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Ministerio de Cultura Aprueba Disposiciones para la continuidad de los Procedimientos CIRA y PMA

Publicado el 03 junio 2020 por Torretelecomunicaciones

Ministerio de Cultura aprueba disposiciones de gestión de los permisos CIRA (Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos) y PMA (Plan de Monitoreo Arqueológico), en el marco del Decreto Legislativo N° 1486 (declaración de Emergencia Sanitaria a nivel Nacional producida por el COVID-19)


Por Jhonny Apcho

Hoy 03 de junio del 2020 han sido publicadas 02 Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Cultura que son de interés para los profesionales que trabajan en la viabilización de Proyectos de Inversión e Infraestructura así como para los profesionales en los gestión de los permisos CIRA (Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos) y PMA (Plan de Monitoreo Arqueológico).


Ministerio de Cultura Aprueba Disposiciones para la continuidad de los Procedimientos CIRA y PMAR.M. N° 140-2020-MC

La R.M. N° 140-2020-MCestablece las Disposiciones para la Implementación progresiva del Sistema de Gestión de CIRA y Sistema de Gestión de PMA para Proyectos de Inversión a cargo de entidades públicas, en el marco del Decreto Legislativo N° 1486.
Mediante este documento se indica que hasta el día 14 de Junio del 2020 el Ministerio de Cultura procederá a implementar el Sistema Digital de Trámite para los Procedimientos de CIRA y PMA.

A partir del 15 de Junio se iniciará el ingreso digital de dichos expedientes mediante plataforma virtual, la misma que estará disponible 24/7 pero respetando el horario de atención normal de 08:30 horas a 16:30 horas. 

Los expedientes que sean presentados fuera de dicho horario serán considerados como presentados el día hábil siguiente.

R.M. N° 141-2020-MC

Por otro lado la R.M. N° 141-2020-MC Aprueba el Listado de Procedimientos Administrativos que no se encuentran sujetos a la Suspensión de Plazos de Tramitación que se establecen el D.U. N° 026-2020 y el D.U. N° 029-2020 y sus prórrogas, el D.U. N° 053-2020 y el D.S. N° 087-2020-PCM.

Mediante este documento se entiende que a partir del día de mañana 04 de Junio aquellos procedimientos administrativos considerados en la resolución y que se encontraban en trámite al momento de la declaratoria de emergencia retomarán el conteo del plazo establecido para su aprobación y/o la aplicación del Silencio Administrativo.

Entre los procedimientos especificados en dicha resolución se encuentran los Procedimientos de Expedición de CIRA y Autorización de PMA.

Jhonny Apcho.

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