… (Inst., vi, Sec.23). Así pensaba también el amigo de Agustín, Pollentius. Lo mismo enseñó Ambrosiáster, como se le llama, considerado generalmente como la misma persona que Hilario el Diácono. Una opinión del año 1535, firmada por Lutero, Cruciger, Major, y Melanchton, permite a una mujer de Nordhausen, cuyo marido había huido varios años antes, que vuelva a casarse, según ‘la decisión de Pablo, y según la anterior práctica de la cristiandad, como lo demuestra un caso similar tomado de Justino por Eusebio y el ejemplo de Fabiola’» (Ensayo sobre Divorcio y Legislación del Divorcio. Enciclopedia Británnica, pp.103-116, 128-133. 1889).
* «Y el adulterio y la fornicación disuelven el matrimonio y la parte inocente tiene el derecho de casarse con otro, como si la parte culpable estuviera muerta.» (Confesión de Westminster. Las Creencias de la Cristiandad. Philip Schaff, Tomo 3, p.656. 1877).
* «En todos los períodos de la historia de la doctrina cristiana, han existido diferencias de opinión en el seno de la iglesia en cuanto a la aplicación práctica de las palabras de Jesús con respecto al adulterio, el divorcio y el nuevo casamiento. Dichas diferencias se han estereotipado en las ramas oriental y occidental de la iglesia católica. La primera acepta el punto de vista más indulgente, y permite que la parte inocente se vuelva a casar… (La otra no lo permitía). Por otra parte, el consenso general de la opinión teológica entre los ministros de habla inglesa desde la Reforma, se ha inclinado hacia el punto de vista que sostenía la iglesia oriental…» (Diccionario de Cristo y los Evangelios. Recop. James Hastings, Tomo I, p.31. 1906).
* «La existencia de la salvedad (excepto por fornicación) en Mateo, indica que en la iglesia primitiva se le permitía el nuevo matrimonio a la parte inocente.» (Diccionario de la Iglesia Apostólica. Comp. James Hastings, Tomo I, p.417. 1908).
* «Aún bajo las reglas más estrictas de la Iglesia Católica Romana, cuando no se autorizaba ningún divorcio, se encontraba una puerta de escape. Se estableció que el matrimonio era indisoluble cuando se hubiese contraído y consumado en forma ‘válida’. Todo dependía de la interpretación de la palabra ‘válida’. Así, cuando el divorcio no estaba permitido, existía el derecho a anular el matrimonio. Y esta práctica era tan universal y tan frecuente que encontramos hasta dieciséis causas especificadas como motivos por los cuales podía disolverse el matrimonio, mientras que se extreman las medidas para mantener la ficción de su indisolubilidad.» (Divorcio. C. G. Hartley, pp.16, 17, 24, Londres. 1921).
* «… el divorcio que se entiende como separación de cuerpos y bienes, ha sido rechazado por casi todos los reformadores ingleses del siglo XVI como invención papista. Las doctrinas canónicas de que el matrimonio es un sacramento y que es indisoluble salvo por la muerte, fueron rechazadas por los reformadores. Concuerdan todos en que el divorcio, con libertad para que la parte inocente vuelva a contraer matrimonio, debiera concederse por adulterio, y la mayoría consideraba la deserción maliciosa como segunda causa legítima para la disolución del matrimonio.» (Enciclopedia Británnica. Historia del Matrimonio Humano. E. A. Westermarck, Tomo III, p.332, 1922).
* «Pero me maravillo aún más de que los romanistas no permitan el nuevo casamiento del hombre separado de su mujer por divorcio, sino que lo obligan a quedarse sin casar. Cristo permitió el divorcio en casos de fornicación y no obligó a nadie a quedarse sin casar; y Pablo prefería que nos casásemos antes que permitir que nos quemásemos, y parece haber estado dispuesto a aceptar que el hombre puede casarse con otra mujer en lugar de la que ha repudiado.» (Escritos de la Reforma de Martín Lutero. B. L. Wolf, p.307. 1952).
* «Para todo hombre es adulterio volver a casarse… a menos que el divorcio haya sido por causa de adulterio; en ese solo caso no hay Escritura que prohíba volver a casarse.» (Juan Wesley. Un Compendio Teológico Wesleyano, p.238. 1954).
