Los que hurgamos todos los días en el Boletín Oficial, nos encontramos este martes con la publicación del Decreto 788, por el cual Macri homologaba un acuerdo paritario para modificar el Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Público, creando el "Régimen de Alta Dirección Pública" (el decreto completo y sus anexos acá); que abarca a los Directores Nacionales, Directores simples y Coordinadores.Nota original
Es decir, en su gran mayoría, un régimen pensado para el ñocaje macrista que ingresó en masa al Estado a partir de diciembre del 2015, mientras el gobierno cesanteaba empleados públicos con la excusa de terminar con "la grasa militante", forzaba paritarias a la baja y virtualmente dejaba sin personal a organismos estatales enteros, que reemplazaba por estos acomodados, mientras hablaba de reducir el gasto.
Estos ñoquis "VIP" se salvaron de la presunta poda de cargos políticos en el gobierno que en su momento prometieron Macri, Peña e Ibarra, y de la que ya nadie se acuerda porque -sencillamente- nunca existió. Los siguieron designando hasta el final de la gestión, y con este engendro que aprueban ahora apuestan a que permanezcan en funciones en el próximo gobierno, como "topos" enquistados en estructura estatal.
El nuevo convenio fue homologado con el solitario apoyo de la UPCN nacional del "Centauro" Andrés Rodríguez, un oficialista de todos los gobiernos que por supuesto, ya tiene su foto con Alberto Fernández, y es parte esencial de la conducción de la CGT que se aprestó rápida a ser de nuevo oficialista: las cosas hay que decirlas, aunque duelan.
Por el contrario ATE se opuso en todas y cada unas de las instancias de implementación del nuevo régimen, que originariamente fue aprobado en el mes de junio y pasó desapercibido porque luego vinieron las elecciones; pero ahora las partes (otra vez: el gobierno y UPCN) acordaron posponer su entrada en vigencia al 1º de enero del año que viene, o sea cuando AF ya esté en la Casa Rosada.
La movida no es casual: el régimen contempla que los funcionarios designados en cargos de "Alta Dirección Pública" permanezcan como mínimo cinco años en sus funciones, y si antes de ese plazo se cancela su designación, aunque sea porque recibieron una evaluación del desempeño negativa, se hacen acreedores a una compensación equivalente a la diferencia con el salario que les corresponda percibir en otro cargo público (si ya pertenecían a la planta del Estado) y el de "Alta Dirección", multiplicado por los años que les falte para cumplir los cinco años de permanencia garantizada por el decreto: un seguro contra depuraciones que pudiera hacer el nuevo gobierno.
Del mismo modo, si sus designaciones fueran dejadas sin efecto por la supresión de los organismos en los que revistan (supongamos la Dirección Nacional de Movilidad en Bicicleta, tan famosa en un tiempo), o si al vencimiento de esos cinco años se presentan a una nueva selección para el cargo y pierden, el decreto les otorga el derecho a una indemnización equivalente a un mes de sueldo del cargo de "Alta Dirección", por cada año de servicio: tengamos en cuenta que hablamos de sueldos nominales que pueden llegar a los 425.000 pesos, unos 348.000 pesos de bolsillo.