Revista Opinión

Otegi, absuelto por llamar al Rey “jefe de los torturadores”.

Publicado el 17 marzo 2011 por Santiagomiro
Otegi, absuelto por llamar al Rey “jefe de los torturadores”.
Arnaldo Otegi, absuelto.
Otegi, absuelto por llamar al Rey “jefe de los torturadores”.
Según el Tribunal de Derechos Humnanos, Otegi tenía derecho de acusar al rey.
Los hechos ocurrieron hace ocho años, el 26 de febrero del 2003, cuando Arnaldo Otegi, diputado en el Parlamento vasco y portavoz de Sozialista Abertzaleak, una formación cuya ilegalidad acabaría apuntalando el propio tribunal de Estrasburgo, criticó la visita de Juan Calos I al País Vasco, en donde inauguró una central eléctrica. Dijo que el que el rey que visitaba Euskadi era “el jefe de los torturadores”, a quienes protegía. Y llegó a decir de él que “impone su régimen monárquico a nuestro pueblo por medio de la rotura y la violencia”. Otegi reaccionaba así tanto por la controvertida visita del rey como por la detención de los responsables del diario Egunkaria, cerrado ese mismo mes por la Audiencia Nacional. El máximo tribunal del País Vasco absolvió a Otegi, pero el Tribunal Supremo lo condenó a un año de cárcel y le retiró el derecho a ser elegido. El Tribunal Constitucional ratificó la decisión, por lo que el líder abertzale decidió acudir a la justicia europea.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) indemniza a Arnaldo Otegi con 20.000 euros y le absuelve por el delito de injurias al rey por el que fue indebidamente condenado. La sentencia, muy crítica con la sobreprotección judicial de la Corona, es un varapalo al Tribunal Supremo, que dictara la condena e impidiera al líder abertzale ser elegido para ningún cargo público por el mismo periodo. El TEDH dictamina que los dos principales tribunales españoles violaron el derecho a la libertad de expresión de Otegi, que hizo un juicio de valor y no una aseveración con pruebas en calidad de parlamentario y, por lo tanto, en nombre de sus electores. El Tribunal Europeo admite que las expresiones de Otegi, en sí mismas pueden ser consideradas propias de un lenguaje “provocador” y “hostil” hacia la institución de la monarquía, pero declara que no exhortan al uso de la violencia, ni se trata de un “discurso de odio”. La Corte europea considera que Otegi no dirigió un ataque personal gratuito contra la persona del Rey, ni cuestionó su vida privada u honor personal. Sus expresiones apuntan únicamente a la responsabilidad personal del Rey en tanto que jefe y símbolo de las fuerzas que, según él, había torturado a los responsables del diario “Egunkaria”.
Además, el tribunal reconoce que la denuncia de torturas del director de “Egunkaria” daba pie a un “gran debate público” sobre las responsabilidades del Estado; denuncia en la que se enmarca la feroz crítica a la Corona. Sobre ella recae la jefatura de un Estado que Otegi tiene derecho a criticar, tanto como su rol de jefe de las Fuerzas Armadas, incide el tribunal. Los siete jueces, entre los que se encuentra el español Luis López Guerra, fallaron por unanimidad que España violó el artículo 10 de la Convención, que reconoce el derecho a la expresión, a través de una condena que “atenta contra la libertad de opinión en sí misma”. Otegi deberá ser indemnizado por el Estado con 20.000 euros por daños morales y 3.000 por las costas del procedimiento.
“El hecho de que el rey ocupe una posición de neutralidad en el debate político –razona el Tribunal de Estrasburgo–, una posición de árbitro y de símbolo de unidad del Estado, no lo pone al abrigo de toda crítica en el ejercicio de sus funciones oficiales o, como en este caso, en tanto que representante del Estado. Sobre todo por parte de quienes contestan legítimamente las estructuras constitucionales del Estado, incluyendo al régimen monárquico”. En este caso, la sentencia deja claro que las declaraciones de Otegi no constituyeron un “ataque personal gratuito contra la persona” del rey, un delito previsto en el Código Penal y que se castiga con entre seis meses y dos años de cárcel. Si la libertad de expresión es un bien “preciado” para todos, lo es "particularmente para un elegido por el pueblo, que representa a sus electores, señala sus preocupaciones y defiende sus intereses", señala el tribunal europeo. También ellos, concluye implícitamente, tienen derecho a pensar que el rey es la cabeza legalmente más visible de unas fuerzas armadas que en ocasiones practican la tortura.

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