Existen normativas que regulan una instalación de acceso de una puerta de garaje a la vivienda o edificio. En este este artículo trataremos de resumir los puntos que se deben tomar en cuenta en una instalación de una puerta de garaje.
Resumen de normativa de una puerta de garaje
Nos hemos basado en la normativa vigente hasta la fecha, podrían existir variaciones o actualizaciones, además este es un resumen, le aconsejamos leer todas las normas antes de diseñar o instalar su puerta de garaje.
- Los elementos móviles que permiten el acceso o salida de los vehículos no deben invadir vías y espacios públicos.
- Toda edificación deberá contar o tendrá que tener proyectado zona de estacionamiento y está debe estar situada dentro de la zona de edificación, existiendo algunas excepciones que recogen el reglamento de edificación, las cuales se tendrán que consultar.
No deben invadir vías y espacios públicos
- Los estacionamientos estarán pensados para vehículos de uso particular de hasta 7 asientos y para vehículos de otras características se deberán calcular las medidas adecuadas, además las dimensiones libres del estacionamiento privado y público estarán especificadas en el reglamento de edificación que habrá que consultar.
Puerta automática seccional
- Las zonas acceso de vehículos tendrán que cumplir los siguientes requisitos :
- El acceso y salida a una zona de estacionamiento podrá proponerse de manera conjunta o separada.
- El ingreso de vehículos deberá respetar las siguientes dimensiones entre paramentos: Para 1 vehículo: 2.70 m. Para 2 vehículos en paralelo: 4.80 m. Para 3 vehículos en paralelo: 7.00 m. Para ingreso a una zona de estacionamiento para menos de 40 vehículos: 3.00 m. Para ingreso a una zona de estacionamiento con más de 40 vehículos hasta 200 vehículos: 6.00 m o un ingreso y salida independientes de 3.00 m. cada una. Para ingreso a una zona de estacionamiento con más de 200 vehículos, hasta 600 vehículos 12.00 m. o un ingreso doble de 6.00 m. y salida doble de 6.00 m.
- Otras especificaciones como limites de propiedad , rampas, giros, etc. están especificados en el reglamento de edificaciones.
- Se tendrá que tomar en cuenta en los estacionamientos a las personas de movilidad reducida, la normativa específica de la modificación referente accesibilidad universal nos obliga a tener espacios adecuados o adaptados.
Puertas automáticas seccionales
Modificación de la norma técnica a.120 “accesibilidad universal en edificaciones” del reglamento nacional de edificacioneshttp://ww3.vivienda.gob.pe/DGPRVU/docs/RNE/RM-072-2019-VIVIENDA_A.120.pdf
Reglamento Nacional de Edificacioneshttp://ww3.vivienda.gob.pe/ejes/vivienda-y-urbanismo/documentos/Reglamento%20Nacional%20de%20Edificaciones.pdf
Norma técnica / condiciones generales de diseñohttp://cdn-web.construccion.org/normas/rne2012/rne2006/files/titulo3/01_A/DS005-2014_A.010.pdf