“El problema es que la forma en la que se llevó el proceso ha condicionado el principio de legitimidad democrática a la supervivencia de la institución monárquica. Y eso nos lleva a una serie de problemas que tenemos hoy y que tienen difícil solución. Por ejemplo, la incapacidad para reformar en profundidad la CE. No hay posibilidad real de reformarla. Por tanto, insisto en que la valoración de la aportación de Juan Carlos es una mezcla. Por un lado, hay elementos positivos. Hemos evolucionado en democracia, pero, al mismo tiempo, se le ha puesto un límite a esa evolución y eso hace que ahora mismos estemos atascados y no podamos salir de la situación en la que nos encontramos. La Constitución española llegó cuando ya estaban cuatro cosas establecidas que se ve obligada a incorporar.
“La Monarquía hereda el sistema del régimen de Franco y viene a mantener una estructura de poder, social, económica y una forma de hacer política de la era Franco, que era corrupta, y eso se ha colado en el sistema político español. Está ejemplificada en la forma de hacer política del PP, que es una forma heredada del franquismo con una vinculación y conexión entre los intereses públicos y privados. Es una herencia que viene del franquismo y que no hemos sido capaces de limpiar en democracia. Y, claro, eso que tiene que ver con la Monarquía. La Monarquía da continuidad a esa forma de corrupción. ¿A qué se debe? Pues a que vivimos en una falsa monarquía parlamentaria. Se trata ordinariamente de una monarquía parlamentaria, pero que, en los momentos clave, el principio monárquico pasa por encima del principio de legitimidad democrática.“El artículo 57.5 de la CE dice que todas las abdicaciones y todo lo relativo a la Casa del rey tendrá que ser regulado mediante una ley orgánica. Pero esta ley ni está ni se la espera. Cuando se produjo el problema de la abdicación del rey Juan Carlos se resolvió mediante una reforma del estatus jurídico del rey abdicado. Se definió mediante una reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial que se reformó con unas enmiendas que se presentaron a una ley que estaba tramitándose en ese momento sobre medidas económicas en el Congreso de los Diputados. De esa manera es como se definió el estatus jurídico del rey. Lo que es una aberración”. Preguntado sobre si el rey Juan Carlos juró la Constitución, Pérez Royo contesta: “Nunca. Jamás. El actual rey sí. Pero Juan Carlos I solo tuvo que jurar los principios del Movimiento Nacional… No es una carta otorgada, no. Pero tampoco es una Constitución que nace de un proceso constituyente genuino. El proceso constituyente español no pudo extenderse a la monarquía. La monarquía era un dato previo e indisponible para el poder constituyente del pueblo español… Todas las constituciones de España son constituciones de la monarquía española. Es la monarquía la que se constitucionaliza, no el Estado o la nación. De ahí viene la frase de que España es monárquica o no es. La monarquía ha sido siempre un elemento previo e indisponible al poder constituyente a lo largo de toda la historia constitucional español. Claro está que hay dos excepciones: las dos repúblicas, que son las dos excepciones que confirman la regla. Ya pasó el tiempo de las grandes revoluciones”.