Se tratan de casos distintos y de ámbitos políticos contrarios, pero siempre con la derecha exigiendo el respeto al orden “legal” en perjuicio de situaciones humanas dramáticas. Me refiero, en primer lugar, a la política seguida por España de practicar devoluciones “en caliente”, es decir, expulsar a inmigrantes de manera inmediata tras ser detenidos en territorio español, incluso si solicitan derecho de asilo. Ninguna presión causada por los deseos migratorios de ciudadanos extracomunitarios que intentan acceder a Europa a través de las fronteras de España con Marruecos justifica la expulsión automática de quien ha logrado pisar suelo español. Ni siquiera bajo el concepto “operativo” de frontera que defiende el Ministerio de Gobernación, una hipotética frontera constituida por la línea formada por agentes de la Guardia Civil, la imaginaria a base de disparos de pelotas de goma sobre el mar o la valla interior donde exista doble valla fronteriza. La frontera no se interpreta, sino que es una perfectamente precisa línea de demarcación entre dos países.
Sin embargo, los inmigrantes son seres humanos a los que no les frenan ni las vallas, ni las alambradas con cuchillas ni las expulsiones en caliente en su obsesión por huir de la miseria, el hambre y la opresión de sus países de origen. Por ello, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó las prácticas conocidas como devoluciones en caliente en una sentencia reciente sobre un caso de deportación de 30 saharauis, sin aguardar a la resolución de sus peticiones de protección internacional, y que habían llegado en pateras a la isla canaria de Fuerteventura en 2011 y 2012.
El “orden” en nuestro país no se mantiene incumpliendo la ley, como ha sentenciado el TEDH, ni equiparando inmigración con delincuencia, por mucho que moleste a los amantes de “su” orden la presencia en nuestras ciudades de personas de distinto color, distinta religión, distinta lengua o distintas costumbres. Son foráneos a los que tambiénles asisten los derechos fundamentales de las personas y la aplicación internacional de los derechos humanos. Y cual personas hay que tratarlas. En primer lugar, cumpliendo nuestra propia legislación, que dictamina que todo extranjero que haya entrado clandestinamente por un puesto no habilitado no puede ser devuelto sin ser sometido al procedimiento de expulsión, con las debidas garantías de asistencia jurídica y de intérprete, como regula la ley de extranjería. Es decir, la justicia y la legalidad han de preceder al orden que tanto proclaman los adalides del “sistema”.
Otra vez una interpretación torticera de la legalidad y una flagrante injusticia de los defensores del orden establecido iban a provocar el desamparo y el abandono a su suerte de familias con hijos expulsadas a la calle. Un orden que protege antes los bienes materiales y los intereses mercantiles que las personas y sus derechos fundamentales. No obstante, también en esta ocasión, son los tribunales los que dictaminan lo correcto y señalan los límites que no deben traspasar las iniciativas políticas o sus consecuencias para evitar lesionen derechos y legalidades; en definitiva, para que no causen una injusticia mayor.
La defensa del “orden” a cualquier precio, retorciendo el espíritu de las leyes y pisoteando la justicia, provoca desorden, rechazo y tensiones indeseables que alteran la paz y la convivencia social. Y todo a causa de mantener un determinado modelo social que beneficia exclusivamente a esa minoría privilegiada que no admite que se modifique un milímetro el orden de las clases dominantes y su pugna, sin apenas oposición, por realizar recortes y reformas que reducen derechos, eliminan o privatizan servicios públicos y criminalizan cualquier protesta o contestación. Quieren mantener su orden contra la justicia y la legalidad.