* «Diré francamente que en algunos casos en los que un primer matrimonio ha rematado en tragedia, un segundo matrimonio, a juzgar por todas las pruebas de la presencia del Espíritu Santo que hemos podido reconocer ha sido abundantemente bendecido. Por esta misma razón no me encuentro en posición de prohibir a la gente buena que acuda a mí en busca de consejo sobre la posibilidad de embarcarse en un segundo matrimonio…» (Geoffrey F. Fisher, Arzobispo de Canterbury. Problemas sobre el Matrimonio y Divorcio, p.21. 1955).
* «… la iglesia oriental ha visto siempre en el adulterio causa legítima de divorcio, que permite el nuevo casamiento del divorciado, y… en el concilio de Trento, la iglesia de Roma se abstuvo de condenar la norma disciplinaria oriental en esta cuestión.» (Un Compañero de la Biblia. Oxford University Press, p.257. 1958).
* «La fornicación (estaba) vinculada con el adulterio como fundamento para el divorcio, tras el cual estaba permitido el nuevo casamiento.» (Léxico Griego Patrístico. Oxford University Press, Tomo IV, p.1121. 1960).
Otros conceptos igualmente valiosos en la historia de esta controversia:
* Del Comentario Fausset Brown Jamieson, «La iglesia de Roma dice NO; pero la iglesia griega y los protestantes lo permiten (Mat.5:32)».
* «La iglesia oriental y la mayoría de los reformados… sostienen que, en el caso exceptuado, tanto el marido como la mujer pueden contraer nuevo matrimonio.» (Comentario del Púlpito. Tomo 36, p.96).
* A pesar de haber mantenido el mismo punto de vista de otros monjes occidentales, el cual era contrario al nuevo casamiento, después de largos estudios y reflexión, Agustín llegó a dudar sobre la posición occidental respecto del asunto en cuestión: divorcio y nuevo matrimonio. Finalmente cambió de opinión y entonces escribió un Auto de Duda, admitiendo que la excepción de Mateo si podía tener un sentido de autorización para contraer nuevas nupcias después del divorcio por adulterio. Él escribió lo siguiente: «Y en las expresiones de la palabra divina, resulta tan oscuro si aquel que tiene el derecho incuestionable de repudiar a una mujer adúltera, debiera ser considerado adúltero por tomar otra, que hasta donde yo puedo entenderlo, en este caso cualquier persona puede cometer un error perdonable.» Dean Alford, erudito especialista en el Nuevo Testamento, refiriéndose a la opinión de Agustín, dice: «Bien podemos dejar en situación de duda una cuestión de la que Agustín pudo decir que era tan oscura que el error en cualquiera de los dos sentidos es venial (perdonable) –venialiter ibi quisque fallatur». (El Nuevo Testamento para Lectores de Habla Inglesa, p.33).
* «Aún cuando Cristo condena como adúltero al hombre que se casa con una mujer que ha sido divorciada, se está restringiendo indudablemente a los divorcios ilegales y frívolos. La esposa adúltera ‘se separa como miembro corrompido’ del matrimonio. Es ‘deber del esposo purgar su casa de la infamia’. ‘Al cometer adulterio (el esposo) ha disuelto el matrimonio, la mujer queda en libertad.’» (Armonía de los Evangelios. Juan Calvino, Tomo 2, pp.383-384).
* «Mateo 19:9 es un texto directo, claro y sencillo…» (Martín Lutero. Sermón sobre el matrimonio dado en Wittenberg, en 1525).
* Charles H. Spurgeon, «El matrimonio es por vida, y no puede disolverse, excepto por el único y grande crimen que rompe sus lazos… la mujer divorciada por cualquier causa que no sea adulterio, y que se vuelve a casar, comete adulterio ante Dios. La fornicación hace que la persona culpable se haga posible en forma justa y lícita del divorcio, por cuanto se trata de una virtual anulación del lazo matrimonial. En caso de fornicación, mediando pruebas claras, el lazo puede ser disuelto… las personas que han sido casadas están a los ojos de Dios casadas por vida, con la sola excepción de la fornicación comprobada.» (Exposición Popular de Mateo, pp.28, 29, 159, 160).
