El Consejo de Ministros aprobó, la Ley de Familias que incluye permisos por cuidados de conviviente o beneficios de familias numerosas a monoparentales. Entre otros permisos, la norma incluye uno parental retribuido de ocho semanas para el cuidado de hijos.
Aunque en un principio todo indicaba que este permiso parental no iba a ser retribuido, el secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, confirmó que el permiso parental de ocho semanas "es una obligación que deriva de la norma europea, de la directiva de la Unión Europea y es una obligación que naturalmente tiene que ser retribuida ".
¿Cuándo entrará en vigor el permiso?
La norma europea a la que hacía referencia el secretario de Estado de Empleo y Economía Social dispone que los estados tendrán hasta agosto de 2024 para establecer las medidas de retribución adecuadas para ese permiso. Por lo tanto, ese es el resultado final al que tiene que llevar la adecuada transposición de la directiva europea y que están "en plazo de cumplir".
Según lo dispuesto en el Anteproyecto de la Ley de Familias, la ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pero antes tendrá que ser tramitada por la vía de urgencia en el Congreso.
¿Qué trabajadores podrán solicitar el permiso?
El permiso de ocho semanas que contempla la Ley de familias se podrá disfrutar de forma continua o discontinua. Tal y como dicta la ley, podrán ser beneficiarias todas las personas trabajadoras, hombres o mujeres, para el cuidado de un hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla 8 años.
Junto a este permiso, la ley de familias crea otros dos, uno de cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad, o de cualquier conviviente.
El otro permiso será de cuatro días al año, que se podrá disfrutar por horas, por "motivos familiares urgentes o inesperados", por ejemplo, cuando a un padre o madre le llaman del colegio porque su hijo se ha puesto enfermo, tal y como ha indicado la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra.
En definitiva, la ley contempla cuatro pilares principales que son:
- La ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza.
- Avanzar en La garantía del derecho a la conciliación.
- El pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España
- El reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes.