Obras de arte en cajas de seguridad: El pasado noviembre de 2013 ya hablaba del embargo preventivo de cajas de seguridad y de lo que eso podría suponer en un futuro. Lo de los embargos preventivos nunca lo he visto correcto porque sé de primera mano el daño que pueden hacer y por eso no lo apruebo.
Obras de arte en cajas de seguridad. ¿Qué ocurre con ellas ante un embargo?
En mi anterior post sobre el tema ya dije que uno de los cambios que ocurrirían a partir de esta primera tanda de embargos sería el cambio de titularidad de las cajas de seguridad. Tengo claro que si la caja de seguridad va a nombre de una sociedad inactiva, nunca podrán embargar su contenido preventivamente.
Muchos de los embargados han dado su brazo a torcer y han dejado que Hacienda abriese las cajas en su presencia. Me llamó la atención en su momento que en una de esas cajas de seguridad se encontrase un Van Gogh aparentemente auténtico y de valor incalculable: Ciprés, cielo y campo de 1889.
El titular declaró ser un mero depositario de la obra, con lo cual, en el supuesto de que pudiera demostrar tal cosa, la obra sería inembargable.
¿Podrá ser embargado este Van Gogh?
Obras de arte en cajas de seguridad:
A menudo Hacienda cobra en especie las deudas fiscales quedándose con obras de arte o con objetos de alto valor embargados o con los que el deudor ha negociado. Habrá que estar al tanto para ver qué ocurre con este Van Gogh; tengo curiosidad por saber si el depositario puede evitar el embargo y, en caso negativo, ¿cómo se tasará esta obra cuyo valor seguro que es muy superior a la deuda reclamada por Hacienda?
Algunos datos de interés:
- El anuncio de los embargos fue en octubre de 2013
- Las deudas globales reclamadas ascendían a 319 millones de euros
- De las 542 cajas con embargo preventivo, en mayo de 2014 ya habían decomisado el contenido de un total de 357
- De esas 357 se habían abierto 154, habiendo recuperado Hacienda un total de dos millones de euros
- Existen 106 cajas que no han podido ser abiertas ante la negativa de los titulares y el asunto se encuentra a disposición judicial
- Por lo visto hay 185 cajas que no podrán ser abiertas, o bien porque el deudor no era titular sino que aparecía como simple autorizado (es probable que los contratos estuviesen a nombre de sociedades), o bien que el contrato con la entidad bancaria estaba ya vencido en el momento de comunicar el embargo.
Evite embargos preventivos:
Los embargos preventivos son, en general, una injusticia, como la cárcel preventiva sin juicio previo. Las cosas deberían funcionar de otra manera y este tipo de actuaciones no deberían permitirse, y no es que esté en contra de los embargos cuando estén justificados; solo digo que en muchos casos, cuando se habla de embargos preventivos, se comete una gran injusticia.
En los casos de las cajas de seguridad, creo que lo mejor es que el titular del contrato sea una sociedad sin actividad.
Ramón Cerdá
Obras de arte en cajas de seguridad was last modified: agosto 25th, 2014 by Ramón Cerdá