* Charles Hodge, Comentario sobre la Primera Epístola a los Corintios, sobre el cap.7:10-15, pp.104-106, 109, «… Les dice a los corintios que en lo tocante al divorcio no necesitaban dirigirse a él para saber lo que tenían que hacer: Cristo había enseñado ya que los lazos del matrimonio no podían ser disueltos a voluntad de las partes. La esposa no tenía derecho alguno a dejar a su marido, ni el marido a repudiar a su esposa… El adulterio lo invalida al convertirse en una infracción o quebrantamiento del contrato específico implícito en el matrimonio. También lo anula y por la misma razón, el abandono pertinaz, según enseña el apóstol en el versículo siguiente… Según esta doctrina… el adulterio o el abandono voluntario y deliberado es base legítima para el divorcio; en primer lugar, porque las Escrituras no suministran otra base; y en segundo lugar, porque la incompatibilidad de caracteres, la crueldad, la enfermedad, el crimen, y otras cosas por el estilo que las leyes humanas a menudo consideran como causa de divorcio, no son, en su propia naturaleza, la destrucción del pacto matrimonial… Si el pacto es anulado, sólo podrá serlo por la acción pecaminosa de una de las partes… Se prohíbe al marido cristiano repudiar (áfiéoai) a su esposa pagana; y se prohíbe a la esposa cristiana repudiar a su marido pagano. En ambos casos emplea la misma palabra, pues, según las leyes griegas y romanas, tanto la mujer como el hombre tenían legalmente derecho al divorcio… El creyente no había de repudiar al cónyuge infiel; pero si el infiel rompía el lazo matrimonial, el cónyuge cristiano quedaba automáticamente liberado del contrato… Es un pasaje de gran importancia, por ser el fundamento de la doctrina protestante de que el abandono deliberado es motivo legítimo de divorcio. Y tal es ciertamente el sentido natural del pasaje. La cuestión que se plantea al apóstol es: ‘¿Qué ha de hacerse en el caso de estos matrimonios mixtos?’ Su respuesta es: ‘Que el creyente no despida al infiel, pues Cristo ha prohibido que un hombre repudie a su mujer por causa alguna excepto la de adulterio (Mateo 5:32). Pero si el cónyuge infiel quebranta el lazo matrimonial, el fiel ya no está ligado…’ El apóstol añade solamente que si el cónyuge creyente es, sin motivo justo, despedido, queda libre.»
Algunas Objeciones Contra el Divorcio y el Nuevo Casamiento
Algunas objeciones en las que se basan quienes no admiten ninguna posibilidad para volverse a casar después de un divorcio, son bastante fuertes. Por ejemplo: “Porque Jehová Dios de Israel ha dicho que él aborrece el repudio” (Mal.2:16). Usualmente estas palabras se citan para aseverar que Dios es opuesto a, y aborrece “todo tipo de divorcio”. Pero se puede ver que el sentido real del texto respecto de la verdad general Escritural sobre el asunto en cuestión, a sufrido una distorsión que violenta la regla contextual y también la regla textual misma. Muchos han sacado esta frase de su contexto y la han manipulado inescrupulosamente con la finalidad de hacerla coincidir con su criterio particular. Es bueno leer el resto del texto que dice: “… y al que cubre de iniquidad su vestido, dijo Jehová de los ejércitos. Guardaos, pues, en vuestro espíritu, y no seáis desleales” (“no cometáis traición” –BJ). Y su contexto: “Porque Jehová ha atestiguado entre ti y la mujer de tu juventud, contra la cual has sido desleal.” “Porque Jehová Dios de Israel ha dicho que él aborrece el repudio” (vss.14-16).
Dios aborrecía la deslealtad, la traición de ellos al divorciarse de sus inocentes mujeres. No está implicado aquí ningún caso de divorcio por adulterio, y eso es lo que Jesús indicó al referirse al divorcio motivado en la “dureza de corazón”. Nótese como Dios reitera por tres veces, en los vss.14-16 el asunto de la “deslealtad” de quienes se divorciaban de sus mujeres, pero no es considerado como deslealtad el divorcio por causa de infidelidad matrimonial. Eso es otra cosa.
Por siglos, los hombres “justos” practicaban el divorcio de sus mujeres prostitutas en Israel y volvían a casarse, y nunca Dios consideró eso como deslealtad. Dios no aborrecía el repudio por adulterio o perversión sexual. Quienes adulteraban o cometían ese otro tipo de crímenes sexuales eran muertos. No podemos dejar de admitir que Jesús aborrece el divorcio por deslealtad y dureza de corazón, pero no cuando la causa es la fornicación. En tal caso recibe su aprobación. Es que la sentencia de Jesús es referida al divorcio que se estilaba entre los judíos de su tiempo y cultura, el cual se basaba sobre la “dureza de corazón” que los llevaba a dar carta de divorcio a sus mujeres “por cualquier causa”; es decir, por causa no justificada. Obviamente el adulterio era causa justificada. Pero no debemos pensar que era la única. Aunque no se diga textualmente, está implícito que existían otras causales para divorcio, tan serias como el adulterio, lo cual evidenciaba la mala actitud de ellos al respecto cuando repudiaban a su cónyuge “por cualquier causa”: una causa baladí, algo tristemente patético y ridículo.
