Multa de 675.000 $ por descargar 30 canciones

Publicado el 23 mayo 2012 por Mysteryleaks @Balaspain
Twittear
Un antiguo estudiante de la Universidad de Boston (EE. UU.) ha sido condenado a pagar una multa de 675.000 dólares por descargar de forma ilegal 30 canciones y compartirlas en Internet. La Corte Suprema de EE. UU. rechazó sin comentarios su apelación.
Pese a la negativa del máximo tribunal,  Joel Tenenbaum, de 29 años, natural de Providence, Rhode Island, afirmó que espera continuar la lucha y que un juez federal reduzca la multa. 
“No puedo creer que el sistema mantega una cantidad de seis cifras por la 
descarga de 30 canciones en un sistema de intercambio de archivos que todo el mundo usa”, dijo Tenenbaum, demandado en el marco de una ofensiva contra la piratería. “No puedo creer que el tribunal defienda algo tan ridículo”, agregó. Tenenbaum tenía 16 años en 2003 cuando recibió una carta diciendo que debía 5.250 dólares por una supuesta descarga de siete canciones. En 4 años fue demandado por los principales sellos discográficos, que señalaban que el joven había descargado ilegalmente o compartido 3 decenas de canciones y que debía pagar daños y perjuicios por ello. 
Aunque  un juez federal dijo que la sentencia era excesiva de acuerdo a la Constitución, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito la reinstauró a petición de la Asociación de la Industria Discográfica de Estados Unidos.  
Las autoridades de EE. UU. cerraron el pasado mes de enero el portal de descargas Megaupload por considerar que forma parte de "una organización delictiva responsable de una gran red de piratería informática mundial" que ha causado más de 500 millones de dólares en pérdidas al violar los derechos de autor de varias compañías.

Desde entonces la lucha antipiratería se expandió por varios países dando pábulo a leyes tan polémicas como la SOPA, la CISPA o el ACTA, que despertaron la indignación de internautas de todos continentes por limitar los derechos de los usuarios bajo la excusa de proteger derechos del autor. 



Fuente -