Revista Salud y Bienestar

Negligencia médica 13: El paciente tenía un problema de coagulación que no fue considerado

Por Lemalpartida
Condena por no seguir lo advertido en la historia clínica
Un hombre ha quedado ciego de un ojo tras ser operado de cataratas porque no se le administró el coagulante que figuraba en las recomendaciones de su historia clínica. El TSJ de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 25.000 por mala praxisMiércoles, 21 de Julio de 2010

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad autonómica a indemnizar con 25.000 euros un paciente que quedó ciego de un ojo tras una intervención de cataratas.
Negligencia médica 13: El paciente tenía un problema de coagulación que no fue considerado
El hombre fue intervenido de cataratas del ojo derecho en un hospital de Madrid. La historia clínica que acompañaba al paciente recogía que sufría la enfermedad de Von Willebrand tipo I, una coagulopatía congénita hereditaria por deficiencia del factor VIII. En consecuencia, debía ser compensado con el suministro de un concentrado que contuviese el factor Von Willebrand antes de someterse a ninguna intervención, pues el riesgo de hemorragia era muy elevado. Es más, el enfermo llevaba al hospital el preparado que necesitaba recibir antes de la operación con la recomendación del facultativo que lo atendía en otro centro madrileño. Según los hechos demostrados, el hombre no recibió el complemento coagulante y sufrió un hemorragia coroidea expulsiva durante la operación que le dejó sin visión en el ojo.
La defensa de la Consejería de Sanidad argumentó que antes de la intervención fue sometido a una prueba de protrombina, que es una análisis de coagulación para determinar el estado del factor VIII que reveló un resultado normal. En consecuencia, el anestesista comunicó al hombre que no era necesario administrarle el preparado que llevaba con él.
Informe del perito
Sin embargo, la valoración de esta prueba no queda clara ni siquiera para el perito de la aseguradora codemandada, que señala en su informe que aunque no puede determinar "con exactitud" la indicación de que el hombre recibiera los coagulantes antes de la intervención, sí afirma que "un estudio más extenso por parte del servicio de Hematología del hospital donde fue operado el paciente habría podido determinar si realmente era necesario o no administrar dicho preparado". Y concluye reconociendo que "el preparado habría disminuido (aunque no eliminado por completo) las posibilidades de que se produjera la hemorragia coroidea expulsiva" que sufrió.
Efectivamente, el riesgo de hemorragia figura dentro de los posibles en una intervención de cataratas. Así el informe de la inspección médica lo destaca entre "los riesgos más graves y remotos de la intervención de cataratas" y lo cataloga como "riesgo más alto en este paciente por la patología que presenta y que podría haber disminuido de seguir las indicaciones [apuntadas en la historia clínica]".
Negligencia médica 13: El paciente tenía un problema de coagulación que no fue considerado
Daño antijurídico
En conclusión, el TSJ de Madrid resuelve en la misma dirección que el informe del perito de la parte demandada y del informe médico y afirma "que si se hubiera administrado al paciente el citado preparado específico de factor VIII, el riesgo de hemorragia hubiera disminuido y, por tanto, se podría haber evitado la consiguiente pérdida de visión del ojo derecho que dicha complicación ocasionó al actor".
El hombre soporta un daño antijurídico, producto de una mala praxis que genera un derecho a ser indemnizado. El abogado del demandante, solicitó 60.000 euros de indemnización, una cifra que fue rebajada por el juez a 25.000 euros, "a la vista de la edad del paciente al tiempo de los hechos litigiosos, 73 años".

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