A Manera De Epílogo.
No podemos, en honor a la justicia cristiana, establecer culpabilidad e inocencia en un caso de divorcio basados sobre nuestro particular punto de vista, que casi es más bien un acomodamiento conceptual al criterio generalizado, sin un examen prudente y serio del asunto –o asuntos conexos o implícitos- porque es más conveniente plegarse a la opinión mayoritaria que intentar una postura más consecuente con la realidad histórico-temporal y cultural nuestra, pues, se requeriría ser suficientemente valeroso para ello. Jesús y los apóstoles, respectivamente, revolucionaron su mundo con toda su estructura moral, política, social y religiosa de su tiempo y cultura porque no se “alinearon” con la mayoría pensante. Ellos establecieron nuevo “hitos” conceptuales. Jesús se atrevió a decir: “Mas yo os digo”; y los apóstoles se armaron de valor para decir: “lo que hemos oído, visto y palpado tocante al Verbo de vida”; “tenemos la palabra profética más segura a la cual hacéis bien en estar atentos como a una antorcha que alumbra en lugar oscuro”; “nosotros no estamos reprobados”.
¿Qué haremos con los creyentes que después de haber tenido un divorcio han vuelto a casarse? (No “recasarse” que es como casarse de nuevo con la misma persona, así como “reescribir” es volver a escribir lo mismo) ¿Los admitimos como casados legítimamente o los rechazamos? ¿Serán salvos o condenados? ¿Son santos o impíos? ¿Son adúlteros o creyentes bien casados? ¿Son “culpables” o “inocentes”?
Finalmente, es bueno reflexionar, y los invito a ello, respecto de este asunto tan importante de manera mucho más objetiva, desprejuiciadamente, dejando al Señor Jesús el fallo definitivo, final sobre el tema.
Cuando las parejas llegan ante el Ministro de su iglesia local para solemnizar su decisión de unirse en matrimonio, se hacen promesas sobre la base de expresiones como: «Para bien o para mal», «en todo lo que la vida da y en todo lo que ella quita», «en toda circunstancia de la vida», «hasta que la muerte nos separe», e invocan el Nombre del Señor Jesús acerca de su juramento, cuando se prometen mutuamente vivir juntos, como marido y mujer.
Nos toca admitir que nos resulta supremamente difícil mantener aquello de que «se casaron y fueron muy felices», aforismo que constituye un virtual mito sobre el matrimonio y que ha sido sostenido por siglos por todas las culturas, sirviendo como base para los cuentos de hadas con su carga de princesas durmientes, dragones degollados y carrozas de cristal, amén de los cientos de libros que pretenden narrar el «amor a toda prueba», de los personajes novelescos, siempre en procura de mostrar que quienes se casan jamás fallan, y que el divorcio es cosa extraña sin lugar alguno entre las parejas de casados, cualquiera sea la situación que se genere entre ellos, pues para eso están los cuentos de hadas como prueba.
Algo es bien cierto y real: un matrimonio necesita reforzarse con ayudas –las que se considere necesarias- a fin de preservar y fortalecer cada vez más su unidad.
No podemos creer que el divorcio sea el remedio, o la panacea para los males del matrimonio, pero tampoco podemos dejar de reconocer que constituye una salida apropiada para evitar situaciones peores. Independientemente de las causas –o causa- que lo originen, debe tenerse un recurso extremo al que solo se recurra cuando ya se ha probado fehacientemente que no queda ninguna otra alternativa para salvar la relación matrimonial de la derrota definitiva. Y no debe pensarse que el único factor a tomarse en cuenta para la búsqueda del arreglo sean los hijos, sino también habrá de considerarse a cada cónyuge, como persona, como creyente, como hombre o como mujer. Solo ellos dos, deben ser vistos como el centro del problema a resolver de la mejor manera posible. El beneficio o perjuicio que derive de su final decisión afectará tanto a cada uno de ellos como a los hijos, sin importar quien fue culpable y quien fue inocente.Publicado porJulio César Clavijo Sierra
Fuentes: Blog , Jesucristo, El Unico Dios