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Plan de Choque Para Frenar la Extinción del Galápago Europeo en Galicia

Publicado el 27 mayo 2013 por Ciencia
Plan de Choque Para Frenar la Extinción del Galápago Europeo en GaliciaEl 'Emys orbicularis' es la especie de galápago con más amplia distribución geográfica, se distribuye por amplias zonas de la cuenca mediterránea y Centroeuropa, así como en diferentes áreas del norte de África. En la mayor parte de ellas se encuentra en un proceso de regresión y figura en las listas de especies amenazadas ya desde el convenio de Berna de 1979, pero su situación actual es especialmente preocupante para las autoridades en Galicia, donde los últimos estudios señalan que "constituye, sin duda, la especie de reptil más amenazada de extinción".
El diagnóstico lo ha realizado la Universidad de Vigo tras estudiar al detalle el estado de conservación de esta especie. La investigación maneja la información más actual de la situación del galápago europeo o, como se conoce en Galicia, el sapoconcho. Basándose en ella, el Gobierno autonómico acaba de dar el visto bueno a un plan de recuperación.
Según los estudios que maneja la Xunta de Galicia, las causas de su regresión generalizada son la captura de ejemplares para su venta como mascota, su mortalidad atrapado en nasas de pesca, la existencia de especies exóticas invasoras en sus áreas de presencia o la fragmentación de humedales, pues es una especie eminentemente acuática que vive preferentemente en aguas estancadas o de leve corriente y con esta fragmentación se destruye su hábitat.
Esta situación de amenaza de la especie no es nada nuevo en Galicia. En esta comunidad, los datos de distribución más antiguos conocidos se remontan a finales del siglo XIX, a los trabajos de López Seoane (1866; 1877), en los que ya se comenta que esta especie era rara debido a la presión humana sobre sus poblaciones, refiriéndose a las lagunas costeras del sur de la provincia de A Coruña.
La diferencia de la situación actual es que por causa del bajo número de ejemplares existentes, la especie es muy sensible a la mortalidad de los ejemplares adultos, que se puede producir bien por acción de los depredadores (fundamentalmente especies exóticas como el visón americano o la perca americana), por atropellos o por captura directa de ejemplares, con el objetivo de emplearlos como mascota.

Corregir los problemas que amenazan la conservación

La regresión ha reducido su presencia a cuatro áreas del sur de Galicia y a un número total de individuos estimados que no supera el centenar de adultos por hectárea en cada una de estas áreas: las cuencas de los ríos Arnoia, Avia y Louro y las charcas de Oliveira, en el Parque Natural Complejo Dunar de Corrubedo, esto es, en el sur de A Coruña, Ourense y Pontevedra.
El Plan de Recuperación diseñado por la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de Galicia tiene en cuenta todos estos impactos negativos, tanto sobre la especie como sobre su hábitat, al considerar que "hacen necesario adoptar medidas para evitar su extinciónv" en la comunidad.
Un plan de gestión de una especie amenazada es un documento que recoge y detalla la información y las actuaciones necesarias para la conservación de la especie en estado silvestre en el territorio gallego, así como la de sus hábitats, canalizando los recursos disponibles en corregir los problemas que amenazan a dicha conservación.
La reunión del Consejo del Gobierno gallego del 25 de abril aprobó, en concreto, un proyecto de decreto por el que se da el visto bueno al plan de recuperación. Según constaba en el anteproyecto, los objetivos del plan se centrarán en evitar afecciones directas por acciones antropogénicas, favorecer el incremento de la población, reintroducir la especie en al menos cuatro nuevas localidades, conservar y mejorar la calidad o crear un fondo documental de apoyo a la gestión.

Prohibido importar o exportar ejemplares silvestres

En el caso del galápago europeo gallego, las consecuencias de su catalogación como en peligro de extinción significan la prohibición, salvo autorización expresa, de cualquier actuación hecha con el propósito de darle muerte, capturarlo, perseguirlo o molestarlo intencionadamente.
Las medidas a adoptar suponen también prohibir, si no se tiene autorización expresa, su observación y filmación mediante el establecimiento de puestos fijos a menor distancia de la que determine el plan de recuperación, así como de poseer, transportar, vender o exponer para su venta los ejemplares.
La norma impide, asimismo, importar o exportar ejemplares silvestres, vivos o muertos o sus restos y el intercambio y la oferta de especímenes recogidos en la naturaleza. También estará prohibida su disecación, excepto la destinada a fines científicos o educativos que sea autorizada expresamente, y se prevé la posibilidad de restringir temporalmente el acceso al tránsito de visitantes en períodos y lugares considerados críticos para su supervivencia.
Fuente: elmundo

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