Pregunta: En nuestra empresa, entregamos tickets restaurante a los trabajadores de varios departamentos. Debido a la crisis económica, nos estamos planteando o bien eliminarlos o bien reducir su importe. ¿Podemos hacerlo?Respuesta: Depende de los términos en que su empresa haya estado concediendo los tickets restaurante. Si su concesión se pactó, por ejemplo, anualmente, con posibilidad de revisión, modificación o supresión de los tickets o se especificó en el acuerdo al que se llegase con los representantes de los trabajadores o con los trabajadores que la concesión de los tickets era puntual y graciable y que no tenía por qué repetirse en el tiempo, entonces podrá suprimirlos o reducir su importe unilateralmente.
Si no se pactó nada expreso y su empresa lleva tiempo concediendo los tickets restaurante, sin sujeción a ningún condicionante y sin necesidad de cumplir determinados requisitos, entonces se considera que se ha creado un derecho adquirido (o condición más beneficiosa) para los trabajadores. Para reducir el importe o eliminar los tickets su empresa deberá recurrir al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo establecido en el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores.
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